Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 61/2018.
FECHA: Sucre, 20 de junio de 2018.
EXPEDIENTE Nº: 191/2014.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Gerencia Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
MAGISTRADO: Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS EN SALA PLENA: El memorial de solicitud de rectificación de la Sentencia Nº 409/2017, presentada por Daney David Valdivia Coria en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria; la Sentencia Nº 409/2017 de 6 de junio, cursante de fojas 213 a 218 vta. de obrados y los antecedentes del proceso.
CONSIDERANDO: Que la Autoridad General de Impugnación Tributaria representada por Daney David Valdivia Coria, señala que en la Sentencia Nº 409/2017 de 6 de junio, existe un error numérico; al haberse consignado el número de Recurso Jerárquico como AGIT – RJ 2136/2012, siendo lo correcto; AGIT – RJ 2136/2013 de 28 de noviembre de 2013, toda vez, que se trata de un error de typeo y consecuentemente no afecta el fondo de la Sentencia referida.
En consecuencia; siendo evidente lo aseverado por la parte demandada y en mérito a los antecedentes existentes en obrados cabe realizar la corrección correspondiente.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en atención a los argumentos anteriormente expuestos y en aplicación del art. 226.II del Código Procesal Civil dispone rectificar la Sentencia Nº 409/2017 de 6 de junio, debiendo consignarse el número de la Resolución Jerárquica como AGIT – RJ 2136/2013 de 28 de noviembre de 2013, en lo demás se mantiene firme y subsistente.
Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este tribunal por la autoridad demandada.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. José Antonio Revilla Martínez
PRESIDENTE
Fdo. María Cristina Díaz Sosa
DECANA
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