Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 124/2015.
FECHA: Sucre, 7 de julio de 2015.
EXPEDIENTE Nº: 572/2008
PROCESO: Homologación de Sentencia.
PARTES: Daniel Arapa Garabito.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio interpuesta por Daniel Arapa Garabito contra la Directora de Registro Civil de la Sala Murillo de la ex Corte Departamental Electoral de La Paz; los antecedentes del proceso y el informe de la Magistrada tramitadora Norka Natalia Mercado Guzmán.
CONSIDERANDO: Que la solicitud fue admitida por decreto de 7 de enero de 2009 (fs. 23), disponiendo la citación de la demandada en la ciudad de La Paz a través de provisión citatoria dirigida a la ex Corte Superior de Distrito de La Paz; con dicho decreto fue notificado el impetrante según consta en la diligencia de 9 de enero de 2009 cursante a fs. 24; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, coadyuvando en dicha diligencia, pese a haber recogido la señalada provisión en dos ejemplares, el 28 de febrero de 2009 como se evidencia en la nota de fs. 24 vta.; en consecuencia, ante la inactividad prolongada de la parte interesada, amerita la aplicación de la Disposición Transitoria Decima del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, DECLARA LA EXTINCION DE LA CAUSA POR INACTIVIDAD y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
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