Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 181/2015.
FECHA: Sucre, 21 de julio de 2015.
EXPEDIENTE Nº: 477/2012.
PROCESO: Protesta Formal.
PARTES: Eduardo Moncada Vera.
VISTOS EN SALA PLENA: La protesta formal, interpuesta por Eduardo Moncada Vera; los antecedentes adjuntos y el informe del Magistrado Antonio Guido Campero Segovia:
CONSIDERANDO: mediante memorial de protesta formal presentado en 22 de agosto de 2012 cursante a fs. 18, fue observado por decreto 12 de septiembre de 2012 cursante a fs. 20, ordenando al impetrante presentar testimonio de la Sentencia cuya revisión pretende y certificación expedida por el Juzgado donde se tramita la demanda interpuesta, de conformidad a lo dispuesto por el art. 297 del Código de Procedimiento Civil, en la que conste el tipo de acción que ha sido interpuesta y el estado en que se encuentra.
Siendo notificado el 25 de septiembre de 2012 según diligencia de fs. 21; sin que desde esa fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso existiendo manifiesta inactividad que amerita la aplicación de la previsión contenida en la en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso y dispone archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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