Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 191/2014
FECHA: Sucre, 1 de septiembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 242/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Marco Antonio Dick contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Marco Antonio Dick contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en la que impugna la Resolución AGIT- RJ 2166/2013 de 2 de diciembre de 2013 y el informe de la Magistrada Tramitadora Maritza Suntura Juaniquina.
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso administrativa, la misma fue observada por decreto de 27 de marzo de 2014 (fs. 28) ordenando al impetrante que cumpla con el artículo 327 núms. 4, 6, 7 y 9 del Código de Procedimiento Civil, concediéndole el plazo de diez días bajo apercibimiento de tenerse como no presentada la demanda.
Con dicha providencia fue notificado el 4 de abril de 2014; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso y habiendo vencido el plazo otorgado, corresponde aplicar la sanción prevista en el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA la demanda interpuesta por Marco Antonio Dick contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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