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TSJ

RE/0280/2015

Tribunal Supremo de Justicia
20 de noviembre de 2015PlenaMag. Fidel Marcos Tordoya
Proceso
Contencioso Administrativo
Sala
Plena
Año
2015

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCION: 280/2015

FECHA: Sucre, 20 de noviembre de 2015

EXPEDIENTE Nº: 139/2014

PROCESO: Contencioso Administrativo

PARTES: Apoyo en Servicios Financieros y Administrativos Estratégicos Integral ASFADE Srl. contra Autoridad General de Impugnación Tributaria

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Apoyo en Servicios Financieros y Administrativos Estratégicos Integral ASFADE Srl. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando la Resolución R.J. AGIT-RJ 1980/2013 de 4 de noviembre de 2014; los antecedentes del proceso y el informe del Magistrado Tramitador Rómulo Calle Mamani.

CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 18 de marzo de 2014 (fs. 109), disponiendo se libre provisión citatoria para la citación de la autoridad demanda mediante la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con dicho decreto fue notificado el impetrante, según consta en diligencia de 24 de marzo de 2014 cursante a fs. 110.

Que mediante providencia de 3 de octubre de 2014, se tiene apersonado a Boris Walter Lopez Ramos en su condición de Gerente GRACO Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales en calidad de tercero interesado, notificado el demandante el 9 de octubre de 2014 (Fs. 139); sin embargo, hasta la fecha, la parte interesada no ha coadyuvado en la realización de la citación señalada, incumpliendo su obligación destinada a la continuidad del presente proceso, que se traduce en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el art. 309 parágrafos I y II del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 4 num. 1) del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA en la demanda interpuesta por Apoyo en Servicios Financieros y Administrativos Estratégicos Integral ASFADE Srl. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

Se dispone el archivo de obrados, previo el desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar fotocopias debidamente legalizadas en su lugar.

No intervienen los Magistrados Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano y Fidel Marcos Tordoya Rivas, por uso de vacación judicial individual conforme a la Ley Nº 586 de 30 de octubre de 2014.

Regístrese, Notifíquese y Archívese.

Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca

PRESIDENTE

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Datos del proceso

Demandante
Apoyo en Servicios Financieros y Administrativos Estratégicos Integral ASFADE Srl.
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Fidel Marcos Tordoya
Tribunal Supremo de Justicia20 de noviembre de 2015RE/0280/2015Fuente oficial