Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 313/2014
FECHA: Sucre, 25 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 334/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Katerine Daher de Rivero contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Katerine Daher de Rivero contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando el Auto s/n de 13 de febrero de 2014, de Rechazo del Recurso Jerárquico; y el informe de la Magistrada Tramitadora Maritza Suntura Juaniquina.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 22 de abril de 2014 (fs. 20) ordenando a la impetrante coadyuvar en el diligenciamiento de las provisiones citatorias bajo apercibimiento de declarar perención de la instancia en caso de incumplimiento.
Con dicha providencia fue notificado a la impetrante según diligencia de 25 de abril de 2014 (fs. 21); sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el art. 309. I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 4 núm. 1 del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA en la demanda interpuesta por Katerine Daher de Rivero contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar copias legalizadas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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