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TSJReiteradora

SE/0062/2021

Tribunal Supremo de Justicia
8 de noviembre de 2021Social 1era

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REQUISITOS PARA APLICAR EL MÉTODO DEL VALOR DE TRANSACCIÓN/ Para que el Método del Valor de Transacción pueda ser aplicado y…

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Resumen del caso

Derecho Aduanero / Régimen Aduanero / Despacho aduanero / Aforo

La parte recurrente argumentó que las actuaciones de la Aduana Nacional (AN), se sujetan a la normativa vigente, no siendo evidente lo alegado por el operador Grover Quinteros Orellana; en sustento de su acción, relacionó los antecedentes administrativos hasta que la AGIT emitió la resolución impugn…

Proceso
Contencioso Administrativo

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM. SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Sentencia Nº 62

Sucre, 8 noviembre de 2021

Expediente: 065/2020-CA

Demandante: Gerencia Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Proceso: Contencioso Administrativo

Resolución impugnada: AGIT-RJ 0515/2020 de 26 febrero

Magistrado Relator: Lic. José Antonio Revilla Martínez

Emitida dentro del proceso contencioso administrativo seguido por la Gerencia Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia (AN), contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT).

VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fs. 34 a 44, presentada por la Gerencia Regional Santa Cruz (AN), representada por Liliana Alison Domínguez Valle, apoderada de Roberto Carlos Cuellar Alderete, Gerente Regional Santa Cruz de la AN; impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0515/2020, de 26 de febrero, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT); el decreto de admisión (fs. 46); el memorial de contestación a la demanda de la entidad demandada de fs. 107 a 114 y la contestación del tercero interesado de fs. 97 a 101; la réplica (fs. 145 a 146); la dúplica (fs. 150 a 152); el decreto de Autos para Sentencia de fs. 153; los antecedentes procesales y todo lo que en materia fue pertinente analizar; y,

I. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DEL PROCESO:

El 30 de diciembre de 2016, la Agencia Despachante de Aduanas (ADA) S&V Asociados SRL., tramitó y validó la Declaración Única de Importación (DUI) C-65134, por cuenta de Grover Quinteros Orellana, para la importación de máquinas amasadoras (fs. 18 a 22 de antecedentes administrativos).

El 28 de noviembre de 2017, la Administración Aduanera notificó personalmente a Grover Quinteros Orellana, con la Orden de Control Diferido 2017CDGRSC1877, de 7 de noviembre de 2017, que en aplicación de los arts. 66, numeral 1 y 100 del Código Tributario Boliviano (CTB-2003), dispuso la verificación del cumplimiento de la normativa legal aplicable, respecto a la DUI C-65134, de 30 de septiembre de 2016 (fs. 27 a 29 de los antecedentes administrativos).

En la misma fecha, la Administración Aduanera, notificó personalmente a Grover Quinteros Orellana, con el Acta de Comunicación de Resultados Control Diferido AN-UFIZR-DIL-1876/2017, que señaló que realizado el examen documental de la DUI C-65134, identificó factores de riesgo conforme al Artículo 51, Incisos a), i), o) y q), generándose duda razonable sobre la veracidad o exactitud del valor declarado; por lo que, estableció un valor FOB referencial en USD 36.266.- sobre la base de precios referenciales encontrados en fuentes externas autorizadas por la Aduana Nacional (fs. 29, 42-48 de antecedentes administrativos).

El 22 de diciembre de 2017, la Administración Aduanera notificó mediante cédula a Grover Quinteros Orellana, con la Vista de Cargo AN-UFIZR-VC-1147/2017, de 30 de noviembre de 2017, que estableció la contravención aduanera por omisión de pago de conformidad a los arts. 160, numeral 3 y 165 del CTB-2003; determinando el adeudo tributario en 2.576,76 UFV, por pago de menos en la DUI y por tributos omitidos del GA, IVA, intereses y la sanción por omisión de pago. Finalmente otorgó el plazo de 30 días, para que el operador formule descargos (fs. 70 a 89 y 91 a 95 de los antecedentes administrativos).

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Datos del proceso

Demandante
Gerencia Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia8 de noviembre de 2021SE/0062/2021Fuente oficial