Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Sentencia N° 64
Sucre, 03 de agosto de 2020
Expediente : 201/2017-CA
Demandante :Gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia (AN)
Demandado : Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso : Contencioso Administrativo
Resolución Impugnada : AGIT-RJ 0200/2017 de 21 de febrero y AGIT-RJ 417/2017 de 17 de abril.
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fs. 28 a 35, interpuesta por la Gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia (AN), a través de los Abogados Grover Alaín Lafuente Canelas y Luis Carlos Paz Rojas conforme el Testimonio de Poder N° 190/2017 de 21 de abril, impugnando las Resoluciones de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0200/2017 de 21 de febrero y AGIT-RJ 0417/2017 de 17 de abril, emitidas por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), la contestación de fs. 236 a 244, el decreto de Autos para Sentencia de fs. 339, los antecedentes del proceso en sede administrativa; y;
I. CONTENIDO DE LA DEMANDA Y CONTESTACIÓN
La Gerencia Regional Cochabamba de la AN, refirió que las resoluciones jerárquicas, tienen como denominador los siguientes aspectos:
Supuesta falta de especificación del tributo omitido, la sanción a ser aplicada y valoración de pruebas y argumentos planteados, que imposibilitan el análisis sobre los agravios planteados por las Administradora de Aduanas ADAs; que devienen del mismo proceso de fiscalización posterior, iniciado mediante Orden de Fiscalización 028/2012, que concluyó con la Resolución Sancionatoria AN-GRCGR-ULECR 021/16 de 8 de julio.
Antecedentes
Señaló la Aduana Nacional (AN) en uso de sus atribuciones previstas en los arts. 66 y 100 de la Ley N° 2492, dispuso y programó la fiscalización posterior a las operaciones de comercio exterior de la Importadora Katty Roxana Lilia Guzmán Quiroga, durante las gestiones 2009 y 2010, que utilizó los servicios de las Agencias Despachantes de Aduanas (ADA) Transamérica SRL y Amazonas SRL.
Posteriormente se emitió la Resolución Sancionatoria AN-GRCGR-ULECR-N° 019/2013, que fue recurrida en alzada y resulta por Resolución de Recurso de Alzada
ARIT-CBA/RA 0136/2014, que también fue recurrida mediante el recurso jerárquico y resuelta mediante Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0971/2014 de 7 de julio, que CONFIRMÓ la resolución de alzada, anulando obrados con reposición de actuados hasta el vicio más antiguo; esto es, hasta la Resolución Sancionatoria AN- GRCGR-ULECR N° 019/2013.
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