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TSJReiteradora

SE/0066/2021

Tribunal Supremo de Justicia
8 de noviembre de 2021Social 1era

Máxima

CONTRABANDO POR FUERZA MAYOR - IMPOSIBILIDAD SOBREVINIENTE/ Quién introduzca o extraiga mercancías a territorio aduanero nacional en forma clandestina o por rutas u horarios no habilitados, eludiendo el control…

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Resumen del caso

Derecho Aduanero / Régimen Aduanero / Ilícitos Aduaneros / Exclusión de responsabilidad / Fuerza mayor - Imposibilidad sobreviniente

La parte recurrente señala que Andrea Wolken hubiera acudido a otro puesto de frontera para registrar su ingreso, en mérito a la ausencia de los funcionarios aduaneros en Hito Cajones (como pide el procedimiento de turístico de la Aduana), la súbdita alemana, hubiese tenido que acudir a Tambo Quemad…

Proceso
Contencioso Administrativo

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Sentencia Nº 66

Sucre, 8 de noviembre de 2021

Expediente: 109/2020-CA

Demandante: Humberto Francisco Basoalto Condore

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Proceso: Resolución Impugnada: Contencioso Tributario Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1087/2020 de 4 de septiembre

Departamento: Santa Cruz

Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán

Emitida dentro del proceso Contencioso seguido por Humberto Francisco Basoalto Condore, contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, representada por Katia Mariana Rivera Gonzales.

VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fs. 16 a 27, interpuesta por Humberto Francisco Basoalto Condore, que impugnó la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1087/2020 de 4 de septiembre, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), el Auto de Admisión de 12 de octubre de 2020, de fs. 29, la contestación de la Autoridad demandada, a través de Katia Mariana Rivera Gonzales de fs. 33 a 40, el escrito de apersonamiento de Ángel Jorge Uruchi Uruchi, como Administrador de Aduana Frontera Tambo Quemado de la Aduana Nacional, en calidad de tercera interesada, el Decreto de Autos de 31 de agosto de 2021, de fs. 98; los antecedentes, tanto jurisdiccionales como administrativos; y todo lo que fue pertinente analizar:

I. ANTECEDENTES

El 2 de mayo de 2019, en el área de control de salida e ingreso de vehículos turísticos de Tambo Quemado, la Administración Aduanera labró el Acta de Comiso Nº 0003/2019, que estableció que el Formulario del Acuerdo Chileno y Boliviano "Salida y Admisión Temporal de Vehículos" correspondiente a la camioneta con placa de control JTCZ 69-K, no presentó el número de registro de trámite, sello de la Aduana de Bolivia, ni registrado en el Sistema SIVETUR, procediendo a su comiso preventivo.

El 22 de mayo de 2019, la Administración Aduanera notificó a Humberto Francisco Basoalto Condore, con el Acta de Intervención Contravencional TAMOF-C-0050/2019, de 17 de mayo de 2019; por presumirse la comisión de contrabando contravencional, con relación al vehículo con placa de control JTCZ 69-K, conforme el artículo 181, incisos b) y g) de la Ley N° 2492 (CTB-2003); determinando un tributo omitido de 30.450,09 UFV.

El 27 de mayo de 2019, Humberto Francisco Basoalto Condore, presentó descargos ante la Administración Aduanera, señalando que Andrea Wolken ingresó el vehículo a territorio boliviano el 22 de abril de 2019; no obstante, al no existir control en Hito Cajones se dirigió a regularizar su ingreso a la Aduana más cercana, cuando sufrió un accidente.

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Datos del proceso

Demandante
Humberto Francisco Basoalto Condore
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia8 de noviembre de 2021SE/0066/2021Fuente oficial