Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
SENTENCIA Nº 98/2020
EXPEDIENTE : 212/2018
DEMANDANTE : Yukitaka Shomija Higa
DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria
TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo
RESOLUCION IMPUGNADA : AGIT-RJ 0646/2018
MAGISTRADO RELATOR : Dr. Ricardo Torres Echalar
LUGAR Y FECHA : Sucre, 22 de julio de 2020
VISTOS EN SALA:
La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Yukita Shomija Higa cursante de fs. 16 a 21, impugnando la Resolución AGIT-RJ 0646/2018 de 26 de marzo de fs. 4 a 14 emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT.), el memorial de contestación de fs. 78 a 88 vlta., el memorial de contestación del tercero interesado de fs. 35 a 40., los antecedentes procesales y de emisión de la resolución impugnada.
I.- CONTENIDO DE LA DEMANDA.
I.1.- Antecedentes de hecho de la demanda.
Menciona que el año 2014, la Aduana Nacional, lanzó el Programa de Saneamiento Legal de Tractores y Maquinaria Agrícola, ante lo cual inscribió una maquinaria adquirida hace años atrás, pensando que no contaba con documentos de importación, motivo por el cual llenó el Formulario de Relevamiento de Información de Tractores y Maquinaria Agrícola, signándole el sistema el N° 2014RM9241 el 10-07-2014, con los siguientes datos: “II; CARACTERIZCAS FÍSICAS DEL TRACTOR DE MAQUINARIA AGRÍCOLA – MAQUINARIA AUTROPOPULSADA: Clases: Tractor, Marca: Caterpillar: Potencia (HP): Mayor de 60, País de origen: Japón, combustible: Diesel, Tracción: 4X2, Tipo de desplazamiento: Oruga, cabina: Si, color: Amarillo, Año de Fabricación 1990 y Num. Chasis / Num. De Serie: 66V285; de forma posterior como establecía la normativa, presentó folder amarillo, con las 5 fotografías solicitadas, el formulario y fotocopias de su Cédula de Identidad, ante la Administración de Aduana Zona Franca Comercial Industrial Santa Cruz la misma que depende de la Gerencia Regional Santa Cruz.
El 28 de julio de 2014, la Administración de Aduana Zona Franca Comercial e Industrial Santa Cruz, nacionalizó la maquinaria mediante la Declaración Única de Importación (DUI) N° 2104/732/C-9420, con los siguientes datos:
16; País de Origen Japón.
22; Total Valor Fov; USD.501.43
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