Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
SENTENCIA N° 149/2021
EXPEDIENTE : 164/2019
DEMANDANTE :Asociación Accidental Oriental
DEMANDADO (A) : Entidad Ejecutora de Medio Ambiente -EMAGUA
TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo
MAGISTRADO RELATOR : Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
LUGAR Y FECHA : Sucre, 28 de octubre de 2021
VISTOS: La demanda contenciosa de nulidad de resolución de Contrato de fs. 212 a 220, deducido por Ronny Aquiles Alemán Castillo, en representación legal de la Sociedad Accidental “Oriental”, que pretende la nulidad de la Resolución de Contrato EMAGUA/CPROY/028/2018 suscrito el 20 de abril, con la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua, contestación de fs. 306 a 317 vta., decreto de calificación del proceso como de puro derecho de fs. 375, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1. Antecedentes de hecho de la demanda.
El representante legal de la Sociedad Accidental “Oriental”, en su memorial de demanda hizo referencia a los siguientes antecedentes:
1. Que mediante Licitación Pública Nacional EMAGUA/LP 002/2018 de 28 de febrero (primera convocatoria), la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua - EMAGUA, convocó a empresas nacionales para el Servicio de Consultoría para la elaboración de “Diseño técnico de pre-inversión para comunidades del departamento de Santa Cruz (PROAR-PREINV)”, con CUCE: 18-0253-00-821660-1-1; suscribiéndose con el ahora demandante el contrato Nº EMAGUA/CPROY/028/2018 de 20 de abril, expidiéndose la Orden de Proceder el 4 de junio de 2018, comunicada a través de la Nota GT-DSC-0149-EMAGUA/2018 con un plazo de ejecución de 365 días calendario y un monto de Bs.1.388.077,06.- adeudando a la fecha la entidad contratante el pago de tres planillas (2, 3 y 4) por el monto total de Bs.1.110.461,05.-, habiéndose ejecutado físicamente ya un 70% del proyecto y financieramente un 40%.
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