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TSJ

SE/0172/2021

Tribunal Supremo de Justicia
10 de noviembre de 2021Social 2da
Proceso
Contencioso Administrativo

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

SENTENCIA N° 172/2021

EXPEDIENTE : 220/2019

DEMANDANTE : Project Concern International (PCI)

DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria

- AGIT

TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo

RESOLUCION IMPUGNADA : AGIT-RJ 1000/2019 de 17 de septiembre

MAGISTRADO RELATOR : Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

LUGAR Y FECHA : Sucre, 10 de noviembre de 2021

VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fs. 58 a 71 vta., interpuesta por Roberto Antonio Wayar Aramayo en representación legal del Project Concern International (PCI), impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1000/2019 de 17 de septiembre de fs. 2 a 19, el memorial de contestación de la autoridad demandada de fs. 125 a 132, el memorial de contestación del tercero interesado, Administración de Aduana Interior La Paz de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional de fs. 141 a 146, el decreto de autos de fs. 172, los antecedentes procesales y de emisión de la resolución impugnada.

CONSIDERANDO I:

I.1. Antecedentes de la demanda.

El demandante manifestó que, el presente caso tiene su origen en la Resolución Administrativa AN-GRLGR-LAPLI-RESADAM Nº 110/2019 de 24 de enero, por el que sin fundamento jurídico aduanero se declaró improbada la solicitud de aplicación de la exención tributaria y prescripción de la deuda tributaria aduanera, manteniendo firme y subsistente la nota de requerimiento de pago AN-GRLGR-LAPLI-C-4415-2017.

Posteriormente, se interpuso recurso de alzada, emitiéndose la Resolución de Alzada ARIT-LPZ/RA 0706/2019 de 1 de julio, que dispuso anular la Resolución Administrativa AN-GRLGR-LAPLI-RESADAM Nº 110/2019 de 24 de enero; consecuentemente, corresponde que la Administración Aduanera emita nuevo acto administrativo definitivo en el que asuma una posición respecto a todas las cuestiones planteadas por el sujeto pasivo conforme al art. 28 incisos b) y e) de la Ley 2341.

Consecuentemente, se interpuso recurso jerárquico contra la resolución de alzada antes citada, emitiéndose la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1000/2019 de 17 de septiembre, por la Autoridad General de Impugnación Tributaria, quien dispuso confirmar la resolución de alzada; en consecuencia, la referida administración debe emitir nuevo acto administrativo definitivo en el que asuma una posición al respecto. A pesar de que en dicho fallo se establece anular obrados con reposición hasta la resolución administrativa, aún no se estaría resolviendo el tema de fondo, vulnerándose los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE) concordante con el art. 68 núm. 6) y 10) del Código Tributario Boliviano (CTB).

Siendo los fundamentos jurídicos de la presente demanda los siguientes:

  1. 1.-No se pronunció sobre el fondo de la Litis; es decir, sobre la exención de impuestos y prescripción tributaria.
  1. 2.-La resolución jerárquica impugnada al disponer la anulación de obrados con reposición hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la Resolución Administrativa AN-GRLGR-LAPLI-RESADAM Nº 110/2019 de 24 de enero, debiendo la Administración Aduanera emitir un nuevo acto administrativo, que en un futuro la Administración Tributaria volverá a emitir una nueva resolución administrativa, ocasionándonos un nuevo perjuicio.

I.2. Fundamentos de la demanda

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Datos del proceso

Demandante
Project Concern International (PCI)
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia10 de noviembre de 2021SE/0172/2021Fuente oficial