Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
SENTENCIA N° 239/2020
EXPEDIENTE : 310/2018
DEMANDANTE : Empresa La Granja SRL.
José Luis Abuawad Asbún
DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria
TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo
RESOLUCION IMPUGNADA : Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1892/2018 de
28 de agosto.
MAGISTRADO RELATOR : Dr. Ricardo Torres Echalar
LUGAR Y FECHA : Sucre, 20 de agosto de 2020
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VISTOS: La demanda contencioso-administrativa de fs. 39 a 52 vlta., interpuesta por José Luis Abuawad Asbún, representante legal de la Empresa La Granja SRL, en virtud al Testimonio Poder Nº 541 de 16 de junio de 2015, otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 67 de la ciudad de Santa Cruz, que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1892/2018 de 28 de agosto, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria, contestación de fs. 103 a 128, contestación del tercero interesado de fs. 89 a 93, réplica de fs. 163 a 165 vlta., dúplica de fs. 170 a 176, los antecedentes administrativos y;
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes de la demanda.
De la revisión de antecedentes, se evidencia lo siguiente:
- a)El 19 y 22 de agosto de 2016, la Administración Tributaria notificó personalmente a José Luis Abuawad Asbún, representante legal de la Granja SRL., con las Órdenes de Verificación CEDEIM Nºs. 0012OVE00035 y 0012OVE00036, en la modalidad de Verificación Previa CEDEIM, con alcance a la verificación de los hechos, elementos e impuestos vinculados al crédito fiscal comprometido y las formalidades del Gravamen Arancelario (GA) relacionados a los periodos fiscales agosto y septiembre de 2011 respectivamente; asimismo, notificó los requerimientos Nº 127339 y N° 127341, además de las Notas con CITE: SIN/GDSCZ-I/DF/VE/NOT/05754/2016 y SIN/GDSCZ-I/DF/VE/NOT/6108/2016, en las que la Administración Tributaria requirió al Contribuyente documentación para el inicio de las citadas órdenes de verificación. El 26, 29 de agosto, 30 de septiembre de 2016 y 28 de marzo de 2017, la Administración Tributaria emitió actas de recepción de documentos en las que hizo constar la entrega de documentación por parte de la Granja SRL.
- b)El 24 de abril de 2017, la Administración Tributaria mediante nota con CITE: SIN/GDSCZ-I/DF/NOT/01129/2017 requirió la presentación de documentación adicional, añadió que en caso de no contar con alguno de los documentos solicitados, se deberá manifestar por escrito las causas de dicha inexistencia, solicitud que fue respondida por La Granja SRL., con nota sin número de 2 de mayo de 2017, a la que adjuntó los documentos y efectuó la respectiva explicación.
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