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TSJReiteradora

SE/0275/2020

Tribunal Supremo de Justicia
21 de septiembre de 2020Social 2da

Máxima

FUNDAMENTACIÓN EN LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS/ Es obligación de la autoridad administrativa resolver los puntos de controversia debidamente fundamentada y motivada, constituye un deber…

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Resumen del caso

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Elementos comunes / Principios / Debido proceso / Fundamentación y motivación

La parte recurrente manififesta que respecto a la falta de fundamentación y vulneración al debido proceso, la Aduana Nacional cumplió con el mandato de la Ley 1990 en sus arts. 143, 144, 145 y 250 del DS. N° 25870, con relación a la Decisión de la CAN, considerando que la operadora Silvia Susana Api…

Proceso
Contencioso Administrativo

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

SENTENCIA N° 275/2020

EXPEDIENTE : 145/2019

DEMANDANTE : Gerencia Regional Cochabamba de la

Aduana Nacional de Bolivia

DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria

TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo

RESOLUCION IMPUGNADA : Resolución Jerárquica AGIT-RJ 0336/2019 de

8-04.

MAGISTRADO RELATOR : Dr. Ricardo Torres Echalar

LUGAR Y FECHA : Sucre, 21 de septiembre de 2020

______________________________________________________________________________

VISTOS: La demanda contencioso-administrativa de fs. 91 a 100 vlta., interpuesta por Luis Carlos Paz Rojas, en representación legal de la Gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia, en virtud Testimonio Poder N° 305/2019 de 5 de junio, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública N° 37 de la ciudad de Cochabamba, que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0336/2019 de 8 de abril, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria, contestación de fs. 128 a 143, notificación del tercero interesado cursante a fs. 120, réplica de fs. 169 a 171 vlta., dúplica de fs. 177 a 181vlta., los antecedentes administrativos y;

CONSIDERANDO I:

I.1. Antecedentes de la demanda.

De la revisión de antecedentes, se evidencian lo siguiente:

  1. 1)El 15 de abril de 2015, la Administración Aduanera notificó de manera personal a Susana Apio Flores con la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior N° 25/2015, con alcance a 1.921 Declaraciones Únicas de Importación (DUI), tramitadas en los periodos fiscales febrero a noviembre de 2013, respecto a los tributos GA, IVA e ICE. El 18 de mayo de 2015, la Administración Aduanera

mediante correo electrónico, remitió a Silvia Susana Apio Flores requerimiento de documentación.

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Datos del proceso

Demandante
Gerencia Regional Cochabamba de la
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia21 de septiembre de 2020SE/0275/2020Fuente oficial