Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
SENTENCIA N° 306/2020
EXPEDIENTE : 14/2019
DEMANDANTE : Gerencia Distrital El Alto del SIN
DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria
TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo
RESOLUCION IMPUGNADA : AGIT-RJ 2209/2018
MAGISTRADO RELATOR : Dr. Ricardo Torres Echalar
LUGAR Y FECHA : Sucre, 12 de octubre de 2020
VISTOS: La demanda contencioso-administrativa de fs. 18 a 23, interpuesta por el representante legal de la Gerencia Distrital El Alto del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) que impugna la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 2209/2018 de 22 de octubre, copia que cursa de fs. 4 a 17, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en adelante AGIT, contestación de fs. 61 a 71, notificación realizada al tercer interesado cursante a fs. 53; los antecedentes administrativos y;
CONSIDERANDO I:
I.1.- Antecedentes de hecho de la demanda
Que, mediante su representante legal, Néstor Hugo Muñoz Cossío, en su condición de Gerente Distrital El Alto del SIN, se apersona por memorial de fs. 18 a 23, en base a los siguientes antecedentes:
Que, el 3 de diciembre de 2013, la Administración Tributaria notificó personalmente a Ramiro Sánchez Chambi con el Auto Inicial de Sumario Contravencional N° 213100011213 de 16 de octubre de 2013, que instruyó el inicio del proceso de sumario contravencional de conformidad a lo previsto en el art. 168 del Código Tributario Boliviano (CTB) en concordancia con el art. 23 numeral 2 de la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 10-0037-07 por existir indicios de haber incurrido en la contravención de Omisión de Pago por el importe no pagado en la Declaración Jurada F-400 con N° de Orden 9349610 del periodo fiscal octubre 2009, de acuerdo a lo establecido en el art. 165 del citado Código concordante con el art. 42 del Decreto Supremo (DS) 27310 Reglamento al Código Tributario Boliviano; asimismo, otorgó al contribuyente el plazo de 20 días para la presentación de descargos.
El 21 de abril de 2017, la Administración Tributaria notificó por cédula a Ramiro Sánchez Chambi con la Resolución Sancionatoria N° 211800481915 de 15 de diciembre de 2015, que dispuso sancionar al citado contribuyente con una multa del 100% del tributo omitido a la fecha de vencimiento del impuesto por 2.359 UFV por la contravención de omisión de pago en la presentación de la Declaración Jurada F-400 con N° de Orden 9349610 del periodo fiscal octubre 2009 en aplicación de los arts. 165 del CTB; 8 y 42 del DS 27310.
Mostrando 16 de 80 parrafos.