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TSJReiteradora

SE/0307/2020

Tribunal Supremo de Justicia
12 de octubre de 2020Social 2da

Máxima

VISTA DE CARGO O ACTA DE INTERVENCIÓN/ La ausencia de cualquiera de los requisitos…

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Resumen del caso

Derecho Tributario / Derecho Procesal Tributario / Procesos Administrativos / Vista de cargo

La parte recurrente alegó cuanto a la falta de motivación para sustentar la indefensión del sujeto pasivo y resolver con la nulidad, fundamentó que la Vista de Cargo y posteriormente la Resolución Determinativa, fueron dictados por Autoridad Competente, no carece de objeto, no es ilícito o imposible…

Proceso
Contencioso Administrativo

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

SENTENCIA Nº 307/2020

EXPEDIENTE : 80/2019

DEMANDANTE : Gerencia Distrital Cochabamba del SIN

DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria

TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo

RESOLUCION IMPUGNADA : AGIT-RJ 0025/2019 de 14/01

MAGISTRADO RELATOR : Dr. Ricardo Torres Echalar

LUGAR Y FECHA : Sucre, 12 de octubre de 2020

______________________________________________________________________________

VISTOS:

La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Karina Paula Balderrama Espinoza, en representación legal de la Gerencia Distrital Cochabamba del SIN cursante de fs. 25 a 49 vta., impugnando la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 0025/2019 de 14 de enero, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT) de fs. 3 a 22 vta., la notificación al tercero interesado de fs. 31, el memorial de contestación de fs. 94 a 107, el memorial de réplica de fs. 148 a 154 vta., el memorial de dúplica de fs. 160 a 166, los antecedentes procesales y de emisión de la Resolución impugnada.

I.- CONTENIDO DE LA DEMANDA.

I.1.- Antecedentes de hecho de la demanda.

Que, en fecha 29 de diciembre de 2017, la Administración Tributaria notificó por cédula a Carmen Rocío Reyes Rojas con la Orden de Verificación Nº 17300200057, de 28 de diciembre de 2017, dándole a conocer el inicio de la verificación de todos los hechos y/o elementos relacionados con el Impuesto Sobre las Utilidades de las Empresas por la venta de bienes inmuebles en los periodos fiscales enero a diciembre de 2009.

En fecha 2 de febrero de 2018, Carmen Rocío Reyes Rojas presentó memorial a la Administración Tributaria, aclarando que realizó la compra del edificio por la vía del remate, hecho que acredita que no efectuó la construcción, añadiendo que dicha adquisición se realizó en la gestión 2005, por lo que habiendo transcurrido 13 años desde su compra prescribió el derecho del Servicio de Impuestos Nacionales, asimismo consideró que no correspondería aplicar las modificaciones al Artículo 59 del Código Tributario Boliviano.

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Datos del proceso

Demandante
Gerencia Distrital Cochabamba del SIN
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia12 de octubre de 2020SE/0307/2020Fuente oficial