Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
SENTENCIA N° 370/2020
EXPEDIENTE : 349/2015
DEMANDANTE : Gerencia Graco Cochabamba del Servicio de
Impuestos Nacionales.
DEMANDADO (A) : Autoridad General de Impugnación Tributaria
- AGIT
TIPO DE PROCESO : Contencioso Administrativo
RESOLUCION IMPUGNADA : AGIT-RJ 1179/2015 de 20 de julio.
MAGISTRADO RELATOR : Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
LUGAR Y FECHA : Sucre, 11 de diciembre de 2020
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa de fs. 34 a 40 vta., interpuesta por la Gerencia Graco Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), representada legalmente por su Gerente Mario Vladimir Moreira Arias, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1179/2015 de 20 de julio, corriente de fs. 2 a 28, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), representada por Daney David Valdivia Coria; la contestación de fs. 47 a 55 de obrados, la réplica y la dúplica cursantes a fs. 151 a 154 de obrados, y de fs. 160 a 162 de obrados, apersonamiento de la tercero interesado de fs. 108 a 112, respectivamente, los antecedentes del proceso y emisión de la resolución impugnada.
CONSIDERANDO I
I.1. Antecedentes de la demanda.
Conforme a los antecedentes Administrativos de la Determinación Tributaria y la Impugnación en la vía Administrativa, el 12 de marzo de 2014, la Administración Tributaria notificó mediante cédula a José Jaime Ortiz Naranjo, representante de Industrias Duralit SA., con la Orden de Verificación N° 0014OVI03565, Operativo Específico Crédito Fiscal IVA, de los periodos fiscales de enero a diciembre de 2011, solicitó la presentación de la siguiente documentación:
- a)Declaraciones Juradas de los periodos observados (formulario 200 o 210),
- b)Libro de Compras IVA de los periodos observados,
- c)Facturas de Compras Originales detalladas en anexo,
- d)Medio de Pago de las Facturas Observadas, y
- e)Otra documentación que se solicite durante el Proceso de Fiscalización.
El 18 de marzo de 2014, Roxana Domínguez a nombre de Industrias Duralit SA., solicitó ampliación de plazo para la presentación de la documentación requerida según Orden de Verificación N° 0014OVI03565, la misma que fue aceptada por la Administración Tributaria mediante Proveído N° 24-00091-14 ampliando el plazo hasta el 26 de marzo de 2014, fecha en la que David Rocha ofreció la documentación referida según consta en Acta de Recepción.
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