Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJSala Plena20 jul 2022

AS/0090/2022

Demandante: Consulado General de Chile en La Paz - Bolivia

Demandado: Joel Alberto Capriles Román

TSJSala Plena20 jul 2022

AS/0089/2022

Demandante: Magdalena Rocha Yevara

Demandado: Félix Justiniano Lino

TSJSala Plena20 jul 2022

AS/0088/2022

Demandante: Carlos Freddy Quinta Colque

Demandado: Sentencia N° 10/2020 de 18 de marzo

TSJSala Plena20 jul 2022

RE/0018/2022

Demandante: Empresa Constructora ROYAL S.R.L.

Demandado: Administradora Boliviana de Carreteras - ABC

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SE/0131/2022

Demandante: Gerencia Regional Santa Cruz – Aduana Nacional

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria AGIT

Máxima: DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE/ Para la determinación de la base imponible sobre base cierta, la AT debe contar con suficientes elementos que le permitan evidenciar la efectiva materialización del hecho imponible y en caso de no obtener esta información, corresponde acudir al método de determinación de la base imponible, sobre base presunta.

Precedente: Artículos 44 y 165 del Código Tributario Boliviano

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SE/0129/2022

Demandante: Agencia Despachante de Aduana J. Lino SRL

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA/ La prescripción se produce por la falta de ejercicio de su derecho por el acreedor unida a la falta de reconocimiento del mismo por el deudor y provoca la extinción de determinadas titularidades jurídicas como consecuencia de la inactividad de un derecho durante un determinado lapso de tiempo.

Precedente: Sentencia 105 de 4 de septiembre de 2019 Artículos 59 y 60-II del Código Tributario Boliviano

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SE/0139/2022

Demandante: Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales – ADRA BOLIVIA

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA/ La prescripción se produce por la falta de ejercicio de su derecho por el acreedor unida a la falta de reconocimiento del mismo por el deudor y provoca la extinción de determinadas titularidades jurídicas como consecuencia de la inactividad de un derecho durante un determinado lapso de tiempo.

Precedente: Artículos 59-III y 60 del Código Tributario Boliviano

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SE/0132/2022

Demandante: Sabino Vocal Meneses

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria AGIT

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA/ La prescripción se produce por la falta de ejercicio de su derecho por el acreedor unida a la falta de reconocimiento del mismo por el deudor y provoca la extinción de determinadas titularidades jurídicas como consecuencia de la inactividad de un derecho durante un determinado lapso de tiempo.

Precedente: Artículo 59, 60 y 61 del Código Tributario Boliviano

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SE/0138/2022

Demandante: Lourdes Dehne Delgadillo

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE/ Para la determinación de la base imponible sobre base cierta, la AT debe contar con suficientes elementos que le permitan evidenciar la efectiva materialización del hecho imponible y en caso de no obtener esta información, corresponde acudir al método de determinación de la base imponible, sobre base presunta.

Precedente: Artículo 43 de la Ley 2492 Artículo 36 de la Ley 843

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SE/0133/2022

Demandante: Empresa IP COMPANY SRL.

Demandado: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos “YPFB”

Máxima: CARGA DE LA PRUEBA/ La parte que argumente haber cumplido con una obligación que provenga de un acto administrativo, tiene el deber de demostrarlo a través de un medio idóneo que permita demostrar en forma contundente e inequívoca su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados.

Precedente: Artículos 371 y 376 del Código de Procedimiento Civil

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AS/0119-1/2022

Demandante: Compañía Minera Urupe SRL

Demandado: Ministerio de Medio Ambiente y Agua

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SE/0134/2022

Demandante: Francisco Beltrán Choque

Demandado: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

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AS/0094/2022

Demandante: Nemesio Edgar Tola Gutiérrez

Demandado: Nemesio Edgar Tola Gutiérrez

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SE/0136/2022

Demandante: Agencia Despachante de Aduana CIDEPA Ltda.

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA/ La prescripción se produce por la falta de ejercicio de su derecho por el acreedor unida a la falta de reconocimiento del mismo por el deudor y provoca la extinción de determinadas titularidades jurídicas como consecuencia de la inactividad de un derecho durante un determinado lapso de tiempo.

Precedente: Sentencia 281/2012 de 27 de noviembre Sentencia 105/2019 de 4 de septiembre Artículos 59 y 60 de la Ley 2492

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SE/0141/2022

Demandante: René Del Rio Rosales

Demandado: Mutual de Servicios al Policía “MUSERPOL”

Máxima: PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/ En el proceso se constituyen diferentes etapas desarrolladas de forma sucesiva, que se van clausurando de forma periódica y definitiva, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya consumados por la inactividad de las partes al no hacer uso de los actos jurídicos que la ley franquea para fundar una pretensión; extinguiéndose en consecuencia la etapa procesal respectiva.

Precedente: Resolución de Directorio N° 39/2018 de 24 de agosto de 2018 Artículo 45-5 del Reglamento del Beneficio del Complemento Económico

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SE/0140/2022

Demandante: Gravetal Bolivia SA.

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: CARGA DE LA PRUEBA/ La parte que argumente haber cumplido con una obligación que provenga de un acto administrativo, tiene el deber de demostrarlo a través de un medio idóneo que permita demostrar en forma contundente e inequívoca su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados.

Precedente: Artículos 76 y 81 del Código Tributario Boliviano

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SE/0135/2022

Demandante: Grupo Minero “CARMA SRL”

Demandado: Ministerio de Minería y Metalurgia (MMM)

Máxima: AMPLIACIÓN DEL PLAZO EN ACTOS ADMINISTRATIVOS EN RAZÓN A LA DISTANCIA/ Las actuaciones administrativas que deban ser realizadas por personas que tengan su domicilio en un Municipio distinto al de la sede de la entidad pública que corresponda, tendrán un plazo adicional de cinco días, a partir del día de cumplimiento del plazo. En materia procesal administrativa, se otorga un plazo adicional de 5 días a las personas que tengan un domicilio distinto al municipio de la sede de la entidad

Precedente: Artículos 21-III, 22-II y 66-II de la Ley de Procedimiento Administrativo

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SE/0128/2022

Demandante: Gerencia Regional Santa Cruz – Aduana Nacional

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES/ Hacen parte del debido proceso la debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales y administrativas, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que lleve al justiciable pleno convencimiento de que se obró conforme a derecho.

Precedente: Sentencia Constitucional Plurinacional 1585/2014 de 19 de agosto

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SE/0130/2022

Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: ARGUMENTACIÓN CONCISA Y CLARA/ Una resolución que de fin a cualquier litigio no necesariamente implica que sea abundante y reiterativa en su argumentación y citas jurídicas, si no por el contrario una debida motivación conlleva a que la resolución sea concisa y clara.

Precedente: Artículo 28 incisos a) y e) de la Ley de Procedimiento Administrativo

SCPSala Cuarta Especializada19 jul 2022

0789/2022-S4

Acción de Libertad · Exp. 40017-2021-81-AL · La Paz

Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano