Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0327/2023
Demandante: Marela Isabel Lozano Anachuri de Calderón, Genov-Petry Marchely Calderón y Marbel Marchely Calderón representadas por Juan Carlos Quiroga Pando
Demandado: Ángela Yuca representada por Wilmer Raúl Yuca
Máxima: PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA EN LAS NULIDADES PROCESALES/ Todo acto será válido, aunque sea irregular, si con él se cumplió con el objeto procesal al que estaba destinado, salvo que se hubiere provocado indefensión”, cabe resaltar que la sola presencia de un vicio no es razón suficiente para que el Juez declare la nulidad de un acto procesal, se requiere además, compulsar si el acto aunque anómalo cumplió con el propósito procesal (finalidad del acto) y que ese vicio sea trascendente, de tal manera que sea lesiva del derecho al debido proceso en cualquiera de sus elementos constitutivos.
Precedente: Auto Supremo N° 533/2021 de 14 de junio Artículo 105. II del Código Procesal Civil
AS/0320/2023
Demandante: Amadeo Ortiz Ortiz
Demandado: Francisco Edmundo Vaca Cuellar
Máxima: FOTOCOPIAS SIMPLES/ Las copias de documentos originales, hacen la misma fe que éstos si son nítidas y si su conformidad con el original auténtico y completo se acredita por un funcionario público autorizado, o a falta de esto, si la parte a quien se opongan no las desconoce expresamente.
Precedente: Auto Supremo Nº 556/2014 de 03 de octubre, Auto Supremo Nº 930/2015 de 14 de octubre Artículo 1311 del Código Civil
AS/0331/2023
Demandante: Edda y José Donald ambos Abularach Davieds
Demandado: Nelly Dantas Callaú Vda. de Abularach, María Elizabeth, Jesús Eduardo, Juan José y Norah Janeth todos Abularach Dantas.
Máxima: PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA EN LAS NULIDADES PROCESALES/ Todo acto será válido, aunque sea irregular, si con él se cumplió con el objeto procesal al que estaba destinado, salvo que se hubiere provocado indefensión, cabe resaltar que la sola presencia de un vicio no es razón suficiente para que el Juez declare la nulidad de un acto procesal, se requiere además, compulsar si el acto aunque anómalo cumplió con el propósito procesal (finalidad del acto) y que ese vicio sea trascendente, de tal manera que sea lesiva del derecho al debido proceso en cualquiera de sus elementos constitutivos.
Precedente: Auto Supremo Nº 823/2022 de 27 de octubre Artículo 105. II del Código Procesal Civil
AS/0330/2023
Demandante: Shezmi Alejandra, Jaldania Paz y Macyel todas Maldonado Sánchez
Demandado: Juan León Plata Calahumana
Máxima: NULIDAD DE OBRADOS POR EL TRIBUNAL DE ALZADA/ El tribunal superior en segunda instancia posee las mismas facultades y prerrogativas que el Juez de la causa, puede resolver en el fondo enmendando el tema de incongruencia y en caso de considerar que sea insuficiente o errada la motivación o fundamentación, puede suplir el defecto fundando propio juicio, revocar en su caso el fallo de primera instancia, sin necesidad de acudir a la nulidad procesal que solamente es aplicable como una medida excepcional de última ratio y solo en los casos en que la vulneración tenga incidencia directa y objetiva con el derecho a la defensa, aspecto que no se da en el caso de autos.
Precedente: Auto Supremo N° 47/2022 de 31 de enero
AS/0328/2023
Demandante: Elvira Alejandra Saico Casillo, Leonarda Isabel Saico Casillo de Alfaro y Guillermina Saico Mamani
Demandado: Ceferino Valentín Choque y Tomasa Jurado Suxo de Choque
Máxima: NULIDAD PROCESAL/ Consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos, formas o procedimientos que la ley procesal ha previsto para la validez de los mismos; a través de la nulidad se controla la regularidad de la actuación procesal y se asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso y a la impugnación.
Precedente: Auto Supremo N° 510/2019 de 23 de mayo Auto Supremo N° 06/2015 de 08 de enero Auto Supremo Nº 78/2014 de 17 de marzo
AS/0315/2023
Demandante: Julio Ayma Siñanis
Demandado: Martha Velasco Cardona Vda. de Ayma.
0255/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 42518-2021-86-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
0290/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 40278-2021-81-AL · La Paz
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0288/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 40277-2021-81-AL · Cochabamba
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0294/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 43574-2021-88-AL · Santa Cruz
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0292/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 41290-2021-83-AL · La Paz
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0023/2023
Conflicto de Competencias Jurisdiccionales · Exp. 43675-2021-88-CCJ · Tarija
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0292/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 41290-2021-83-AL · La Paz
0146/2023-S4
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 46226-2022-93-AAC · La Paz
Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
0149/2023-S4
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 46300-2022-93-AAC · Chuquisaca
Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
0161/2023-S4
Acción Popular · Exp. 50218-2022-101-AP · Santa Cruz
Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
0144/2023-S4
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 46194-2022-93-AAC · La Paz
Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
0125/2023-S4
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 46254-2022-93-AAC · La Paz
Magistratura relatora: René Yván Espada Navía
0139/2023-S4
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 46363-2022-93-AAC · Cochabamba
Magistratura relatora: René Yván Espada Navía
0140/2023-S4
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 46397-2022-93-AAC · Tarija
Magistratura relatora: René Yván Espada Navía