Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0467/2022
Demandante: Mariela Claudia y Lindon Galo Olaguivel Buitrago
Demandado: Caja Nacional de Salud
AS/0462/2022
Demandante: Juan Carlos Flores Reus
Demandado: Empresa NIBOL Ltda.
AS/0451/2022
Demandante: Marinel Paola Sandoval Arciénega
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
AS/0488/2022
Demandante: Empresa unipersonal COGACHACO M&S
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Villamontes
AS/0469/2022
Demandante: Agencia Despachante de Aduana, Virgen del Milagro SRL.
Demandado: Gerencia Regional Tarija de la Aduana Nacional de Bolivia
SE/0168/2022
Demandante: Illimani de Comunicaciones SA.
Demandado: Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Máxima: APLICACIÓN FAVORABLE DE LA NORMA/ Para las infracciones e ilícitos tributarios corresponde aplicar el principio de retroactividad de la Ley en tanto estas normas sean mas beneficiosas para el obligado.
Precedente: Sentencia 23/2013 de 11 de marzo. Artículo 116-I de la Constitución Política del Estado. Artículo 79 de la Ley de Procedimiento Adiministrativo.
SE/0164/2022
Demandante: YPFB ANDINA SA.
Demandado: Ministerio de Hidrocarburos y Energías
Máxima: DISCRECIONALIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA/ Se da cuando el ordenamiento jurídico otorga a la administración un abanico de posibilidades, pudiendo optar por la que estime más adecuada, quien en el ejercicio de los poderes discrecionales tiene permitido por ley apreciar la oportunidad o conveniencia del acto según los intereses públicos, ejerciendo la libertad de elección entre alternativas igualmente justas, sin predeterminar cuál es la situación del hecho. Esta discrecionalidad se diferencia de la potestad reglada, en la que la Ley de manera imperativa establece la actuación que debe desplegar el agente. Esta discrecionalidad, señalada, tiene límites, pues siempre debe haber una adecuación a los fines de la norma y el acto debe ser proporcional a los hechos o causa que los originó.
Precedente: Artículos 109-I, 115 y 117-I de la Constitución Política del Estado Artículo 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo Sentencia Constitucional 1464/2004-R de 13 de septiembre
AS/0487/2022
Demandante: Asociación Accidental San Antonio
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes
AS/0485/2022
Demandante: Carlos Villa Vargas
Demandado: Universidad Autónoma Gabriel René Moreno
AS/0481/2022
Demandante: Empresa Unipersonal JCRFR CONSULTORES
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Bolpebra
AS/0460/2022
Demandante: Humberto Laureano Pinto Alarcón
Demandado: Mutualidad del Poder Judicial y Ministerio Público
AS/0459/2022
Demandante: Luis Fernando Cuadiay Cortez
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
AS/0479/2022
Demandante: Lider Paniagua Guzmán
Demandado: Empresa “ATB Santa Cruz Televisión SA”
AS/0478/2022
Demandante: Gustavo Virgilio Rojas Mamani
Demandado: BOLCO Bolivia Constructora SRL.
AS/0476/2022
Demandante: Mireya Miriam Antelo de Montes
Demandado: Bolivar Administración, Inversiones y Servicios Asociados
AS/0474/2022
Demandante: William Wilfredo Aguirre Tudela
Demandado: Lozada Transport SRL
SE/0143/2022
Demandante: Gerencia Regional Cochabamba – Aduana Nacional
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA SANCIÓN ADUANERA/ La facultad para imponer sanciones por la contravención aduanera de contrabando, que tiene la Administración Aduanera debe realizarse en el tiempo prudente y legal, lo contrario significa la extinción de dicha potestad.
Precedente: Sentencia 005/2014 de 27 de marzo Sentencias 281/2012 de 27 de noviembre Artículos 59-I-1-3 y 60-I del Código Tributario Boliviano
SE/0146/2022
Demandante: Gerencia Grandes Contribuyentes La Paz – Servicio de Impuestos Nacionales
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Máxima: EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR SUSTRACCIÓN DE MATERIA/ La sustracción de materia constituye un medio de extinción del proceso, cuando las circunstancias de la materia justiciable sujeta a decisión, dejaron de existir por diferentes razones, impidiendo al órgano jurisdiccional, emitir un pronunciamiento de mérito, acogiendo o desestimando la pretensión deducida.
Precedente: Sentencia Constitucional Plurinacional 0697/2014 de 10 de abril
SE/0153/2022
Demandante: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA/ La prescripción se produce por la falta de ejercicio de su derecho por el acreedor unida a la falta de reconocimiento del mismo por el deudor y provoca la extinción de determinadas titularidades jurídicas como consecuencia de la inactividad de un derecho durante un determinado lapso de tiempo.
Precedente: Artículos 59 y 60-II del Código Tributario Boliviano. Sentencia 105/2019 de 4 de septiembre.
SE/0145/2022
Demandante: Gerencia Distrital Cochabamba – Servicio de Impuestos Nacionales
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Máxima: PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA/ Para la procedencia de la nulidad tiene que haber un perjuicio cierto e irreparable, pues no hay nulidad sin daño o perjuicio, es decir que previo a declarar la nulidad, se debe identificar el perjuicio real que se ocasionó al justiciable con el alejamiento de las formas prescritas; pues no pude existir nulidad, sino existe un interés lesionado que proclame protección.
Precedente: Sentencia Constitucional Plurinacional 0427/2013 de 3 de abril