Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJPenal18 jul 2022

AS/0706/2022-RA

Demandante: Ministerio Público, Elena Rojas Ayarachi, Mirian Nieves Coro Rojas, Rolando Fernández Mamani e Irma Adelaida Coro Rojas

Demandado: Clementina Bobarín Bautista de Rojas

TSJSocial 1era18 jul 2022

AS/0118/2022

Demandante: Universidad Salesiana de Bolivia

Demandado: Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social

TSJSocial 1era18 jul 2022

AS/0439/2022

Demandante: Manuela Mónica Eusebia Huasco Vargas

Demandado: Empresa EOCLIBOL SRL.

TSJCivil15 jul 2022

AS/0491/2022-RA

Demandante: Alberto Gamboa Quiroz

Demandado: Facundo Sirpa Gerónimo y otros

TSJCivil15 jul 2022

AS/0490/2022-RA

Demandante: Rita Castrillo Bluske representada por María Ninoska Zumaran Valdez

Demandado: Norma Dora, Vivianne, Sandra María, María Paula, Edgar Alfonso todos Gutiérrez San Martín y José Miguel Gutiérrez López, herederos de Edgar Pablo Gutiérrez Mercado.

TSJCivil15 jul 2022

AS/0489/2022-RI

Demandante: Lutwy Víctor Fernández Retamozo

Demandado: Karen Leny Orellana Sotomayor.

TSJMáximaSocial 2da15 jul 2022

AS/0363/2022

Demandante: Amanda Amalia Borda Ortíz

Demandado: Cruz Roja Filial Chuquisaca

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da15 jul 2022

AS/0356/2022

Demandante: Gloria Natividad Ondarza Linares

Demandado: Universidad Mayor de San Simón

Máxima: VERDAD MATERIAL/ Corresponde a la realidad, superando cualquier limitación formal que restrinja o distorsione la percepción de los hechos a la persona encargada de juzgar a otro ser humano, o de definir sus derechos y obligaciones, dando lugar a una decisión injusta que no responda a los principios, y valores éticos consagrados en la Norma Suprema de nuestro país, a los que todas las autoridades del Órgano Jurisdiccional y de otras instancias, se encuentran impelidos de dar aplicación, entre ellas, al principio de verdad material, por sobre la limitada verdad formal.

Precedente: Artículo 180 parágrafo I de la Constitución Política del Estado.

TSJMáximaSocial 2da15 jul 2022

AS/0357/2022

Demandante: Alfredo Montes García

Demandado: Empresa “ATIAN” S.R.L.

Máxima: SANA CRÍTICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba; pues desarrollan su sana crítica al tener amplia libertad en la apreciación y valoración de la prueba, que formen libremente su convencimiento; basándose en los principios científicos, en su experiencia, en las circunstancias relevantes del pleito y en la conducta procesal de las partes.

Precedente: Artículo 158 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da15 jul 2022

AS/0352/2022

Demandante: Lourdes Guatara Valdivia

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ En materia laboral la carga de la prueba corresponde al empleador demandado, este debe desvirtuar los fundamentos de la acción, sin perjuicio de que el actor aporte las pruebas que crea conveniente; es el empleador quien debe demostrar con todos los medios probatorios establecidos, haber actuado correctamente y bajo las disposiciones laborales vigentes.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da15 jul 2022

AS/0361/2022

Demandante: Nelson Galo Choque Caricambo

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Caracollo

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJSocial 1era15 jul 2022

AS/0427/2022

Demandante: Santa Mónica Cotton Trading Company SA

Demandado: Gerencia Distrital Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales

TSJSocial 1era15 jul 2022

AS/0426/2022

Demandante: Asociación Accidental “CONSORCIO LA PAZ” Pablo Eduardo Málaga Torrico

Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de La Paz

TSJMáximaSocial 1era15 jul 2022

AS/0429/2022

Demandante: Lucas García Rodas

Demandado: Caja de Salud CORDES-Regional Guabirá

Máxima: ENCUBRIMIENTO DE LA RELACION LABORAL CON EL SUPUESTO DENOMINATIVO DE CONTRATO CIVIL-COMERCIAL/ Cuando se identifica alguna modalidad de contratación que pretenda atribuírsele las características de contrato civil o comercial y que tienda a encubrir la relación laboral, no puede surtir efectos como tales, debiendo prevalecer el principio de primacía de la realidad sobre la relación aparente.

Precedente: Artículo 5 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.

TSJMáximaSocial 1era15 jul 2022

AS/0428/2022

Demandante: Martha Beatriz Negrete Vaca

Demandado: Empresa “CORPORACION FRAGANCE SRL”

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículo 48.II de la Constitución Política del Estado. Artículos 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 1era15 jul 2022

AS/0406/2022

Demandante: Servicio Departamental de Caminos de Tarija

Demandado: Cristian Eduardo Aramayo Fernández

Máxima: CAUSALES DE INASISTENCIA INJUSTIFICADA/ Se Interrumpe la continuidad de los de servicios por la inasistencia injustificada del trabajador, cuando excedan los seis días hábiles seguidos o la restitución al trabajo después de vencido seis días hábiles.

Precedente: Decreto Supremo Nº 1592 de 19 de abril. Artículo 2 de la Ley de 23 de noviembre de 1944

TSJMáximaSocial 1era15 jul 2022

AS/0401/2022

Demandante: Yamile Bello Umalla

Demandado: Empresa, Servicios Industriales, Frigoríficos y Alimentos “SIFRA LTDA.”, representada por Delmer Iván Navallo Caro

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJSocial 1era15 jul 2022

AS/0408/2022

Demandante: Fralak Comercio Import Export SRL

Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Potosí

TSJSocial 1era15 jul 2022

AS/0392/2022

Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz

Demandado: Delicia Antelo Vda. de Mouhu y otros

TSJSocial 1era15 jul 2022

AS/0403/2022

Demandante: Empresa “Arquitectura y Construcciones Heredia”

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre