Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0031/2022
Demandante: Juan Carlos Pérez Pérez
Demandado: William Fernando Saavedra Strunk y otros
Máxima: EXCEPCIÓN DE PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS/En nuestra legislación se exceptúa el pago de horas extras a los empleados que ocupen puestos de dirección, vigilancia y confianza, personal jerárquico, justificándose que, por lo general esta clase de empleados no tiene supervisión directa del empleador.
Precedente: Artículo14 del Decreto Supremo N° 21137 de 30 de noviembre de 1985, Artículos 46, 50 de la Ley General del Trabajo Artículos 35 y 41 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.
AS/0026/2022
Demandante: Julián Ledezma Acna
Demandado: Empresa Nacional de Ferrocarriles “ENFE”
AS/0025/2022
Demandante: Cooperativa Minera Aurífera Comunitaria “SITAHUARA RL”
Demandado: Ministerio de Minería y Metalurgia
AS/0024/2022
Demandante: Alcira López Rojas
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
AS/0023/2022
Demandante: Carmen Paloma Guarachi Barrios
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
AS/0022/2022
Demandante: EMPRESA TARIJEÑA DEL GAS “EMTAGAS”
Demandado: Ministerio de Hidrocarburos y Energías
AS/0021/2022
Demandante: Empresa FOX CARGO INVERSIONES LTDA.
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
AS/0020/2022
Demandante: Empresa FOX CARGO INVERSIONES LTDA.
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
AS/0019/2022
Demandante: Alcira López Rojas
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
AS/0018/2022
Demandante: Empresa CONTINENTAL VOYAGES BOLIVIA SRL.
Demandado: Autoridad de Fiscalización del Juego - AJ
AS/0101/2022
Demandante: María Luisa Arroyo de Prado y Gustavo Jorge Prado Arroyo
Demandado: Urbanización “Juana Azurduy de Padilla”.
Máxima: NULIDAD PROCESAL DE OFICIO/ El Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, por lo que, en virtud de tal disposición legal, debe efectuarse la revisión de oficio del proceso en cuestión en aplicación del principio de eficacia.
Precedente: Auto Supremo Nº 506/2017 de 16 de mayo Artículo 106 del Código Procesal Civil
AS/0103/2022
Demandante: David Eusebio Colque Chuquimia
Demandado: Karina Elsye Solis Martínez
Máxima: COMUNIDAD DE BIENES GANANCIALES/ Los conyugues desde el momento de su unión constituyen una comunidad de gananciales, esta comunidad se constituye, aunque uno de ellos no tenga bienes o los tenga más que la o el otro. Una vez disuelto el vínculo conyugal, deben dividirse en partes iguales las ganancias, beneficios u obligaciones contraídos durante su vigencia, salvo separación de bienes.
Precedente: Auto Supremo N° 958/2019 de 24 de septiembre Artículo 176.II del Código de las Familias y el Proceso Familiar
AS/0104/2022
Demandante: Empresa de Inversiones Sucre S.A. (ISSA)
Demandado: Compañía Nacional de Servicios de Ingeniería CONALSI S.R.L.
Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ Es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica.
Precedente: Auto Supremo Nº 508/2019 de 23 de mayo Auto Supremo N° 240/2015 de 14 de abril
AS/0108/2022
Demandante: Daniel Rosendo De La Barra Lemuz y Adela Herrera Vargas de De La Barra
Demandado: Jaime Sales y Julian ambos Orihuela Ramos y Julia Gil Quelale de Orihuela.
Máxima: PRELACIÓN DE REGISTRO/ Con el registro de Derechos Reales se crea también con objeto de dar seguridad jurídica frente a terceros, uno de los pilares de la seguridad que otorga el Registro de Derechos Reales es la prioridad o prelación que tiene un documento y el derecho o contrato contenido en él inscrito o anotado preventivamente. La fecha de presentación (hora y minutos) va a determinar la preferencia y rango del documento que ha ingresado al registro.
Precedente: Ley de Inscripción de Derechos Reales se promulgó el 15 de noviembre de 1887 Reglamento, Modificación y Actualización a la Ley de Inscripción de Derechos Reales, Decreto Supremo Nº 27957 de 24 de diciembre de 2004
AS/0106/2022
Demandante: Raúl Antonio Bustillo Zamorano y Gloria Jeannette Valencia Pierola
Demandado: FONVIS, Errol Neil Caussin Daza e Ivette Cecilia Torrez Sanjinés de Caussin.
Máxima: COMPETENCIA DE LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA/ Se la ejerce a través de los órganos de justicia con competencias determinadas por ley. La estructura de la justicia ordinaria descrita en la Ley del Órgano Judicial y las leyes especiales describen la competencia en razón de territorio, materia y jerarquía, operadores judiciales que tienen definido su campo de acción.
Precedente: Auto Supremo N° 320/2013 de 19 de junio Sentencia Constitucional Nº 1469/2011-R de 10 de octubre Articulo 12 de la Ley N° 025
AS/0105/2022
Demandante: Shirley Gonzales Duran
Demandado: Banco Fortaleza S.A.
Máxima: NULIDAD PROCESAL/ Consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos, formas o procedimientos que la ley procesal ha previsto para la validez de los mismos; a través de la nulidad se controla la regularidad de la actuación procesal y se asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso y a la impugnación.
Precedente: Auto Supremo Nº 78/2014 de 17 de marzo, Artículos 16 y 17 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial Artículos 105 al 109 del Código Procesal Civil
AS/0102/2022
Demandante: Rosario Emiliana, Juan Adalid, Henry Vladimir y Lizeth Angela, todos Gutiérrez Casas
Demandado: Juan Amadeo Miranda Salcedo
Máxima: INCONGRUENCIA OMISIVA/ Existe cuando la autoridad jurisdiccional deja de dar respuesta a cuestiones jurídicas oportunamente planteadas, esta incongruencia es cuando se guarda absoluto silencio sobre elementos fundamentales de las pretensiones procesales ejercitadas, causando indefensión, ya que no se resuelve lo verdaderamente planteado en el proceso.
Precedente: Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 2218/2012 de 08 de noviembre Artículo 256 – I del Código Procesal Civil
AS/0107/2022
Demandante: Caja Nacional de Salud
Demandado: Caja de Salud Cordes
Máxima: REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA/ Como ser el derecho de propiedad del actor, la determinación del inmueble que se pretende reivindicar y la posesión ejercida por el demandado.
Precedente: Auto Supremo N° 204/2015 de 27 de abril. Auto Supremo N° 207/2016 de 11 de marzo.
AS/0094/2022-RA
Demandante: Julia Isabel Soliz Iturralde
Demandado: Emilio Montes Juyari, Celia Arancibia Javier de Montes, Pedro Montes Arancibia, Felipa Canaviri Ramírez Vda. de Gonzales, Ingrid Mamani Aquino y Víctor Copali Fuentes.
AS/0100/2022-RA
Demandante: Rodolfo Coca Arias y Enma Reynaga Morales
Demandado: Martha, María Esther, Silvia, todas Coca Arias y Javier Parada Arredondo