Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
193.352 resultados
AS/0416/2022
Demandante: Ernestina Cayhuara Contreras
Demandado: Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
AS/0415/2022
Demandante: Empresa Unipersonal TRAMEC TRANSPORTE Y
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de San Julián
AS/0424/2022
Demandante: Manfred Raymundo Pinto Jordán
Demandado: Empresa de Servicios Electromecánicos ESE SRL
AS/0423/2022
Demandante: Fabio Bru Cossio
Demandado: Empresa Royal Silver Company Bolivia SA.
AS/0405/2022
Demandante: Ledy Álvarez Caraballo
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado por la Alcalde Ana Lucía Reis Melena a través de Aleida Candia Parada y Mateo Cussi Chapi
AS/0401/2022
Demandante: Yamile Bello Umalla
Demandado: Empresa, Servicios Industriales, Frigoríficos y Alimentos “SIFRA LTDA.”, representada por Delmer Iván Navallo Caro
AS/0406/2022
Demandante: Servicio Departamental de Caminos de Tarija
Demandado: Cristian Eduardo Aramayo Fernández
AS/0408/2022
Demandante: Fralak Comercio Import Export SRL
Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Potosí
AS/0392/2022
Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz
Demandado: Delicia Antelo Vda. de Mouhu y otros
AS/0437/2022
Demandante: María Eugenia Calle Lima
Demandado: Radio Móvil Tricolor
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0436/2022
Demandante: Consuelo Vaca Balcázar
Demandado: Caja Petrolera de Salud
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0435/2022
Demandante: Empresa Privada La Mezcla
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
AS/0410/2022
Demandante: Osmar Giovanni Parra Velásquez
Demandado: Empresa Papelandia
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0399/2022
Demandante: Luis Fernando Ruiz Anachuri
Demandado: Corporación del Seguro Social Militar “COSSMIL”
Máxima: ALCANCES DE LA LEY GENERAL DEL TRABAJO EN TRABAJADORES DE COSSMIL/ Los trabajadores de esta entidad que en su relación laboral concurran las características esenciales de dependencia, subordinación, trabajo a cuenta ajena, percibiendo una remuneración o salario mensual; están sujetos a las disposiciones de la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario.
Precedente: Artículo 3-IV de la Ley Nº 2027.
AS/0398/2022
Demandante: Eugenia Mamani Mendoza
Demandado: Luis Alberto Cortez Manríquez
Máxima: VALORACIÓN PROBATORIA EN CASACIÓN/ La apreciación y valoración de la prueba es facultad privativa de los juzgadores de instancia; resultando incensurable en casación; y que, excepcionalmente podrá producirse una revisión o revaloración de la prueba, en la medida en que en el recurso se acuse y se demuestre la existencia de error de hecho o de derecho, en la apreciación de estas pruebas, para que este Tribunal, verifique sí estas infracciones son fundadas o no.
Precedente: Artículo 158 del Código Procesal del Trabajo. Artículo 271-I del Código Procesal Civil.
AS/0397/2022
Demandante: María Magdalena Tórrez Pérez
Demandado: Empresa Unipersonal Fábrica de Pantalones “MODIBA”
AS/0396/2022
Demandante: Petrona Vaca Alba de Salmón
Demandado: Caja Petrolera de Salud – Regional Santa Cruz
Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.
Precedente: Auto Supremo 867 de 3 de marzo de 2015. Auto Supremo 245 de 27 de agosto de 2015. Artículo 265 parágrafo I del Código Procesal Civil
AS/0409/2022
Demandante: Eugenia Condori Callisaya
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Máxima: INEXISTENCIA DE PLANILLAS Y COMPROBANTES DE PAGO/ En el caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, tomando en cuenta que los derechos reconocidos en la norma jurídica fundamental del Estado son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos; el SENASIR certificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, entre otros: Finiquitos, Certificados de trabajo, boletas de pago o planillas de haberes, partes de filiación y baja de las Cajas de Salud respectivas, calificación de años de servicio etc.
Precedente: Artículo 14 del Decreto Supremo 27543 de 31 de mayo de 2004 Artículo 83 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición. Artículo 2 de la Resolución Ministerial 550 de 28 de septiembre de 2005
AS/0404/2022
Demandante: Rosario Virginia Cors Pedrozo
Demandado: Caja de Salud de Caminos Regional Sucre
AS/0402/2022
Demandante: Sergio Rodrigo Aguirre Pérez
Demandado: Fábrica Nacional de Cemento SA