Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

107.841 resultados

TSJPenal18 ago 2022

AS/1029/2022

Demandante: Ministerio Público y la Cooperativa Minera Chorolque Ltda.

Demandado: ., Edgar Gutiérrez Tejerina

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0594/2022

Demandante: Fanny Zambrana Olmos heredera de Benedicta Olmos

Demandado: María Victoria Guzmán de Arancibia.

Máxima: REQUISITOS CONFORMADORES PARA LA PROCEDENCIA DE LA USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA/ La propiedad de un bien inmueble se adquiere por sólo la posesión continuada durante diez años, esta debe ser: continua e ininterrumpida, pública y pacífica

Precedente: Auto Supremo Nº 410/2020 de 05 de octubre Artículo 138 del Código Civil

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0591/2022

Demandante: Gerardo Villarroel Cáceres y Elsa Dionicia Román de Villarroel

Demandado: Edwin Parra Carballo, Alexander Parra y presuntos interesados

Máxima: INTEGRACIÓN DE SUJETOS EN CALIDAD DE LITISCONSORTES/ La Autoridad judicial de instancia, en calidad de director del proceso tiene la facultad para disponer la integración del sujeto pasivo al litisconsorcio, de oficio; siendo esa la única manera de asegurar que sus decisiones sean útiles para las partes demandantes, demandadas y otros que se hayan integrado en el proceso, alcanzando a todos ellos los efectos de la cosa juzgada respetando el derecho fundamental a la defensa.

Precedente: Auto Supremo N° 615/2019 de 25 de junio Autos Supremos Nº 441/2013 de 28 de agosto, Auto Supremo Nº 243/2014 de 22 de mayo Artículos 24 y 213 num.1 del Código Procesal Civil

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0595/2022

Demandante: Rita Castrillo Bluske

Demandado: Norma Dora, Vivianne, Sandra María, María Paula, Edgar Alfonso todos Gutiérrez San Martín y José Miguel Gutiérrez López.

Máxima: NULIDAD DE OBRADOS EN SEGUNDA INSTANCIA/ Las resoluciones de primera instancia que no generen trascendencia o causen indefensión a las partes, no son causales para disponer nulidad alguna, por lo que el Tribunal de Segunda Instancia deberán fallar en el fondo de la causa, esto con la finalidad de resolver el conflicto jurídico, sin necesidad de acudir a la nulidad procesal que es una medida de ultima ratio.

Precedente: Auto Supremo Nº 581/2013 de 15 de noviembre Auto Supremo Nº 506/2017 de 16 de mayo

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0593/2022

Demandante: Iver Torrico Salazar y Margarita Cabrera de Torrico

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra

Máxima: PRINCIPIOS DE CONGRUENCIA/ La congruencia se debe entender como el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución) y lo resuelto por las autoridades judiciales, en definitiva, es una prohibición para el juzgador considerar aspectos ajenos a la controversia.

Precedente: Auto Supremo No. 651/2014 de 06 de noviembre Sentencia Constitucional Nº 2218/2012 de 08 de noviembre Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R de 5 de julio

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0592/2022

Demandante: Constructora Ortiz representada por Antonio José Ortiz Aguilera

Demandado: Raquel Daly Tarabillo de Mileta y Andrés Zvonimir Mileta Rodríguez

Máxima: REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE LA USUCAPIÓN QUINQUENAL/ Esta forma de adquirir el derecho de propiedad requiere de un justo título e idóneo por el que se transfiera el derecho de propiedad, la buena fe del adquiriente y la posesión pacífica e ininterrumpida por cinco años.

Precedente: Auto Supremo N°581/2015 de fecha 21 de enero Artículos 134 y 138 del Código Civil

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0589/2022

Demandante: Álvaro Martin Cosme Quenta

Demandado: Elizabeth Flores de Mamani y Adhemar Basilio Mamani Flores

Máxima: DERECHO A LA IMPUGNACIÓN/ Es el derecho que tiene las partes en contienda, donde pueden solicitar a otro juzgador superior, revise la resolución judicial del inferior, se materializa a través de los recursos que la Ley franquea y según la resolución contra la cual se pretende recurrir, por lo que se constituye en el medio a través del cual se fiscaliza no solamente la decisión asumida por el Juez o Tribunal, sino la legalidad de la Resolución.

Precedente: Auto Supremo Nº 484/2012 de 13 de diciembre Artículo 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado

TSJMáximaCivil17 ago 2022

AS/0590/2022

Demandante: Carlos Rodrigo Borda Claure y María Teresa de Guadalupe Claure Vda. de Borda

Demandado: Jaime Antonio Borda Claure y María René Zamora Liebers.

Máxima: PER SALTUM (pasar por alto) / Para estar a derecho, los recurrentes deben instar en apelación dicho debate y así agotar legal y correctamente toda la segunda instancia, por la característica de demanda de puro derecho a la que se asemeja el recurso de casación, las violaciones que se acusan deben haber sido previamente reclamadas ante el Tribunal de Alzada, a objeto de que estos tomen aprehensión de los mismos y puedan ser resueltos conforme la doble instancia.

Precedente: Auto Supremo Nº 663/2016 de 15 de junio Auto Supremo Nº 154/2013 de fecha 08 de abril

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0413/2022

Demandante: Gary Quispe Pampa

Demandado: Empresa NACHOS ASOCIADOS SRL

Máxima: HORAS EXTRAS/ Cuando el trabajador esta en servicio donde no se encuentra sometido a jornadas determinadas no corresponde el pago de horas extras.

Precedente: Artículo 46 de la Ley General del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0411/2022

Demandante: Juan Pablo Padilla Estrada

Demandado: Empresa Digital TV CABLE EDMUND SRL

Máxima: DESPIDO INDIRECTO/ La falta de pago oportuno de sueldos constituye un despido indirecto del trabajador, terminando así la relación laboral, correspondiendo el pago de todos los beneficios sociales en favor del trabajador.

Precedente: Artículos 115 parágrafo II y 116 parágrafo II de la Constitución Política del Estado. Artículo 19 de la Ley General del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0410/2022

Demandante: Elías García Saigua

Demandado: Empresa Constructora “MATERSA”

Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ El juzgador no se encuentra sujeto a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario debe formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la misma y atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Precedente: Artículo 158 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0409/2022

Demandante: Nathaly Hedna Zapata Coro

Demandado: “NEXTCORP S.R.L.”

Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ El Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes, salvo que en el recurso se acuse y pruebe la existencia de error de hecho o de derecho en su apreciación, única posibilidad para que de manera excepcional se pueda volver a valorar la prueba identificada de manera clara y específica en el recurso.

Precedente: Artículo 158 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0407/2022

Demandante: CONSTRUCTORA PORTACHUELO

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de General Agustín Saavedra

Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/Además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, el recurrente debe especificar en qué consiste dicha infracción, violación, falsedad o error y que la equivocación está probada con un documento auténtico.

Precedente: Artículo 271 parágrafo I del Código Procesal Civil de 19 de noviembre de 2013.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0406/2022

Demandante: Elena Mamani Mendoza

Demandado: Emigdio Bernal Solares

Máxima: AGRAVIOS CARENTES DE FUNDAMENTOS/ Quien recurre de casación, debe establecer en que consiste la indebida apreciación de la prueba; ya que la casación (sea de forma o de fondo), se asemeja a una demanda nueva de puro derecho, en la que no solo debe identificarse las normas vulneradas, sino, explicarse en que consiste la infracción, violación, falsedad o error en la interpretación y/o aplicación de las mismas.

Precedente: Artículo 271 paragrafo I del Código Procesal Civil.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0405/2022

Demandante: Pedro Lijeron Lijeron

Demandado: Empresa de Servicios Electromecánicos “ESE” SRL

Máxima: PRINCIPIO DE INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ El principio de inversión de la prueba en materia laboral implica una presunción de veracidad respecto a la demanda del trabajador, “presunción juris tantum”, correspondiendo al empleador destruir lo alegado por el trabajador con las pruebas que aportara en su defensa.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0401/2022

Demandante: Luís Javier Bonifaz Zambrana

Demandado: Empresa S & T Sistemas y Tecnología

Máxima: VERDAD MATERIAL/ Corresponde a la realidad, superando cualquier limitación formal que restrinja o distorsione la percepción de los hechos a la persona encargada de juzgar a otro ser humano, o de definir sus derecho y obligaciones, dando lugar a una decisión injusta que no responda a los principios, y valores éticos consagrados en la Norma Suprema de nuestro país, a los que todas las autoridades del Órgano Jurisdiccional y de otras instancias, se encuentran impelidos de dar aplicación, entre ellas, al principio de verdad material, por sobre la limitada verdad formal.

Precedente: Artículo 180 parágrafo I de la Constitución Política del Estado.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0400/2022

Demandante: Caja de Salud de la Banca Privada

Demandado: Fundación para el Desarrollo Empresarial “FUNDEMPRESA”

Máxima: IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACIÓN/ Se declarará infundado el Recurso de Casación en la forma y en el fondo, cuando no se observa violación a norma legal alguna en el Auto de Vista objeto del recurso de casación.

Precedente: Articulo 220 parágrafo II del Código Procesal Civil.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0399/2022

Demandante: Maestranza Anglarill

Demandado: Eliseo Ayala Torrez

Máxima: CONDENACIÓN DE COSTAS/ El empleador que incumpla con los derechos laborales, originando la interposición del proceso social, por el principio de condena del litigante vencido es condenado al pago de costas.

Precedente: Artículos 221 y 223 del Código Procesal Civil de 19 de noviembre de 2013.

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0397/2022

Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Suarez GAMPS

Demandado: INTECAR SRL,

Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERRORES DE HECHO Y DE DERECHO/ Además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, el recurrente debe especificar en qué consiste dicha infracción, violación, falsedad o error y que la equivocación está probada con un documento auténtico.

Precedente: Auto Supremo Nº 410/2019

TSJMáximaSocial 2da17 ago 2022

AS/0402/2022

Demandante: Empresa constructora “Cordillera del Sur”

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Villa Vaca

Máxima: PRINCIPIO PROCESAL DE VERDAD MATERIAL/ Implica la superación de la dependencia de la verdad formal o la que emerge de los procedimientos judiciales, por eso es aquella verdad que corresponde a la realidad, superando cualquier limitación formal que restrinja o distorsione la percepción de los hechos a la persona encargada de juzgar a otro ser humano, o de definir sus derecho y obligaciones, dando lugar a una decisión injusta que no responda a los principios y valores éticos consagrados en la Norma Suprema de nuestro país, a los que todas las autoridades del Órgano Jurisdiccional y de otras instancias, se encuentran impelidos de dar aplicación, entre ellas, al principio de verdad material, por sobre la limitada verdad formal.

Precedente: Artículos 115 parágrafo II y 180 parágrafo I de la Constitución Política del Estado.