Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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0082/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 44181-2022-89-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0083/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 44193-2022-89-AL · Santa Cruz
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
0082/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 44181-2022-89-AL · La Paz
0068/2023-S2
Acción de Libertad · Exp. 44438-2022-89-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
Caso: El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud y a la libertad; toda vez que: 1) La Jueza demandada se arrogó el conocimiento de un procedimiento de conciliación en materia civil y no familiar, sin que previamente se efectúe el correcto sorteo de dicha causa; pues, el NUREJ 8038250 fue directamente asignado al mismo por encargados de plataforma; por lo que, interpuso incidentes de nulidad el 22 y 25 de noviembre de 2021, indicando que con ello debe dejarse sin efecto el mandamiento de apremio expedido en su contra, que al momento de activar la presente acción de libertad, no merecieron pronunciamiento; y, 2) El Consejo de la Magistratura al ser el superior jerárquico de los funcionarios del SIREJ, inicie investigación por manipulación informática en la asignación del citado NUREJ, siendo competencia del conocimiento de la conciliación, una autoridad en materia civil.
Ratio: El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 122/2021 de 29 de noviembre, cursante de fs. 137 a 141, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
Confirmadora
0076/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 44125-2021-89-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Caso: La impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso y a la libertad, vinculado a los principios de celeridad e inmediatez; toda vez que, dentro del fenecido proceso penal por asesinato seguido en su contra por el Ministerio público, mediante Resolución 336/2021 de 26 de octubre, se le concedió la libertad condicional, misma que no fue ejecutada por la Directora a.i. del Centro de Orientación Femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz, alegando inconsistencias -errores de forma- entre el mandamiento de condena y el de libertad condicional, atentando de esta manera contra su derecho a la libertad.
Ratio: Concede la tutela; ingresando al fondo de la problemática toda vez que existe una vinculación indirecta con el derecho a la libertad al continuar recluida de manera ilegal a partir de la negativa de la ejecución del mandamiento de libertad; advirtiéndose la vulneración a los derechos al debido proceso, a una tutela judicial célere y principios de celeridad e inmediatez.
Confirmadora
0073/2023-S2
Acción de Libertad · Exp. 44425-2022-89-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
Caso: El accionante a través de su representante denuncia la vulneración a sus derechos a la seguridad e integridad; toda vez que, dentro del proceso penal aperturado ante su denuncia, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, donde la representante de la Fiscalía Especializada que conoció el caso, emitió inicio de investigación el 16 de noviembre de 2021; y posteriormente, otro similar el 17 del mismo mes y año, mediante el cual cambió el tipo penal referido, al ilícito de lesiones graves y leves; lo que, provocó que la causa sea derivada a otra unidad para su investigación; y al haberse dejado sin efecto por autoridad competente el segundo inicio de investigación, se ordenó a la Fiscal de Materia demandada devuelva la causa a la Fiscalía Especializada; hecho que hasta el momento de presentación de este mecanismo de defensa no se realizó; situación que es identificada como el acto lesivo que transgredió los aludidos derechos.
Ratio: En consecuencia, el Tribunal de garantías al haber denegado la tutela impetrada, aunque con distintos fundamentos, obró de forma correcta. El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 46/2021 de 24 de noviembre, cursante de fs. 21 a 23, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
Confirmadora
AS/0275/2023
Demandante: Abdul Hussein Abou Saleh
Demandado: Nabil Abou Saleh Notario.
Máxima: LA DETENTACIÓN/ Inicia en virtud de un título que por su naturaleza es apta para autorizar el ejercicio de un poder de hecho sobre la cosa, aunque no es necesario que el título autorice realmente el ejercicio del poder de hecho; basta con que por su naturaleza sea apto para ello; en cambio sí es indispensable que el título imponga el deber de restituir la cosa a su titular, a quien, por lo tanto, se le reconoce implícita o explícitamente un mejor derecho.
Precedente: Auto Supremo N° 939/2018 de 01 de octubre Artículo 87.II del Código Civil
AS/0274/2023
Demandante: María Gema y Adrián Carlos Adán ambos Arana Borja
Demandado: Mireya Loayza Espinoza Vda. de Aramayo, Raúl Adrián, Mireya Rubí, Luis Fernando y Leydi Manuela, todos Aramayo Loayza herederos de Raúl Jaime Aramayo Zilvetty (+)
Máxima: PRUEBA TRASLADADA/Las pruebas legalmente producidas en un proceso tendrán la misma validez y eficacia en otro seguido entre las mismas partes, siempre que en el primero se hubieren producido por una de las partes contra la otra. Para validar la prueba generada en otro proceso, la prueba que se pretende trasladar debe ser obtenida en función de los principios generales que rigen la actividad probatoria, entre ellas, el principio de contradicción, con el que las partes pueden llegar a observar y pedir aclaraciones sobre el referido medio de prueba.
Precedente: Auto Supremo N° 577/2022 de 16 de agosto Artículo 143 del Código Procesal Civil
AS/0273/2023
Demandante: Rafael Jorge Gumucio Peñafiel
Demandado: Roberto de Gumucio Peñafiel, Alicia Susana Francioni Nicolosi de Gumucio y posibles herederos de Beatriz de Gumucio.
Máxima: POR FALTAR EN EL CONTRATO EL OBJETO COMO REQUISITO DE VALIDEZ/ Todo contrato, debe tener un objeto posible, lícito y determinado o determinable, el objeto del contrato para ser posible debe encontrarse dentro de la propiedad del transferente o vendedor, es decir que el objeto indefectiblemente tiene que pertenecer a la persona que transmite el derecho propietario a favor de otra persona.
Precedente: Auto Supremo Nº 504/2014 de 08 de septiembre Artículos 452, 485, 490 y 549 del Código Civil
AS/0276/2023
Demandante: Braulio Ernesto Antelo Aponte
Demandado: Jorge Antelo Gutiérrez
Máxima: EL OBJETO DEL DECISORIO RADICA EN RAZÓN A LA RELACIÓN JURÍDICA SUBSTANCIAL EXISTENTE/ Dos o más personas podrán litigar en forma conjunta como demandantes o demandados en el mismo proceso, cuando sus pretensiones fueren conexas por su causa u objeto, o cuando la sentencia a dictarse respecto de una pudiere afectar a la otra.
Precedente: Auto Supremo N° 632/2021 de 12 de julio Artículo 47.I Código de Procedimiento Civil
AS/0278/2023
Demandante: Sonia Lola Colque Mamani
Demandado: Rosa Taquichiri Llanos de Choquevillca
Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ Es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica.
Precedente: Auto Supremo N° 240/2015 de 14 de abril Artículo 145 del Código Procesal Civil
AS/0272/2023
Demandante: Beatriz Teodora Lanza Zegarra y Gisela Samantha Villamil Lanza
Demandado: Wilson Ricardo Henao Miranda y Miriam Roxana Sanjinés Cadima
Máxima: DE LA INTERPRETACIÓN EXTENSIVA DE LA ACCIÓN DE MEJOR DERECHO PROPIETARIO/ Es en base a una interpretación extensiva de la norma, que permite otorgar tutela a los casos en que dos o más propietarios de un inmueble con distintos vendedores y antecedentes dominales diferentes, pueda litigar por el mejor derecho de la propiedad haciendo valer la prelación del origen de su antecedente dominal.
Precedente: Auto Supremo N° 785/2022 de 10 de octubre Auto Supremo N° 618/2014 de 30 de octubre Artículo 1545 el Código Civil
AS/0271/2023
Demandante: Carlos Pablo Klinsky Fernández y Mariana Torres Cáceres
Demandado: Alfredo Gutiérrez Silva; Juan Antonio, Luis Arturo y Mario Alberto todos Torres Banegas, así como presuntos herederos de Anita Victoria Banegas Espinosa
Máxima: DE LA EXTINCIÓN DEL MANDATO/ El mandato termina por la muerte del mandante o del mandatario; esto es, que el fallecimiento de uno de los contratantes pone fin a dicho acuerdo de voluntades y, por ende, a la representación legal que del mandante tiene el mandatario para ejecutar los actos jurídicos.
Precedente: Auto Supremo Nº 47/2020 de 20 de enero
AS/0277/2023
Demandante: Brígida Mamani Vda. de Callisaya, Gregorio Bernardo Callisaya Mamani y José Juan Callisaya Mamani
Demandado: Marcela Callisaya Mamani
Máxima: PRINCIPIO DE CONVALIDACIÓN/ Este principio refiere que una persona que es parte del proceso o es tercero interviniente puede convalidar el acto viciado, cuando deja pasar las oportunidades señaladas por ley para impugnar el mismo, dejando precluido dicho derecho.
Precedente: Auto Supremo N° 527/2022 de 29 de julio
0058/2023-S3
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40411-2021-81-AAC · Cochabamba
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0058/2023-S3
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40411-2021-81-AAC · Cochabamba
0046/2023-S4
Acción de Libertad · Exp. 44141-2021-89-AL · Oruro
Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
0051/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 42357-2021-85-AL · Santa Cruz
Magistratura relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
0060/2023-S4
Acción de Libertad · Exp. 42172-2021-85-AL · La Paz
Magistratura relatora: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
0018/2023
Conflicto de Competencias Jurisdiccionales · Exp. 38232-2021-77-CCJ · Potosí
Magistratura relatora: René Yván Espada Navía