Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJMáximaSala Social Segunda20 abr 2022

AS/0171/2022

Demandante: Emiliana Larico Barrera

Demandado: Gloria Ana Encinas Mamani

Máxima: CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA RELACIÓN LABORAL/ Para que la relación entre el empleador y trabajador sea considerada como una relación de carácter laboral, deben concurrir las características esenciales que hacen a la relación laboral: La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto al empleador, la prestación de trabajo por cuenta ajena, la percepción de remuneración o salario, en cualquiera de sus formas y manifestaciones.

Precedente: Artículo 2 del Decreto Supremo No. 28699 de 1 de mayo de 2006. Artículo 6 de la Ley General del Trabajo.

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AS/0170/2022

Demandante: Jorge Mullucundo Cuellar

Demandado: Empresa Constructora Rio Tinto S.A.

Máxima: MULTA POR INCUMPLIMIENTO/ En caso que el empleador incumpla su obligación de pago de beneficios sociales en el plazo de 15 días, pagará una multa en beneficio del trabajador consistente en el 30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor, debido al incumplimiento de pago oportuno de los beneficios y derechos laborales del trabajador.

Precedente: Articulo 9 parágrafo II del Decreto Supremo Nº 28699,

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AS/0169/2022

Demandante: Mercedes Juchatuma de Cocha

Demandado: Leonardo Enrique Canelas Tardío

Máxima: VALORACION CONJUNTA DE LA PRUEBA/ El juzgador está obligado a aplicar los principios que informan la sana crítica, la lógica y la experiencia, sin encontrarse sujeto a su tarifa legal, atendiendo las circunstancias relevantes del proceso y la conducta procesal observada por las partes, dando cumplimiento irrestricto de los principios protectivos resguardados constitucionalmente a favor de todo trabajador.

Precedente: Articulo 48. II de la Constitución Política del Estado. Artículos 3.j) y 158 del Código Procesal del Trabajo

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AS/0168/2022

Demandante: José Aquiles Andia Rosso y otros

Demandado: G.A.M. de Sucre

Máxima: IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS LABORALES Y BENEFICIOS SOCIALES/ Los derechos adquiridos por el trabajador son irrenunciables y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.

Precedente: Artículo 48. Parágrafo III. de la Constitución Política del Estado. Artículo 4 de la Ley General del Trabajo.

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AS/0167/2022

Demandante: Roberto Quispe Puma

Demandado: G.A.M. de Villa Serrano

Máxima: DEBIDO PROCESO/ Todo Tribunal, está obligado a velar y aplicar las normas del debido proceso, considerando todos los agravios expuestos, emitiendo un criterio debidamente fundamentado y motivado en apego estricto a las normas legales, teniendo la obligación de definir y garantizar los principios fundamentales de la imparcialidad, justicia y libertad de decisión.

Precedente: Artículos 115-II y 117-I, de la Constitución Política del Estado. Articulo 16 y 17 de la Ley N° 025.

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AS/0163/2022

Demandante: Luis Fausto Velásquez Arenas

Demandado: Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria de Tarija (SENASAG)

Máxima: SUBSIDIO DE FRONTERA/ Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público o particular.

Precedente: Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985.

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AS/0161/2022

Demandante: Deyvis Rearte Rodríguez

Demandado: Empresa Línea Aérea ECOJET S.A

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AS/0160/2022

Demandante: Marco Antonio Lucero Pacheco

Demandado: Alfredo Leoncio Camacho Effen, en representación

Máxima: FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIÓNES/ La motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados.

Precedente: Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0558/2016-S2 de 27 de mayo Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0379/2019-S4 de 18 de junio, Sentencia Constitucional 1365/2005-R de 31 de octubre.

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AS/0158/2022

Demandante: Caja Nacional de Salud

Demandado: Sociedad Boliviana de Computación S.A.

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AS/0150/2022

Demandante: Marcelo Claure Claros

Demandado: Atlantic Group Voip TELE S.A. AVTEL S.A.

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AS/0174/2022

Demandante: Eduardo Rojas Obando y Rubén Guasase Añez

Demandado: EMPRESA DE TRANSPORTES y SERVICIOS AGROPECUARIOS “CHANE” S.A

Máxima: REITERACIÓN DE AGRAVIOS EN CASACIÓN /La finalidad del recurso de casación es resolver la objeción de los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, no así, respecto de las consideraciones efectuadas en la Sentencia. La exposición de agravios que la ley refiere procede en el recurso de apelación; siendo que en el recurso de casación se acusa la infracción legal en que haya podido incurrir el Tribunal ad quem al momento de resolver la alzada.

Precedente: Artículo 270-I del Código Procesal Civil 2013.

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AS/0165/2022

Demandante: Facundo Ticona Lima

Demandado: Ana Isabel Tindal Lima en representación legal de la EMPRESA IRUPANA ANDEAN ORGANIC FOOD S.A

Máxima: PAGO DE LA PRIMA ANUAL/ Procede ante la falta de balance legal del empleador que tiene la obligación de presentarlo, a la ausencia de este se hará presumir que ha obtenido utilidades.

Precedente: Artículo 181 del Código Procesal del Trabajo.

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AS/0164/2022

Demandante: Juan Pablo Antezana Arandia representante legal de la Empresa Unipersonal Consultora Constructora CASA GRANDE

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija

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AS/0156/2022

Demandante: Genaro Peña Sirpa

Demandado: Ricardo Jorge Pammo Velarde, en representación de la Empresa Unipersonal COPA Ingeniería

Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Precedente: Artículos 3.j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo.

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AS/0155/2022

Demandante: Justino Flores Velasco

Demandado: Servicio Departamental de Caminos-SEDECA,

Máxima: MULTA POR MORA/ En caso de despido del trabajador el empleador deberá cancelar en el plazo impostergable de quince días calendario el finiquito correspondiente a todos los derechos que le correspondan, pasado este plazo sin que el empleador haya procedido al pago, será pasible a la multa del 30% sobre el valor del finiquito, monto será calculado en base a la variación de las UFV's desde la fecha de despido del trabajador hasta el día anterior a la fecha de cancelación del finiquito.

Precedente: Artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

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AS/0149/2022

Demandante: Máxima Vásquez Camllahua

Demandado: Marisol Herrera Cervantes, representante legal de Textiles BURCAL S.R.L

Máxima: PROHIBICION DE MAS DE DOS CONTRATOS SUCESIVOS A PLAZO FIJO/ No está permitido la suscripción de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, de ser así, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido.

Precedente: Artículo 2 del Decreto Ley Nº 16187 de 16 de febrero de 1979.

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AS/0148/2022

Demandante: Sergio Marcelo Nieva Casso

Demandado: Alizon Lizeth Maldonado Martinez, en representación legal de la Sociedad ELIORA INVERSIONES S.R.L.

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículo 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

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AS/0147/2022

Demandante: Vanessa Herrero Ferreira

Demandado: Kathyuska Cueto Claure de Carrasco en representación legal de la Empresa PROCOSMETICA BOLIVIA SRL

Máxima: BENEFICIOS SOCIALES O REINCORPORACIÓN/El trabajador tiene la facultad de decidir si optar por la continuidad y estabilidad laboral, por medio del mecanismo de la reincorporación; o bien de manera optativa, el pago de beneficios sociales, emergentes de la relación laboral.

Precedente: Artículo 10 del Decreto Supremo No. 28699 de 01 de mayo de 2006.

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AS/0146/2022

Demandante: Angela Cuellar Barrios

Demandado: Carlos Andrés Cabezas Davalos y Silvia Paola Arizaga Ruiz en representación legal del CENTRO DE SALUD CRUZ ROJA BOLIVIANA FILIAL CHUQUISACA

Máxima: ENCUBRIMIENTO DE LA RELACION LABORAL CON EL SUPUESTO DENOMINATIVO CONTRATO CIVIL-COMERCIAL/ Cuando se identifica alguna modalidad de contratación que pretenda atribuírsele las características de contrato civil o comercial y que tienda a encubrir la relación laboral, no puede surtir efectos como tales, debiendo prevalecer el principio de primacía de la realidad sobre la relación aparente.

Precedente: Numeral 3) del artículo 2 y 5 del Decreto Supremo Nº 28699 Artículo 1 inc. c) del Decreto Supremo Nº 23570.

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AS/0145/2022

Demandante: Vitaliano Calizaya Rocha

Demandado: Empresa “Sociedad Industrial Taunus S.A.”

Máxima: CARENCIA RECURSIVA/El recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores en los que hubieren incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, correspondiendo estar debidamente identificadas las normas legales incumplidas, debiendo demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Precedente: Artículo 271. I del Código Procesal Civil.