Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

107.727 resultados

TSJPenal17 mar 2023

AS/0238/2023-RA

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Marcelo Roca Choque

TSJPenal17 mar 2023

AS/0212/2023-RA

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Jorge Abrahan Montenegro Artunduaga

TSJPenal17 mar 2023

AS/0210/2023-

Demandante: Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo de Monteagudo

Demandado: Lizbeth Sonia Cruz Lovera

TSJPenal17 mar 2023

AS/0201/2023-RA

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Walter Georgio Arce Iberos

TSJPenal17 mar 2023

AS/0198/2023

Demandante: Ministerio Público, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia

Demandado: Ricardo Pascual Heredia Rodríguez

TSJPenal17 mar 2023

AS/0192/2023-RA

Demandante: Ministerio Público,l Gobierno Autónomo Departamental de Tarija y Viceministerio de Transparencia Institucional

Demandado: Marcial Rengifo Zeballos

TSJPenal17 mar 2023

AS/0184/2023-RA

Demandante: Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto

Demandado: Luis Armando Valdez Romero, Eduardo Vásquez Quintanilla,Florentino Guzmán Centellas y David Fernando Agramont Brito

TSJPenal17 mar 2023

AS/0180/2023-RA

Demandante: Alejandro Baldelomar Rosas Villacorta

Demandado: Daniela Córdova Huanca

TSJPenal17 mar 2023

AS/0178/2023-RA

Demandante: María Cazón Vilte

Demandado: Enrique Rojas Loaiza

TSJPenal17 mar 2023

AS/0174/2023-RA

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Víctor Guizada Escalera

TSJMáximaCivil17 mar 2023

AS/0234/2023

Demandante: Álvaro Martin Cosme Quenta

Demandado: Elizabeth Flores Flores de Mamani y Adhemar Basilio Mamani Flores

Máxima: ACCIÓN PAULIANA O REVOCATORIA/ Es el instituto jurídico mediante el cual el acreedor está facultado para demandar que los actos jurídicos de su deudor, respecto a él, sean ineficaces y surtan efectos, conservándose de esta forma su patrimonio antes de quedar insolvente.

Precedente: Auto Supremo N° 48/2020 de 20 de enero, Auto Supremo Nº 26/2016 de 20 de enero Artículo 1446 del Código Civil

TSJMáximaCivil17 mar 2023

AS/0233/2023

Demandante: Lidia Juana Saucedo Sullca

Demandado: Yenny Saavedra Quentasi, Franco Ávalos Cortez, Silvia Keiner Ávalos Cortez y Roberto Salas Flores; tercero interesado Ronald Alpire Ulloa

Máxima: NULIDAD PROCESAL DE OFICIO/ El Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, por lo que, en virtud de tal disposición legal, debe efectuarse la revisión de oficio del proceso en cuestión en aplicación del principio de eficacia.

Precedente: Auto Supremo Nº 1137/2016 de 29 de septiembre Artículo 106 del Código Procesal Civil

TSJMáximaCivil17 mar 2023

AS/0232/2023

Demandante: Francisco Mamani Huayhua

Demandado: Ismael Limachi Condori y Elisabet Laura Cortez de Limachi

Máxima: NULIDAD PROCESAL/ Consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos, formas o procedimientos que la ley procesal ha previsto para la validez de los mismos; a través de la nulidad se controla la regularidad de la actuación procesal y se asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso y a la impugnación.

Precedente: Auto Supremo N° 604/2017 de 12 de junio

TSJMáximaCivil17 mar 2023

AS/0231/2023

Demandante: Jorge Wilder Flores García

Demandado: Blanca Sanabria Clavijo y Edward Nicolás Sanabria Clavijo

Máxima: DE LA LEGITIMACIÓN PARA CUESTIONAR EL VICIO DE ANULABILIDAD/ La anulación del contrato puede ser demandada sólo por las partes en interés o protección de quienes ha sido establecida, solo el afectado con el vicio puede ser quien reclame sobre la concurrencia de dicho vicio, y no su adversario, a ello se denomina la legitimación para activar una pretensión por anulabilidad de contrato, no pudiendo hacer valer dicho vicio, el que no sea el directo afectado con dicho vicio contractual.

Precedente: Auto Supremo Nº 864/2018 de 05 de septiembre, Auto Supremo Nº 1143/2019 de 22 de octubre Auto Supremo N° 134/2012 de 25 de julio, Artículo 555 de Código Civil

TSJCivil17 mar 2023

AS/0229/2023-RA

Demandante: María Renee Barrón Caba, Juana Ángela León Caba y Román León Reynaga

Demandado: María Elena Saavedra Ferrufino, Jaime Alejandro Machicado Juárez, Luis Fernando Lujan Flores, Miguel Mancilla Patzi, Rodolfo Luis Aguilar Rodríguez, José Ramón Quispe Condori, Modesta Villca Mamani, Prudencia Beatriz León Caba y el Banco Mercantil Santa Cruz S.A.

TSJMáximaCivil17 mar 2023

AS/0228/2023

Demandante: Emma Paulina María del Rosario y Viviana Martha ambas Valenzuela Ayala

Demandado: Elena Medrano Fuentes de Uzeda, Wilfredo Uzeda Guzmán y Elit Llanos Chavict

Máxima: VERIFICACIÓN JUDICIAL DE LA INVALIDEZ DEL CONTRATO/ La nulidad del contrato o un acto jurídico necesariamente debe ser declarada a través de una resolución judicial, pues el supuesto acto o contrato anulable produce todos sus efectos mientras no se lo impugne y se declare su nulidad o anulabilidad precisamente por esto.

Precedente: Auto Supremo N° 1038/2018 de 30 de octubre, Artículo 546 del Código Civil

TSJCivil17 mar 2023

AS/0224/2023-RA

Demandante: Conrado Humberto Castro Retamozo y Marianela Revollo Alcoreza

Demandado: Deysi Quispe Paucara, Alex Luis Quispe Mamani y Lola Benita Blanca Vargas

TSJCivil17 mar 2023

AS/0223/2023-RA

Demandante: José Antonio Pantoja Sotelo y Ana Beatriz Aguirre de Pantoja

Demandado: Gloria Antonia Guerra Mamani, Vicente Guerra Mendoza, Mario Pérez Calle y otros

TSJCivil17 mar 2023

AS/0222/2023-RA

Demandante: Antonio Mujica Huanca y otra

Demandado: Eleno Patzi Mollo y otra

TSJCivil17 mar 2023

AS/0226/2023

Demandante: Luisa Soria Urquizo

Demandado: Mary Lanza Rodríguez