Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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SCPRatio decidendi

0564/2023-S1

Caso: El impetrante de tutela, denuncia que se vulneró su derecho al debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica; toda vez que, la Jueza Albania Chane Caballero Saavedra ahora codemandada, se excusó de conocer el inició de las investigaciones presentadas por el Ministerio Público contra su persona por la presunta comisión de los delitos de Acoso Político Contra las Mujeres y Violencia Política Contra las Mujeres, y ordenó la remisión del caso ante la Jueza de Instrucción Penal Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz, en lugar de remitir ante la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, para que resuelva el conflicto de competencia suscitado por los jueces; y, que de esa manera se encuentra indebidamente procesado.

Ratio: Deniega la tutela ingresando al fondo respecto a la excusa de la jueza Albania Chane Caballero Saavedra, dado que el reclamo de excusa se encuentra vinculado de manera indirecta a la libertad.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0581/2023-S1

Caso: El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su componente de celeridad y seguridad jurídica; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estelionato, radicado en el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de El Alto del departamento de La Paz, presentó memorial el 24 enero de 2022, apersonándose y solicitando al Juez de la causa, que su proceso sea remitido ante el Juzgado de Instrucción Penal Ordinario que corresponda; empero, ni el Juez, la Secretaria o la Auxiliar de dicho Juzgado, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, dieron respuesta a su memorial, provocando una dilación de más de once (11) días desde su interposición.

Ratio: Concede la tutela solicitada ingresando al fondo, toda vez que existe vinculación indirecta con libertad, en relación al reclamo de no haberse remitido la causa a un juzgado competente y existe indefensión del accionante, que posibilitan ingresar a fondo respecto a tutela por indebido procesamiento vía acción de libertad.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0673/2023-S3

Caso: El impetrante de tutela alega la vulneración de su derecho al debido proceso vinculado a su libertad y a la petición; debido a que, el Juez accionado desde el 10 de agosto de 2021, hasta la interposición de la presente acción tutelar -19 de abril de 2022- no remitió el proceso que conoció en suplencia legal al Juzgado de Ejecución Penal de la Capital del departamento de Pando, donde presentó un incidente de redención pidiendo se redima su pena, dilación indebida que ocasiona que el aludido incidente no sea resuelto de manera pronta y oportuna.

Ratio: Se deniega la tutela, dado que la no devolución de antecedentes que impediría tratar el incidente de redención, no se encuentra vinculado de manera directa con la libertad; asimismo este viene ejerciendo activamente su defensa; por lo que no concurren los presupuestos para tutela del debido proceso via accion de libertad.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0492/2023-S2

Caso: La accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad por persecución y procesamiento indebidos; toda vez que, fue citada por el Fiscal de Materia demandado a objeto de prestar su declaración informativa en calidad de sindicada, bajo apercibimiento de expedirse mandamiento de aprehensión en caso de incumplimiento, en el proceso penal 213102212100509, que se sigue contra otras personas; siendo que no existe denuncia ni proceso en la que esté involucrada y sin considerar que es una persona adulta mayor.

Ratio: Se deniega la tutela, toda vez que el reclamo efectuado por el accionante respecto que el Fiscal de Materia demandado el 15 de febrero de 2022, emitió orden de citación para que se presente el 2 de marzo de igual año, a objeto de prestar su declaración informativa policial en calidad de sindicada, bajo apercibimiento de expedirse mandamiento de aprehensión en caso de incumplimiento, sin considerar que no existe denuncia ni proceso que la involucre, al estar siendo juzgadas otras personas, de ninguna manera se encuentra vinculado con su derecho a la libertad; toda vez que, el prenombrado está gozando de ella al no existir ningún mandamiento de aprehensión o detención emitido en su contra; de igual forma, tampoco se constató que se encuentre en total estado de indefensión. Por consiguiente, no concurren los dos presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional para tutelar el debido proceso vía acción de libertad.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0595/2023-S3

Caso: El peticionante de tutela, denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la libertad y a la defensa, así como a la garantía de presunción de inocencia, debido a que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público de oficio, por la presunta comisión de los delitos de trata de personas y proxenetismo: a) La Fiscal de Materia -ahora coaccionada-, presentó imputación formal en su contra y solicitó su detención preventiva por un delito que jamás cometió, porque las supuestas víctimas de forma documentada indicaron que no se consideran víctimas; por lo que, dicha autoridad inobservó el art. 72 del CPP; asimismo, en la audiencia de aplicación de medidas cautelares interpuso de forma oral excepción que no fue aceptada por el Juez accionado, argumentando que debió presentarla por escrito, restringiendo su derecho a formular una excepción o un incidente para demostrar su inocencia, dejándolo en total estado de indefensión; y, la nombrada autoridad judicial, determinó su detención preventiva, sin tomar en cuenta que las supuestas víctimas desistieron de la acción penal.

Ratio: Se confirma la resolución y se deniega la tutela, dado que los reclamos referidos a emisión de imputación formal sin observancia de lo previsto por el art. 72 del CPP, así como la negativa de aceptación de interposición de excepción de forma oral, no se encuentran vinculados de manera directa con la libertad y el accionante se encuentra realizando actos procesales por lo que no esta en indefensión absoluta; por lo que no se cumplen los presupuestos para tutela del debido proceso vía acción de libertad.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0034/2023-S2

Caso: El accionante denuncia como lesionados sus derechos a la libertad física y de locomoción, a la dignidad y el debido proceso; toda vez que, presume encontrarse ilegal e indebidamente perseguido y procesado; porque el Juez demandado, mediante decreto de 8 de noviembre de 2021, señaló audiencia de consideración de revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva en su contra; sin considerar que, existen dos apelaciones incidentales, pendientes de resolución que planteó: la primera, sobre “nulidad de Imputación”; y, la segunda, “sobre las medidas cautelares” impuestas, que se encuentran respectivamente, en la Salas Penales Primera y Tercera del Tribunal Departamental de Justica de La Paz.

Ratio: Se denegó la tutela impetrada, por no haberse cumplido los dos requisitos establecidos en la jurisprudencia constitucional.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0323/2023-S1

Caso: El accionante consideró lesionados sus derechos a la libertad personal y a una justica pronta, oportuna y sin dilaciones, toda vez que; dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de abuso sexual, la autoridad demandada: a) No sustanció la audiencia de consideración de situación jurídica, un vez que llegó a su término el plazo de los seis meses de la medida cautelar de detención preventiva que se le impuso; y b) Tampoco la audiencia de cesación a la detención preventiva que solicitó, pese a que la misma ya estaba programada, limitándose a remitir los antecedentes del proceso penal seguido en su contra, al Juzgado de Sentencia Penal de Turno, ante el conocimiento de un requerimiento conclusivo de acusación presentado por el Ministerio Público.

Ratio: Concede la tutela; ingresando al fondo de la problemática sobre reclamo de procesamiento indebido vía acción de libertad; toda vez que, existe una vinculación directa con el derecho a la libertad y no existe ningún medio de impugnación ordinario que pueda interponer; evidenciándose la lesión a los derechos a la libertad personal y al debido proceso.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0076/2023-S1

Caso: La impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso y a la libertad, vinculado a los principios de celeridad e inmediatez; toda vez que, dentro del fenecido proceso penal por asesinato seguido en su contra por el Ministerio público, mediante Resolución 336/2021 de 26 de octubre, se le concedió la libertad condicional, misma que no fue ejecutada por la Directora a.i. del Centro de Orientación Femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz, alegando inconsistencias -errores de forma- entre el mandamiento de condena y el de libertad condicional, atentando de esta manera contra su derecho a la libertad.

Ratio: Concede la tutela; ingresando al fondo de la problemática toda vez que existe una vinculación indirecta con el derecho a la libertad al continuar recluida de manera ilegal a partir de la negativa de la ejecución del mandamiento de libertad; advirtiéndose la vulneración a los derechos al debido proceso, a una tutela judicial célere y principios de celeridad e inmediatez.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0999/2023-S1

Caso: La parte accionante denuncia la lesión de sus derechos a la defensa y al debido proceso; toda vez que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Jesús Napoleón Mantilla Pardo en sus contras por los presuntos delitos de estelionato y asociación delictuosa, radicado por conversión de acciones, en el Juzgado de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz; la autoridad judicial a cargo de dicho Juzgado, ahora demandado, pese a haberle demostrado que residen en el extranjero por más de veinticinco años, ejerció persecución ilegal y procesamiento indebido contra sus personas, pretendiendo que se conecten vía internet desde Estado Unidos para ser procesados y juzgados, y no obstante de conocer tales extremos, dispuso sus rebeldías y emitió medidas extremas como los mandamientos de aprehensión, a pesar de haber cumplido con la purga de la rebeldía, dejó sin efecto la misma, negando sus derechos a la defensa y al debido proceso.

Ratio: Se concedió la tutela ingresando al fondo, toda vez que existe vinculación directa del acto denunciado con la libertad y se cumplió con el principio de subsidiariedad.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0205/2023-S2

Caso: El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su vertiente de “seguridad jurídica”; alegando que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de robo agravado, presentó solicitud de aplicación de salida alternativa de procedimiento abreviado, el cual fue rechazado por el Juez demandado con el fundamento que no existían suficientes elementos de convicción que demuestren que era autor o partícipe del delito atribuido, ocasionando así su procesamiento indebido.

Ratio: El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución T.G.C. 16/2021 de 8 de diciembre, cursante de fs. 77 a 78 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0133/2023-S2

Caso: El accionante a través de sus representantes, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la libertad; y, del principio de celeridad; alegando que, se le otorgó fianza económica como medida cautelar personal, y el 3 de diciembre de 2021, intentó presentar memorial de modificación a dicha medida ante el Juzgado Público de Familia y de Sentencia Penal Primero de Cliza del departamento de Cochabamba, mismo que no fue recibido por los demandados, porque estaban en vacaciones judiciales; por lo que, se trasladó al Juzgado Público Mixto de Familia de la Niñez y Adolescencia y de Sentencia Penal Primero de Tiraque del citado departamento -despecho de turno-, en el que tampoco le aceptaron su escrito; debido a que, la causa no fue remitida; hecho que lesionó sus derechos; ya que, con tal solicitud pretendía obtener su libertad, al estar con detención preventiva y el actuar de los demandados ocasionó una dilación indebida en la resolución de su situación jurídica.

Ratio: El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 9 de diciembre de 2021, cursante de fs. 28 a 34, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia: 1º CONCEDER la tutela solicitada, en relación a la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y, 2º Exhortar a Juan Carlos Campero Zurita y Ramiro Balderrama Ponce, Juez y Secretario, ambos del Juzgado Público de Familia y de Sentencia Penal Primero de Cliza del mencionado departamento, a objeto que en lo futuro no se reiteren ese tipo de conductas, sin perjuicio que el accionante pueda acudir al Consejo de la Magistratura.

Confirmadora

SCPRatio decidendi

0726/2023-S2

Caso: La accionante -madre de los menores de edad AA y BB, también peticionantes de tutela- a través de su representante, sin denunciar la vulneración de ningún derecho ni garantía constitucional, acusa que dentro del proceso penal que sigue contra su exesposo, por la presunta comisión del delito de sustracción de su hijo menor de edad AA, quien planteó excepción de incompetencia en razón a la materia, el Juez de la causa la declaró probada, decisión que fue confirmada en apelación por la Vocal demandada, sin que a la fecha de interposición de esta acción de defensa se hubiera remitido el expediente al Juzgado Público Mixto de Familia y de la Niñez y Adolescencia Primero de Monteagudo del departamento de Chuquisaca

Ratio: Se deniega la tutela al no concurrir los dos presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional para tutelar el debido proceso vía acción de libertad.

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SCPRatio decidendi

0644/2023-S1

Caso: El accionante denuncia la lesión del derecho al debido proceso y a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra y otros, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias y otros, se procedió a la ampliación de investigación en su contra; en ese antecedente y por el tiempo trascurrido, el 30 de agosto de 2021, solicitó a la Jueza de la causa el respectivo control jurisdiccional por vencimiento del plazo, pedido que motivó se emita el 6 de septiembre de 2021 la conminatoria a la autoridad fiscal ahora demandada, y notificada el 13 de similar mes y año; empero, desde la merituada notificación y pese a los proveídos reiterativos de 22 de septiembre y 4 de octubre de 2021, dicha autoridad no emitió el respectivo requerimiento conclusivo en la presente causa investigativa pese a que la misma ya se encuentra vencida.

Ratio: Concede la tutela ingresando al fondo, toda vez que existe vinculación indirecta con la libertad en relación al reclamo de omisión de requerimiento conclusivo; y agotó los medios de defensa.

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SCPRatio decidendi

0452/2023-S4

Caso: El impetrante de tutela, a través de su representante sin mandato, denuncia la lesión del debido proceso y de su derecho a la libertad; toda vez que, la autoridad hoy demandada no cumplió con la remisión de los informes correspondientes para que pueda obtener el beneficio de la redención, pese a que el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, ordenó su remisión y ante su incumplimiento, procedió a conminarlo, sin que ninguna de las citadas órdenes hubieran sido cumplidas hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar.

Ratio: El fallo DENIEGA la tutela solicitada, dado que la tramitación de la solicitud de redención no se encuentra vinculada directamente con el derecho a la libertad del accionante y este no se encuentra en indefensión; por lo que, no se cumplen con los presupuestos que permita la tutela del debido proceso vía acción de libertad.

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0135/2023-S1

Caso: El peticionante de tutela denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso y a la libertad vinculado a los principios de celeridad e inmediatez; toda vez que, dentro del fenecido proceso penal por estupro agravado seguido en su contra por el Ministerio público, el 7 de septiembre de 2021 la Jueza Primera de Ejecución Penal de la Capital del departamento de Santa Cruz, admitió el incidente de libertad condicional planteado por el citado accionante, disponiendo que en un plazo no mayor a diez días hábiles, el Director del establecimiento Penitenciario de Palmasola, expida y remita los informes requeridos según lo dispuesto por el art. 174 de la Ley 2298; sin embargo, desde el 16 de septiembre de 2021 -fecha de notificación al centro penitenciario con el Oficio 1079/2021-, hasta el 2 de diciembre de 2021 -compréndase día de interposición de acción de libertad-, han transcurrido más de setenta y cinco (75) días sin que se hubiese remitido la documentación requerida, dilatando el proceso de libertad condicional del impetrante de tutela.

Ratio: Concede la tutela por ;Procesamiento indebido, ingresando al fondo de la problemática toda vez que existe una vinculación indirecta con el derecho a la libertad impidiéndole continuar con la tramitación del incidente de libertad condicional; advirtiéndose la vulneración al derecho a la libertad vinculado a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, así como del principio de celeridad.

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0520/2023-S4

Caso: III Los solicitantes de tutela, a través de sus representantes sin mandato denunciaron lesión al debido proceso en su vertiente de celeridad y su derecho a la libertad; debido a que, dentro del proceso penal seguido en su contra, el de marzo de 2022, plantearon excepciones de incompetencia, solicitud que no fue atendida por el Juez de la causa, hasta la presentación de esta acción tutelar –15 de marzo de 2022

Ratio: Se confirma la resolución y en consecuencia se deniega la tutela impetrada; toda vez que, no existe vinculación directa de los reclamos -señalamiento de audiencia de excepción de incompetencia- con su derecho a la libertad.

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SCPRatio decidendi

0981/2023-S1

Caso: La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, celeridad, vivir bien y sin discriminación, debido a que el Fiscal de Materia demandado ante la denuncia presentada en contra de su ex esposo por los delitos de allanamiento de domicilio y robo agravado no realizó ningún acto de investigación, ni asumió medidas de protección en su favor; por lo que, su ex cónyuge la despojó de la posesión de su vivienda, desestimando su querella sobre este hecho, sin remitir su impugnación ante el fiscal superior; rechazando por otra parte su denuncia sin notificarle con la misma a fin de que pueda objetar, afectando de esta manera su derecho a tener una vida digna, a vivir bien y sin discriminación, al no poder ingresar a su casa.

Ratio: En aplicación del F.J.III.1 que desarrolla el estándar más alto de protección del debido proceso vía acción de libertad y en mérito a que la accionante denuncio la lesión a su derecho a tener una vida digna y a vivir bien, se ingresa a fondo y se concede la tutela.

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0831/2023-S1

Caso: La impetrante de tutela por intermedio de su representante sin mandato, alega que se vulneró su derecho al debido proceso y la seguridad jurídica, en relación con su derecho a la libertad; toda vez que, el Juez y Secretario demandados no remitieron hasta la fecha de la interposición de la presente acción tutelar, los antecedentes del recurso de apelación presentado de su parte contra la Resolución de medidas cautelares de 20 de julio de 2021, sujetando su determinación en la falta de provisión de recaudos para las fotocopias y remisión, pasando por alto los plazos previstos en la norma.

Ratio: Se concedió en parte la tutela ingresando al fondo, toda vez que existe vinculación indirecta del acto denunciado con la libertad.

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0296/2023-S2

Caso: El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la defensa, igualdad procesal de partes, acceso a la justicia pronta y oportuna, y el principio de celeridad, señalando que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de abuso sexual: a) Ante su solicitud de cesación a la detención preventiva, el Secretario del Juzgado de Partido de Sustancias Controladas Liquidador y de Sentencia Penal Quinta del departamento de Cochabamba, no le permitió a su abogada defensora revisar el cuaderno cautelar, en virtud a no haber cancelado la multa que le fue impuesta por el Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del mismo departamento, por haber faltado a la audiencia de juicio oral y no haber presentado ningún descargo; asimismo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad no fue notificada con el acta de audiencia, que disponía la mencionada multa a fin de pagar o solicitar la reposición de la determinación asumida, esto en virtud a que la Secretaria del mismo Juzgado, no elaboró el acta correspondiente; y, b) Fue notificado con proveído de 14 de diciembre de 2021, emitido por la Jueza del Juzgado de Partido de Sustancias Controladas Liquidadora y de Sentencia Penal Quinta del citado departamento, que fijaba el 4 de enero de 2022 para la audiencia solicitada, fuera de lo establecido por la normativa vigente.

Ratio: Se denegó la tutela impetrada, porque los actos denunciados no tienen vinculación directa con la libertad del impetrante de tutela, porque la situación jurídica de detención preventiva que ostenta, es el resultado de una medida cautelar impuesta en inicio por una autoridad diferente a la demandada; por lo que, este Tribunal se ve impedido de ingresar al análisis de fondo.

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SCPRatio decidendi

0382/2023-S1

Caso: La accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso y a la libertad, y el principio de “celeridad”; toda vez que, dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz -ahora demandado- y la Secretaria del referido Juzgado -ahora codemandada- no remitieron a la fecha -se entiende hasta la presentación de ésta acción de defensa- los antecedentes del recurso de apelación que interpuso contra el Auto Interlocutorio 262/2021 de 29 de julio, ante la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; la cual observó los mismos en dos oportunidades por no estar aparejados los elementos de prueba producidos en la audiencia (virtual) de 29 de julio de 2021, donde se le impuso la medida cautelar de detención preventiva.

Ratio: Concede la tutela; ingresando al fondo de la problemática sobre el reclamo de procesamiento indebido toda vez que existe una vinculación indirecta con el derecho a la libertad y en el caso no era necesario el agotamiento de los medios de defensa, advirtiéndose la vulneración de derechos al debido proceso, justicia pronta oportuna y sin dilaciones; y al principio de celeridad.

Confirmadora