Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

193.302 resultados

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0486/2022

Demandante: Fernando Fenelon Lorenzo Pereyra Padilla

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0450/2022

Demandante: Basilio Pedrazas Torres

Demandado: Empresa “Pollos RIKOS”

Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/ Además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, el recurrente debe especificar en qué consiste dicha infracción, violación, falsedad o error y que la equivocación está probada con un documento auténtico.

Precedente: Artículo 271-I del Código Procesal Civil.

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0509/2022

Demandante: Katia Acuña Chuca

Demandado: Farmacia “ BIO ENERGIA”

Máxima: PRINCIPIOS DE PRIMACÍA DE LA RELACIÓN LABORAL, DE CONTINUIDAD Y ESTABILIDAD LABORAL/ El Estado protege a los trabajadores, garantizando su permanencia en su fuente laboral; salvo que, se incurra en una de las causales justificadas de despido previstas por Ley.

Precedente: Articulo 4-I-d) del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0507/2022

Demandante: Empresa Constructora “Piloto SRL”

Demandado: Empresa Tarijeña de Gas EMTAGAS

Máxima: CARENCIA RECURSIVA/ El recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores en los que hubieren incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, correspondiendo estar debidamente identificadas las normas legales incumplidas, debiendo demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Precedente: Artículo 274. 3 del Código Procesal Civil

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0503/2022

Demandante: Lizeth Beatriz Cruz Aguilera derechohabiente de Edgar Daniel Aguilar Dorado

Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0472/2022

Demandante: Empresa Unipersonal SC - Díaz Montenegro

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Oruro

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0471/2022

Demandante: Jesús Vaca Méndez

Demandado: Empresa Equipo Petrolero “EQUIPETROL”

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0490/2022

Demandante: Ingrid Karly Quintela Suárez

Demandado: Empresa Minera San Cristobal SA

Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Precedente: Artículos 3.j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo.

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0470/2022

Demandante: Empresa “FAIR PLAY SRL”

Demandado: Gerencia Regional Tarija de la Aduana Nacional

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0479/2022

Demandante: Lider Paniagua Guzmán

Demandado: Empresa “ATB Santa Cruz Televisión SA”

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AS/0478/2022

Demandante: Gustavo Virgilio Rojas Mamani

Demandado: BOLCO Bolivia Constructora SRL.

Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Precedente: Artículos 3 y 158 del Código Procesal del Trabajo.

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AS/0476/2022

Demandante: Mireya Miriam Antelo de Montes

Demandado: Bolivar Administración, Inversiones y Servicios Asociados "BAISA SRL"

Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/ Además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, el recurrente debe especificar en qué consiste dicha infracción, violación, falsedad o error y que la equivocación está probada con un documento auténtico.

Precedente: Articulo 271-1 del Código Procesal Civil (CPC-2013

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0474/2022

Demandante: William Wilfredo Aguirre Tudela

Demandado: Lozada Transport SRL

Máxima: IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DERECHOS LABORALES/ Los derechos laborales y beneficios sociales que hayan nacido de forma posterior a la promulgación de la CPE del 2009 son imprescriptibles. Excepcionalmente la prescripción opera en los derechos laborales y beneficios sociales transcurridos los dos años del nacimiento de dichas acciones y derechos, respecto a los que hayan sido producidos antes de dicha promulgación.

Precedente: Artículo 48.IV de la Constitución Política del Estado. Artículo 120 de la Ley General del Trabajo y 163 de su Decreto Reglamentario.

TSJSala Social Primera15 ago 2022

AS/0461/2022

Demandante: Empresa Minera Paitití SA

Demandado: Sindicato de Trabajadores Mineros Metalúrgicos Paitití "Mina Don Mario"

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0505/2022

Demandante: Neisi Vidaurre Velásquez

Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Pando

Máxima: SUBSIDIO DE FRONTERA/ Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público o particular.

Precedente: Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985.

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

SE/0170/2022

Demandante: Nicolás Sergio Pantelis Fernández

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA/ La prescripción se produce por la falta de ejercicio de su derecho por el acreedor unida a la falta de reconocimiento del mismo por el deudor y provoca la extinción de determinadas titularidades jurídicas como consecuencia de la inactividad de un derecho durante un determinado lapso de tiempo.

Precedente: Artículos 9-2, 13-II, 178 y 410 de la Constitución Política del Estado. Artículos 53, 54, 59, 60, 61,62, 66 y 150 del Código Tributario Boliviano

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0458/2022

Demandante: Carlos Froilan Linares Arias

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cuatro Cañadas

Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Precedente: Artículo 3.j) del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0457/2022

Demandante: María Loreto Marpartida Orellana

Demandado: Empresa Transbovino Santa Cruz

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSala Penal15 ago 2022

AS/1009/2022-RRC

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Armando Lema Gonzales, Marco Antonio Ugarte Morales, Jorge Eduardo Ugarte Morales y Jorge Ramiro Ugarte Calizaya

Máxima: PRINCIPIO DE CONGRUENCIA/ Se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga a expresar de forma coherente todos los argumentos considerativos entre sí y de éstos con la parte resolutiva; y, b) La segunda, conocida como congruencia externa, relativa a la exigencia de correspondencia o armonía entre la pretensión u objeto del proceso y la decisión judicial.

Precedente: Auto Supremo 214/2022-RA de 11 de abril

TSJMáximaSala Social Primera15 ago 2022

AS/0502/2022

Demandante: Raúl Arredondo Valdez

Demandado: Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea “AASANA” – en liquidación, representada por su liquidador, Luís Boris Barroso Arias

Máxima: MULTA POR MORA/ En caso de despido del trabajador el empleador deberá cancelar en el plazo impostergable de quince días calendario el finiquito correspondiente a todos los derechos que le correspondan, pasado este plazo sin que el empleador haya procedido al pago, será pasible a la multa del 30% sobre el valor del finiquito, monto será calculado en base a la variación de las UFV's desde la fecha de despido del trabajador hasta el día anterior a la fecha de cancelación del finiquito.

Precedente: Artículo 9 inc. 2 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.