Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0604/2024
Demandante: Adhemar Ríos Hinojosa
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR
Máxima: RENTA DE ORFANDAD VITALICIA/ La renta de orfandad le corresponde a los hijos del titular del beneficio menores de 16 años, pudiendo extenderse hasta los 19 años siempre que cursen estudios en establecimientos autorizados por el Estado, sin embargo dicho beneficio puede ser modificado a largo plazo, es decir sin límite de edad en caso de que los beneficiarios de dicha renta tengan una invalidez debidamente reconocida por la Comisión de Prestaciones de la Caja y siempre que dicha invalidez se hubiera producido antes de las edades señaladas, el cual cesará el momento que el beneficiario llegue a contraer matrimonio.
Precedente: Art. 107 del Reglamento al Código de Seguridad Social.
AS/0603/2024
Demandante: Simón Mario Tarqui Mamani y otros
Demandado: Cervecería Boliviana Nacional SA.
AS/0602/2024
Demandante: Demetrio Vidal Nina Andaluz
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
AS/0600/2024
Demandante: Cooperativa de Telecomunicaciones La Paz R.L. “COTEL R.L.”
Demandado: Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
AS/0216/2024
Demandante: Embajada de la República Federativa del Brasil
Demandado: Max Johnny Saraiva Silva Melo.
AS/0215/2024
Demandante: Consulado de la República de Chile
Demandado: Primitiva Franco o Aleyda Franco Ramos
Máxima: PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA /El motivo que viabiliza o provoca una nulidad, sin duda debe estar revestido de un evidente daño o perjuicio a la parte, en el acto realizado; lo contrario; es decir, sancionar con nulidad todos los apartamientos del texto legal, incluso aquellos que no provocan resultado dañoso, sería incurrir en un excesivo formalismo o solemnidad, dando mayor prevalencia al derecho formal sobre el sustancial, siendo por lo tanto innecesaria la repetición de una actuación procesal que de todas formas tendría el mismo resultado.
Precedente: Acuerdo sobre Extradición de los Estado Parte del MERCOSUR. Auto Supremo 78/2023 de 4 de julio.
AS/0217/2024
Demandante: Embajada de los Estados Unidos de América
Demandado: Maximiliano Dávila Pérez.
RE/0006/2024
Demandante: Policía Boliviana
Demandado: Auto Interlocutorio Definitivo (Resolución N° 12/2023 de 09 de enero
AS/0871/2024-RA
Demandante: Mario Contreras Ávalos representado por Aldo Clamir Cava Chávez
Demandado: Teófilo Aguilera Saavedra, Martha Paredes Contreras Vda. de Aguilar y Julieta Aguilar Paredes.
AS/0212/2024
Demandante: Embajada de la República de Colombia
Demandado: William José Bravo Rodríguez
AS/0214/2024
Demandante: Aníbal Vicente Miranda Balboa
Demandado: Sentencia N° 02/2018 de 18 de enero
AS/0213/2024
Demandante: Eduardo Cosme Peña Palomino
Demandado: Sentencia N° 17/2021 de 1 de marzo
AS/0211/2024
Demandante: Iván Jorge Altamirano Ríos
Demandado: María del Carmen Malavia Cuevas
AS/0876/2024
Demandante: Omar Alejandro Spechar Jordán
Demandado: Sergio Néstor Garnero, Nancy Griselda Rasmusen de Garnero por sí y en representación de la Sociedad Integral Agropecuaria S.A.
Máxima: COSA JUZGADA/ La cosa juzgada no tiene autoridad sino con respecto a lo que ha sido objeto de la sentencia. Es menester que la cosa demandada sea la misma, que la demanda se funde en la misma causa, que las partes sean las mismas y que se entable por ellas y contra ellas.
Precedente: Auto Supremo N° 529/2021, de 14 de junio
AS/0875/2024
Demandante: Santiago Espinoza Choque
Demandado: Martha Barra Mamani de Gutiérrez y Eddy Gutiérrez Gutiérrez
Máxima: ACCIÓN REIVINDICATORIA/ Es la acción que puede ejercitar el propietario, que no posee contra el poseedor que, frente al propietario, no puede alegar un título jurídico que justifique su posesión, por lo que el propietario que pretende reivindicar no necesariamente debió estar en posesión corporal o natural del bien, en consideración que tiene la “posesión civil”, que está a su vez integrado por sus elementos “corpus” y “ánimus” asistiéndole consecuentemente el derecho de reivindicar.
Precedente: Auto Supremo Nº 995/2019, de 26 de septiembre Artículo 1453 del Código Civil
AS/0874/2024
Demandante: Grover Ivan Minaya Tarqui
Demandado: Graciela Mery Colque Huanquiri
Máxima: NO PUEDE ALEGARSE INDEFENSIÓN CUANDO LA MISMA HA SIDO PROVOCADA VOLUNTARIA Y DELIBERADAMENTE/ Cuando la persona, con pleno conocimiento de la acción iniciada en su contra no interviene en el proceso, o ha dejado de intervenir en él por un acto de su propia voluntad, provocando su propia indefensión.
Precedente: Auto Supremo N° 901/2021, de 11 de octubre
AS/0872/2024-RA
Demandante: Juan Antonio Espinoza Montero
Demandado: el Comando General de la Policía Boliviana representada por Máximo Jhonny Aguilera Montecinos con la participación de la Empresa Estatal Mi Teleférico y la Procuraduría General del Estado
AS/0879/2024
Demandante: Fidelia Romero Condori Melendres representada por Anastacio Melendres Rojas
Demandado: Lud Milka Ledezma Orias por sí y en representación del menor de edad C.M.M.L., María Gloria Ruth Melendres Fuentes y presuntos herederos de Juan Carlos Melendres Romero.
Máxima: EL DEBIDO PROCESO EN SUS VERTIENTES CONGRUENCIA Y UNA DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES/ La fundamentación y motivación como vertientes del debido proceso, deben ser entendidas como aquellas garantía del sujeto procesal, donde el juzgador ha momento de emitir una decisión, explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico legales que determinaron su posición.
Precedente: Auto Supremo N° 566/2021 de 30 de junio
AS/0878/2024
Demandante: Gabino Pardo Ustares
Demandado: Margarita Chamani Nina Vda. de Pacheco y José Luis Pacheco Chamani.
Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL/ La prueba pericial será admisible cuando la apreciación de los hechos que interesan al proceso requiere conocimientos especializados en alguna ciencia, arte, industria o técnica, deduciendo de ello que la pericia constituye un examen de las personas versadas en una ciencia, en un arte, en un oficio o industria, con el objeto de ilustrar a los juzgadores sobre un hecho cuya existencia no puede ser demostrada ni apreciada sino por medio de conocimientos científicos o técnicos.
Precedente: Auto Supremo Nº 1063/2018, de 30 de octubre
AS/0877/2024
Demandante: Johara Avilés Cano representada por Juan Carlos Cueto Arancibia
Demandado: Gabriela Carmela Narváez Cardona a través de su apoderado Luis Belisario Subirana Hurtado
Máxima: TRASMUTACIÓN DE LA CALIDAD DE POSEEDOR A DETENTADOR/ El poseedor que ha suscrito un contrato de alquiler, implícitamente renuncia a su título y reconoce su calidad de detentador; de forma tácita renuncia a la calidad de poseedor al reconocer el derecho propietario del contrario.
Precedente: Auto Supremo Nº 816/2019 de 22 de agosto