Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJCivil16 may 2024

AS/0465/2024-RA

Demandante: Silvia Magaly Torrez de Auza y María Esther Torrez Vera

Demandado: José David Haybar Escobar, Angélica Guarachi Plata, Jorge Hibar Torrez Mollinedo y Banco Prodem

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0451/2024

Demandante: Alejandro Llusco Cerrano

Demandado: Sabina Capajeña Surco, Gilmer Bryan y Erick Abundio ambos Araníbar Colque

Máxima: CÓMPUTO DE PLAZOS PROCESALES/ Comienza a correr a partir del día siguiente hábil de la respectiva citación o notificación, los plazos transcurrirán en forma ininterrumpida y vencen el último momento hábil del horario de funcionamiento de los juzgados y tribunales del día respectivo.

Precedente: Auto Supremo N° 631/2019-RI, de 01 de julio

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0453/2024

Demandante: René Callancho Mamani

Demandado: Marcelina Quispe de Porce

Máxima: PRINCIPIO DE CONGRUENCIA/ La congruencia se debe entender como el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución) y lo resuelto por las autoridades judiciales, en definitiva, es una prohibición para el juzgador considerar aspectos ajenos a la controversia.

Precedente: Auto Supremo Nº 11/2012 de 16 de febrero Artículo 265 del Código Procesal Civil

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0452/2024

Demandante: María del Pilar Monterde Oropeza

Demandado: Fabiola Geraldine Monterde Oropeza.

Máxima: LA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES/ La garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma.

Precedente: Artículo 115.II de Constitución Política del Estado

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0469/2024

Demandante: Jazmín Elizabeth Pedraza Ruiz y Jesús Zarate Vda. de Ortega

Demandado: María Elsa Loayza Zarate.

Máxima: FACULTAD DEL JUEZ O TRIBUNAL DE DISPONER EL LITISCONSORCIO NECESARIO/ Cuando por la naturaleza de la relación jurídica substancial, objeto del proceso, no pudiere pronunciarse sentencia, sin la concurrencia o el emplazamiento de todos los interesados, según se trate de litisconsorcio activo o pasivo, respectivamente, todos los litisconsortes activos deberán comparecer y todos los pasivos deberán ser emplazados en forma legal.

Precedente: Auto Supremo Nº 105/2012 de 11 de mayo Auto Supremo Nº 99/2004, de 22 de noviembre

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0455/2024

Demandante: Isidoro Helio Cruz Huanca y Mercedes Torrez de Cruz

Demandado: Empresa Constructora CONTECO LTDA., Guillermo Hugo Antonio Roncal Brito, Indalecio Torrez Layme, Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba y presuntos interesados

Máxima: PRINCIPIO DE INMUTABILIDAD DE LA CAUSA DE LA POSESIÓN Y LA INTERVERSIÓN DEL TÍTULO/ Quien comenzó siendo detentador no puede adquirir la posesión mientras su título no se cambie, sea por causa proveniente de un tercero o por su propia oposición frente al poseedor por cuenta de quien detentaba la cosa alegando un derecho real. Esto se aplica también a los sucesores a título universal.

Precedente: Auto Supremo Nº 681/2020, de 08 de diciembre

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0456/2024

Demandante: Marina Padilla de Matienzo

Demandado: Alai Karen Mollo Yucra, Sandra Eugenia Castillo Sánchez, Josefina Yucra Limachi y Migue Ángel Matienzo Padilla

Máxima: DEBIDO PROCESO EN SUS VERTIENTES CONGRUENCIA Y UNA DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES/ La fundamentación y motivación como vertientes del debido proceso, deben ser entendidas como aquellas garantía del sujeto procesal, donde el juzgador ha momento de emitir una decisión, explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico legales que determinaron su posición.

Precedente: Auto Supremo Nº 651/2014 de 06 de noviembre

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0478/2024

Demandante: Sandra Inés Rivero Oviedo por sí y en representación de Oscar Roberto Rivero Oviedo

Demandado: Raúl Ángel Humberto Gómez Melazzini y Humberto Emilio Melazzini Terrazas

Máxima: NULIDAD PROCESAL DE OFICIO/ El Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, únicamente procede cuando la ley así lo determine o exista evidente vulneración al debido proceso, cuando el vicio tenga incidencia directa en la decisión de fondo o el derecho a la defensa o esté seriamente afectado, por lo que se pasa a efectuar una revisión de oficio en el proceso en cuestión, en aplicación del principio de eficacia.

Precedente: Auto Supremo Nº 490/2023, de 06 de junio

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0472/2024

Demandante: Marcia Carol Gutiérrez Torrez

Demandado: Empresa de transporte de pasajeros nacional e internacional Pullman Buses Fernández S.R.L. “BUSFER S.R.L.” representada por Aguelino Wilson Fernández Ayma.

Máxima: PARA LA PROCEDENCIA DEL RESARCIMIENTO POR RESPONSABILIDAD CIVIL, NO RESULTA NECESARIA LA SENTENCIA PENAL EJECUTORIADA/ No es necesario que previamente se sustancie en la vía penal la acción recriminatoria, si en el proceso civil la parte demandante demuestra que el demandado actuó de forma dolosa y culposa, ocasionando a alguien un daño injusto, demostrándose en su tramitación la concurrencia de los presupuestos para la reparación civil.

Precedente: Auto Supremo Nº 273/2012 de 20 de agosto

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0471/2024

Demandante: Justiniano Diaz Baldiviezo

Demandado: Mario Mamani Mendoza y Miriam Francisca Choque Salcedo.

Máxima: PRINCIPIO DISPOSITIVO/ Este principio impone que sean las partes, exclusivamente, quienes determinen el thema decidendum, debiendo el juez, por lo tanto, limitar su pronunciamiento a las alegaciones formuladas por aquéllas en los actos de constitución del proceso.

Precedente: Auto Supremo N° 396/2022 de 09 de junio

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0470/2024

Demandante: Jeferson Kruger de Ganzer

Demandado: Compañía Comercial e Industrial CIMAGRO Pando Ltda., representada por Ruber Salas Melgar

Máxima: VALIDEZ DE LAS CITACIONES Y NOTIFICACIONES/ Una citación o notificación es válida cuando se ha cumplido la finalidad de que la parte afectada tenga conocimiento de la determinación pronunciada dentro del proceso judicial que se sigue en su contra.

Precedente: Sentencia Constitucional Nº 1193/2010-R de 06 de septiembre,

TSJMáximaCivil16 may 2024

AS/0454/2024

Demandante: Wilfredo Zeballos Fernández

Demandado: Alicia Villán Flores.

Máxima: RESPECTO A LA VIOLACIÓN, INTERPRETACIÓN ERRÓNEA Y APLICACIÓN INDEBIDA DE LA LEY/ La interpretación errónea y aplicación indebida, no pueden proponerse simultáneamente respecto de una misma norma, porque cada uno de ellos tiene legalmente un significado propio y un alcance distinto. Debiendo entenderse que mientras la interpretación errónea se presenta cuando el juzgador aplica la norma pertinente, pero atribuyéndole un sentido o alcance que no le corresponde; la aplicación indebida ocurre cuando, sin mediar un error de entendimiento sobre el significado de la norma, se aplica a un hecho o situación no previsto en el supuesto fáctico de la disposición, o se le hace producir efectos distintos de los contemplados en el precepto legal, aspecto que resulta elemental para comprender la presunta violación que se pretende.

Precedente: Auto Supremo Nº 1174/2017, de 01 de noviembre,

TSJCivil16 may 2024

AS/0473/2024-RA

Demandante: Edgar José y Miriam, ambos Villarroel Argote

Demandado: Nancy Villarroel deMattos, Fredy Julio Villarroel Argote y Ernestina Villarroel Hidalgode Álvarez

TSJCivil16 may 2024

AS/0450/2024-RA

Demandante: Carmen Liliana y Diego Esteban, ambos Mejía Arellano

Demandado: Banco Unión S.A.

TSJCivil16 may 2024

AS/0477/2024-RA

Demandante: Leonardo Freddy Limachi Calle

Demandado: Martha Amelia Plata de Limachi, Marisol Fanny Limachi Plata, Edwin Marcelo Limachi Plata y Silvia Eugenia Limachi Plata

TSJCivil16 may 2024

AS/0476/2024-RA

Demandante: Daniela Karen Quispe Chocata

Demandado: Pilar Ana Chocata Molina

TSJCivil16 may 2024

AS/0466/2024-RA

Demandante: Rodrigo Tomelic Montaño

Demandado: Lenny Sempertegui Daza, Leydi Vallejos Álvarez, Rubén Rene Jiménez Aparicio, Wilma Herrera Añez de Balcázar y Jorge Máximo Balcázar.

TSJCivil16 may 2024

AS/0463/2024-RA

Demandante: Sonia Beatriz Mamani Huarani

Demandado: Rosalía Seferina, Verónica Lourdes y Francisco Urbano todos Mamani Haurani

TSJCivil16 may 2024

AS/0460/2024-RA

Demandante: Rosario Fátima Quiroga Soto de Cuellar y Juan Grobert Cuellar León

Demandado: Ruth Silvia Campos Matienzo

TSJCivil16 may 2024

AS/0457/2024-RA

Demandante: Nathalie Quintin Toranzos

Demandado: Fernando Peñaranda Ali