Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
107.375 resultados
AS/0829/2023-RA
Demandante: Esteban Pallpa Condori
Demandado: Martha Banegas Mariscal y René Cruz Arnez
AS/0779/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Luis Leonel Cruz Solares y Cristhian Raúl Morales Flores
AS/0826/2023
Demandante: Jacinto Tola Vallejos
Demandado: Gilberto Ricardo Arrázola Baldiviezo
Máxima: LEGITIMACIÓN PASIVA EN LOS PROCESOS DE USUCAPIÓN/ Para que se produzca el efecto extintivo de la usucapión decenal de forma valida y eficaz, es indispensable integrar a la litis al titular del derecho propietario del bien inmueble que se pretende usucapir.
Precedente: Auto Supremo Nº 220/2010 de 24 de junio
AS/0825/2023
Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta representado por César Francisco Villarroel Guevara
Demandado: Julio Guisbert Encinas
Máxima: COMPETENCIA PARA SUSTANCIAR LA CONTENCIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EMERGENTES DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES/ El acto administrativo es una declaración unilateral del funcionario o autoridad pública de cualquiera de los niveles de la Administración Pública y que al emerger de una potestad administrativa plasma una decisión que genera efectos o consecuencia jurídico-administrativas directas o inmediatas, cuyas decisiones no pueden ser demandadas o dejadas sin efecto por los jueces ordinarios civiles, correspondiendo en todo caso acudir a la jurisdicción especializada del contencioso-administrativo.
Precedente: Auto Supremo Nº 1058/2018 del 30 de octubre Auto Supremo Nº 376/2015 de 2 de Junio
AS/0128/2023
Demandante: Embajada de la República Argentina
Demandado: Ricardo Mendoza Corihuanca
AS/0129/2023
Demandante: Sociedad “DATEC LTDA”
Demandado: Ministerio de Educación
AS/0411/2023
Demandante: Saturnina Villca Fernández
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Oruro
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Artículo 1-I de la Ley 321.
AS/0410/2023
Demandante: Claudina Condori Mamani de Mamani
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Oruro
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Artículo 1-I de la Ley 321.
AS/0417/2023
Demandante: Vida Serafina Carrasco Rubín de Celis
Demandado: Corporación del Seguro Militar
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confiere a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0418/2023
Demandante: Neptaly Martínez Llanos
Demandado: Sindicato Mixto de Transportes Interprovincial e Interdepartamental “23 de Marzo” de Villa Charcas
Máxima: RELACIÓN LABORAL/No existe relación laboral, cuando por los datos del proceso se determina la inexistencia de las características como ser: Dependencia, subordinación y exclusividad que debe existir entre el trabajador y el empleador; en consecuencia, si no se demuestra la relación laboral durante los periodos reclamados en el recurso, no corresponde conceder los beneficios sociales solicitados por el recurrente.
Precedente: Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de 26 de julio de 1993, Artículo 2 del Decreto Supremo N° 28699,
AS/0413/2023
Demandante: Jorge Tavera Pereira
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Chuquisaca
Máxima: VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO/ El Tribunal de segunda instancia incurre en vulneración al debido proceso, al resolver un caso sin cuidar que el proceso sometido a su competencia se lleve adelante sin vicios que puedan perjudicar el normal desarrollo del mismo.
Precedente: Artículo 265 del Código Procesal Civil. Artículos 115 y 119 de la Constitución Política del Estado.
AS/0416/2023
Demandante: Hamilton Adrien Sosa Cano
Demandado: ZOFRACOBIJA
Máxima: REITERACIÓN DE AGRAVIOS EN CASACIÓN/ La finalidad del recurso de casación es resolver la objeción de los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, no así, respecto de las consideraciones efectuadas en la Sentencia. La exposición de agravios que la ley refiere procede en el recurso de apelación; siendo que en el recurso de casación se acusa la infracción legal en que haya podido incurrir el Tribunal ad quem al momento de resolver la alzada.
Precedente: Artículos 270-I y 274-I del Código Procesal Civil
AS/0415/2023
Demandante: Leydi Laura Cuellar Rodríguez
Demandado: Asociación de Autotransporte Mixto Tupiza I”
Máxima: PLAZO Y CÓMPUTO PARA INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN/ El plazo para interponer el recurso de apelación fundamentada será de cinco días computables partir del día siguiente de la notificación con la sentencia o del auto de complementación y enmienda.
Precedente: Artículo 205 del Código Procesal del Trabajo, artículos 1, 2 y 9 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas aprobado por Acuerdo de Sala Plena N° 13/2018 de 7 de febrero, modificado por Acuerdo de Sala Plena N° 43/2018 de 11 de abril.
AS/0414/2023
Demandante: Julieta Callizaya Choque
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de El Alto
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Artículo 1.I de la Ley Nº 321.
AS/0412/2023
Demandante: Luisa Calani Maldonado
Demandado: Empresa PROCLEAN SRL
Máxima: PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/ En el proceso se constituyen diferentes etapas desarrolladas de forma sucesiva, que se van clausurando de forma periódica y definitiva, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya consumados por la inactividad de las partes al no hacer uso de los actos jurídicos que la ley franquea para fundar una pretensión; extinguiéndose en consecuencia la etapa procesal respectiva.
Precedente: Artículos 3 inc. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo.
SE/0153/2023
Demandante: Agencia Despachante de Aduana Calancha y Ramírez SRL
Demandado: Autoridad General de Impugnación
Máxima: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL COMITENTE Y DE LA ADA/La responsabilidad solidaria e indivisible sobre la obligación tributaria aduanera, nace desde el momento de la aceptación por la Aduana Nacional de la declaración de mercancías siendo responsables el comitente como la ADA de futuras sanciones.
Precedente: Artículo 45 de la normativa legal de Agencias Despachantes de Aduana. Artículo 58 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.
AS/0397/2023
Demandante: Juan Álvarez Linares
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Máxima: SUSPENSIÓN DE LA RENTA DE VIUDEDAD/ La decisión que desestime o suspenda de la renta de viudedad, debe estar basada en prueba plena e indubitable que acredite que la beneficiaria ha estado separada en forma libre consentida y continua por más de dos años, aspecto que debe ser comprobado mediante procedimiento especial.
Precedente: Artículo 52 del Código de Seguridad Social, artículo 34 del Manual de Prestacionesde Rentas en Curso de Pago y Adquisición, artículo 32 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición.
AS/0409/2023
Demandante: Jesús Branner Chuve y Otilia Coria Macoño
Demandado: Empresa “Inversiones Godoy Guizzetti Ltda.”
Máxima: MULTA POR MORA/ En caso de despido del trabajador el empleador deberá cancelar en el plazo impostergable de quince días calendario el finiquito correspondiente a todos los derechos que le correspondan, pasado este plazo sin que el empleador haya procedido al pago, será pasible a la multa del 30% sobre el valor del finiquito, monto será calculado en base a la variación de las UFV's desde la fecha de despido del trabajador hasta el día anterior a la fecha de cancelación del finiquito.
Precedente: Artículo 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.
AS/0408/2023
Demandante: Hortensia Mirian Torrico Pardo
Demandado: Empresa Unipersonal Fundación Ceoli
Máxima: PROHIBICIÓN DE MÁS DE DOS CONTRATOS SUCESIVOS A PLAZO FIJO/ No está permitido la suscripción de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, de ser así, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido.
Precedente: Decreto Ley Nº 16187 de 16 de febrero de 1979, Resolución Ministerial Nº 193/72 de 15 de mayo, artículos 21 de la Ley General del Trabajo y artículos 1 y 2 del Decreto Ley Nº 16187 de 16 de febrero de 1979,
AS/0407/2023
Demandante: Denice Hoffmann Sainz
Demandado: EMPRESA “FAGU” INTERNACIONAL LOGISTICA
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo,