Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0712/2021
Demandante: Erick Alexander Sossa Dury
Demandado: Empresa CAPRESSO SRL
Máxima: TRABAJO NOCTURNO/ Todo trabajo nocturno que se realice en establecimientos comerciales, oficinas y en general en todas aquellas faenas que por su naturaleza sean discontinúan o no demanden sino la sola presencia del trabajador, como las labores de vigilancia, se remunerará con un recargo del 25%.
Precedente: Auto Supremo Nº 252 de 12 de junio de 2018, emitido por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia. Artículo 55 de la Ley General del Trabajo y 1 del Decreto Supremo N° 90 de 24 de abril de 1944.
AS/0711/2021
Demandante: Caja Nacional de Salud - Regional Cochabamba
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Tiraque
Máxima: CARENCIA RECURSIVA/ El recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores en los que hubieren incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, correspondiendo estar debidamente identificadas las normas legales incumplidas, debiendo demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.
Precedente: Articulo 274 del Codigo Procesal Civil -2013.
AS/0710/2021
Demandante: Empresa Unipersonal “PROCOSUR”
Demandado: Sub Gobernación de Bermejo
Máxima: FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIÓNES /La motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados.
Precedente: Artículos 271-2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, 6 de agosto de 1975
AS/0709/2021
Demandante: Germán Laura Mendoza
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Máxima: DEVOLUCIÓN DE MONTOS POR COBROS INDEBIDOS/ Previo a disponer la devolución de lo indebidamente otorgado al asegurado, deberá identificar con claridad en su resolución el o los documentos, datos o declaraciones fraudulentas que hubiesen sido proporcionadas por el asegurado y su incidencia en el monto de la renta otorgada; Si mas bien dicho cobro obedece a la negligencia, impericia, descuido o mala fe del funcionario a cargo, no corresponde procurar la recuperación de manos del asegurado, sino de aquel quien hubiese sido responsable de tal efecto.
Precedente: Artículo 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social.
AS/0708/2021
Demandante: Gabriela Elizabeth Wanders Uscamayta
Demandado: PRENDASOL SRL
Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.
Precedente: Artículo 48 de la Constitución Política del Estado. Artículos 3.j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0707/2021
Demandante: Oscar Primitivo Mendoza Mejía
Demandado: Radio Unión 92.2 FM
Máxima: CARACTERÍSTICAS DE LA RELACIÓN LABORAL/ Los derechos y obligaciones emergentes de trabajo asalariado, constituye características esenciales de la relación laboral; como ser: de dependencia y subordinación, prestación de trabajo y remuneración; por tanto corresponde el pago de beneficios sociales por el tiempo en que se hayan cumplido con las mismas.
Precedente: Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de 26 de julio de 1993. Artículo 1 del Decreto Supremo No. 28699 de 1 de mayo de 2006.
AS/0706/2021
Demandante: Sandra Pamela Monroy Velásquez
Demandado: Empresa Nacional de Telecomunicaciones SA “ENTEL SA”
Máxima: CAUSALES DE DESPIDO JUSTIFICADO/ Ante la inasistencia injustificada del trabajador por más de seis días opera el despido justificado, no siendo exigible al empleador la reincorporación requerida.
Precedente: Artículos 115-I, 116-I y 119-II de la Constitución Política del Estado.
AS/0705/2021
Demandante: Nelson Iván Choque Copa
Demandado: César Augusto Rospigliosi Mollinedo
Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.
Precedente: Artículo 265-I del Código Procesal Civil -2013
AS/0704/2021
Demandante: Bladimir Rojas Janco
Demandado: Seguro Integral de Salud (SINEC)
Máxima: TÁCITA RECONDUCCIÓN/ Opera la tácita reconducción, cuando el trabajador continúa prestando servicios vencido el término del contrato.
Precedente: Artículo 3-j) y 158 del Código Procesal del Trabajo
AS/0703/2021
Demandante: Carlos Cueto Flores
Demandado: Empresa ENVASES CRUCEÑOS (EVACRUZ Ltda.)
Máxima: ACUMULO DE VACACIÓN/ Cuando la norma permite el acumulo de la vacación anual bajo acuerdo mutuo por escrito, no tiene la finalidad de restringir el derecho sobre lo acumulado, una interpretación contraria supondría admitir que los derechos laborales pueden renunciarse, más al contrario, teniendo carácter de irrenunciables, se entiende que tal derecho será ejercido en la subsiguiente gestión, una vez que se hayan salvado las emergencias que dieron lugar a dicho acumulo y, si el caso fuese que en tal circunstancia se produzca la desvinculación laboral, justo será que se compense en dinero todo lo acumulado.
Precedente: Artículo 44 de la Ley General del Trabajo. Artículo 33 del DR- Ley General del Trabajo.
AS/0702/2021
Demandante: Nabor Paniagua Camacho
Demandado: Empresa ECO VAPOR
Máxima: VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO/ El Tribunal de Segunda Instancia incurre en vulneración al debido proceso, al resolver un caso sin cuidar que el proceso sometido a su competencia se lleve adelante sin vicios que puedan perjudicar el normal desarrollo del mismo.
Precedente: Artículos 213, 218 del Código Procesal Civil. Artículo 265 del citado Código Adjetivo Civil.
AS/0701/2021
Demandante: Gregoria Sosa Gómez
Demandado: Federación Sindical de Chóferes de Chuquisaca
Máxima: PAGO DE LA PRIMA/ El monto de la prima no podrá superar el 25% de utilidades netas y su cancelación debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de aprobación del balance respectivo, si el 25% de las utilidades no alcanza para cubrir el monto de las primas, la distribución debe hacerse a prorrata entre todos los trabadores de la empresa.
Precedente: Articulo 57 de la Ley General del Trabajo.
AS/0700/2021
Demandante: Alexander Alandia Choque
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
Máxima: PROHIBICIÓN DE CONTRATOS A PLAZO FIJO EN TAREAS PROPIAS Y PERMANENTES DE LA EMPRESA/ No están permitidos contratos a plazo fijo, en tareas propias y permanentes de la empresa. En caso de evidenciarse la infracción de estas prohibiciones por el empleador, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato por tiempo indefinido.
Precedente: Articulo 1 de la Ley Nº 321. Decreto Ley Nº 16187 de 16 de febrero de 1979.
AS/0699/2021
Demandante: Eduardo Daniel Carvallo Aramayo y
Demandado: Empresa Importadora “EL SAUCE”
Máxima: PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/ El principio de preclusión que rige en los procesos laborales, se funda en el hecho de que las diversas etapas del proceso se desarrollan en forma sucesiva, mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya extinguidos y consumados, quedando extinguida o consumada la oportunidad procesal para realizar un acto o reclamarlo si se considerara que causa un agravio.
Precedente: Artículos 3 inc. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0698/2021
Demandante: Juan de Dios Herrera Cuenca
Demandado: Funeraria VALDIVIA de Félix Adolfo Valdivia Monterrey
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inc. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo
AS/0697/2021
Demandante: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
Demandado: Viviana Choque Chipana Vda. de Quispe
Máxima: CESACIÓN DE LA RENTA DE VIUDEDAD/ Opera cuando él o la beneficiario/a contraiga nuevas nupcias; una vez revocada la prestación, esta no surtirá efecto retroactivo, siempre y cuando se haya demostrado la condición de heredero/a al momento de la solicitud de renta.
Precedente: Articulo 37 del Manual de Prestaciones. Articulo 51 del Código de Seguridad Social.
AS/0696/2021
Demandante: Gerardo Rogelio Paredes Navía
Demandado: Universidad Autónoma Juan Misael Saracho (UAJMS)
Máxima: COMPETENCIA DE LA JUDICATURA LABORAL/ Las conminatorias emitidas por el Ministerio del Trabajo son de competencia de la judicatura laboral, al ser cuestiones propias de la relación laboral, estando el Tribunal obligado a velar y aplicar las normas del debido proceso en su aplicación y resolución.
Precedente: Artículo 270-I del Código Procesal Civil
AS/0695/2021
Demandante: Xavier Serrudo Murillo
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre
Máxima: PLAZO OPORTUNO PARA RECLAMAR LA REINCORPORACIÓN/ En materia laboral, cuando se denuncia un despido ilegal e injustificado, el trabajador puede reclamar la reincorporación en un plazo razonable, lo contrario implica el desinterés de retornar a esa fuente de trabajo.
Precedente: Decreto Supremo 0495 de 1 de mayo de 2010
AS/0694/2021
Demandante: Norma del Rosario Cortez Orellano
Demandado: Servicio Departamental de Caminos
Máxima: BENEFICIOS SOCIALES O REINCORPORACIÓN/ El trabajador tiene la facultad de decidir si optar por la continuidad y estabilidad laboral, por medio del mecanismo de la reincorporación; o bien de manera optativa, el pago de beneficios sociales, emergentes de la relación laboral.
Precedente: Artículo 10 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006. Artículo único del Decreto Supremo 0495 de 1 de mayo de 2010.
AS/0693/2021
Demandante: Juan Sebastián Rangoni
Demandado: Empresa DHL Bolivia SRL
Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.
Precedente: Artículo 48-II de la Constitución Política del Estado. Artículos 3-j) y 158 del Código Procesal del Trabajo.