Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0258/2022
Demandante: Rudy Marca Pari
Demandado: Servicio Mecánico Industrial San José
Máxima: PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA/Para la procedencia de la nulidad tiene que haber un perjuicio cierto e irreparable, pues no hay nulidad sin daño o perjuicio, es decir que previo a declarar la nulidad, se debe identificar el perjuicio real que se ocasionó al justiciable con el alejamiento de las formas prescritas; pues no pude existir nulidad, sino existe un interés lesionado que proclame protección.
Precedente: Auto Supremo 223/2013 de 6 de mayo Auto Supremo 336/2013 de 5 de julio Auto Supremo 78/2014 de 17 de marzo Artículos 16 y 17 de la Ley del Órgano Judicial Artículos 105 y 106 del Código Procesal Civil
AS/0260/2023
Demandante: Gladis Ruth Berrios Tórrez
Demandado: Empresa TOTES
Máxima: PAGO DE INDEMNIZACIÓN/ Corresponde el pago de la indemnización al trabajador como compensación al desgaste físico y psíquico que genera la actividad laboral y se paga en el equivalente a un sueldo por cada año de trabajo continuo, o en forma proporcional a los meses trabajados cuando no se ha alcanzado un año, corresponde su pago siempre que el trabajador haya cumplido más de noventa días de trabajo continuo.
Precedente: Artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 110 de 1 de mayo de 2009.
AS/0257/2023
Demandante: Luis Morales Choque
Demandado: Restaurante Copacabana
Máxima: DESPIDO JUSTIFICADO/ El trabajador será despedido sin derecho a beneficios sociales, cuando incurra en el delito de robo o hurto en su fuente de trabajo, previa comprobación mediante proceso interno administrativo o proceso penal correspondiente.
Precedente: Artículo 16 de la Ley General del Trabajo. Artículo 9 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo. Sentencia Constitucional Plurinacional 1563/2014 de 1 de agosto.
AS/0937/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Dario Escalera Chura
AS/1006/2023-RA
Demandante: Ministerio Público y AAA
Demandado: Javier Ibañez Villalba
AS/0949/2023-RA
Demandante: Ministerio Público, Lize Nineth Salazar Ibarra y Adelfa Flores Menacho
Demandado: Jarol Octavio Guardia Montero y Eldy Guardia Mendoza
AS/0947/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Delfín Siles Galarza
AS/0931/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Arnold Vargas Palacios
AS/0916/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Celinda Inés Villanueva Aguilar,Adriana Baneza Cardón Villanueva
AS/0908/2023-RA
Demandante: Gonzalo Mirko Rojas Arnez
Demandado: Juan Lider Paz Castro, Juan Lider Paz Soria y Juan Pablo Paz Soria
AS/0903/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Luis Gustavo Rojas Rojas
AS/0885/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Olver Martínez Soliz
AS/0880/2023-RA
Demandante: Ministerio Público y Elvio Rodríguez Ramos en representación del Gobierno Autónomo Municipal de San Juan del Lomerío
Demandado: Ignacio Sorioco “Suribi
AS/0873/2023-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Juan Carlos Mamani Morales
AS/0256/2023
Demandante: Brígida Alison Huancara Mamani
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal El Alto
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores asalariados permanentes que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo de los Gobiernos Autónomos Municipales de que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Artículo 1 de la Ley Nº 321 de 18 de diciembre de 2012.
AS/0255/2023
Demandante: Leyva Vanessa Fuentes Suárez
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de El Alto
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Artículo 1.I de la Ley Nº 321. Artículo 2 del Decreto Ley 16187.
AS/0254/2023
Demandante: Ángela Fabiana Salguero Gonzales
Demandado: American Chemical Company SRL
Máxima: IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS LABORALES Y BENEFICIOS SOCIALES/ Los derechos adquiridos por el trabajador son irrenunciables y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.
Precedente: Artículo 48. Parágrafo III. de Constitución Política del Estrado.
AS/0253/2023
Demandante: Denise Milka Crespo Bezares y Lucero Milenda Laura Salas
Demandado: ORMATE SRL
Máxima: PAGO DE HORAS EXTRA DE TRABAJO/ No procede el pago de horas extra, cuando la jornada laboral no exceda las 8 horas diarias.
Precedente: Artículo 46 de la Ley General del Trabajo.
AS/0252/2023
Demandante: Carmen Reyes Quispe
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Máxima: DEVOLUCIÓN DE MONTOS POR COBROS INDEBIDOS/ Previo a disponer la devolución de lo indebidamente otorgado al asegurado, deberá identificar con claridad en su resolución el o los documentos, datos o declaraciones fraudulentas que hubiesen sido proporcionadas por el asegurado y su incidencia en el monto de la renta otorgada; Si mas bien dicho cobro obedece a la negligencia, impericia, descuido o mala fe del funcionario a cargo, no corresponde procurar la recuperación de manos del asegurado, sino de aquel quien hubiese sido responsable de tal efecto.
Precedente: Artículos 477, 587, 594 y 595 del Reglamento al Código de Seguridad Social.
AS/0251/2023
Demandante: Jorge Anzaldo Avendaño
Demandado: Ceferino Medina Huari
Máxima: INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL/ No existe relación laboral, cuando por los datos del proceso se determina la inexistencia de las características como ser: dependencia, subordinación y exclusividad que debe existir entre el trabajador y el empleador; en consecuencia, al no estar demostrada la relación laboral durante los periodos reclamados, no corresponde conceder los beneficios sociales solicitados.
Precedente: Artículos 1 y 2 del Decreto Supremo 23570 de 26 de julio de 1993. Artículo 2 y 3 del Decreto Supremo 28699.