Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0266/2022
Demandante: Silvia Carola Hurtado Jacobs
Demandado: Asociación Para la Promoción Educativa “APES” – Unidad Educativa Horizontes
AS/0278/2022
Demandante: Celso Pecho Betanzos y otros
Demandado: Cristian Cresencio Delgado Canaza y otros
Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.
Precedente: Articulo 265-I del Código Procesal Civil-2013. Articulo 252 del Código Procesal de Trabajo. Sentencia Constitucional Plurinacional 1409/2014 de 7 de julio de 2014.
AS/0291/2022
Demandante: Lourdes Gabriela Gonzales Arias
Demandado: Empresa HOLA SRL
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0281/2022
Demandante: Dina Guzmán Gareca
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Tarija
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Artículo 1-I de la Ley N° 321 de 18 de diciembre de 2012.
AS/0305/2022
Demandante: Eudal Aguirre Ochoa
Demandado: Milton Samuel Castillo Trujillo
Máxima: INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS/ Procede el derecho a indemnización por tiempo de servicios prestados al empleado u obrero que sobre pasa los 90 días de trabajo continuo, y que por causal ajena a su voluntad fue retirado de su fuente laboral; dicho cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el promedio del salario percibido en los tres últimos meses.
Precedente: Artículo 48-I, II y III de la Constitución Política del Estado. Decreto Supremo Nº 110 de 1 de mayo de 2009.
AS/0299/2022
Demandante: Álvaro José Miguel Salvatierra
Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Pando
Máxima: SUBSIDIO DE FRONTERA/ Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público o particular.
Precedente: Artículo 48 de la Constitución Política del Estado. Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985.
AS/0297/2022
Demandante: Cirila Choque Casia de Challapa
Demandado: Caja Nacional de Salud
Máxima: EXAMEN DE ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA DEL RECURSO DE CASACIÓN/ Recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a diez días, examinará si el recurso de casación cumple con los requisitos previstos por el adjetivo civil, de no ser así, dictará resolución declarando improcedente el recurso, en cuyo caso se tendrá por ejecutoriada la resolución recurrida.
Precedente: Artículos 1- 8, 274 y 277-I del Código Procesal Civil. Artículo 17-I de la Ley del Órgano Judicial.
AS/0296/2022
Demandante: Guadalupe Rocío Siles Copa
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Oruro
Máxima: PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/ En el proceso se constituyen diferentes etapas desarrolladas de forma sucesiva, que se van clausurando de forma periódica y definitiva, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya consumados por la inactividad de las partes al no hacer uso de los actos jurídicos que la ley franquea para fundar una pretensión; extinguiéndose en consecuencia la etapa procesal respectiva.
Precedente: Artículos 3 inc. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0294/2022
Demandante: Silvia Susana Olmos Montaño
Demandado: Churrasquería Círculo de Amigos
Máxima: INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS/ Procede el derecho a indemnización por tiempo de servicios prestados al empleado u obrero que sobre pasa los 90 días de trabajo continuo, y que por causal ajena a su voluntad fue retirado de su fuente laboral; dicho cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el promedio del salario percibido en los tres últimos meses.
Precedente: Artículo 48-I, II y III de la Constitución Política del Estado. Decreto Supremo Nº 110 de 1 de mayo de 2009.
AS/0255/2022
Demandante: Elena Roxana Guzmán Berrios
Demandado: Línea Sindical Flota Pullman Punata
Máxima: DESPIDO INJUSTIFICADO/ Corresponde el pago de desahucio a la trabajadora o al trabajador que sea retirado intempestivamente; ante esta argumentación fáctica, lo que corresponde a la parte demandada es desvirtuar con prueba objetiva que ello no es evidente, es decir que no fue despedido en forma intempestiva.
Precedente: Artículo 3 del Decreto Supremo N° 110 de 1 de mayo de 2009. Articulo 182 inc. d) del Codigo Procesal de Trabajo.
AS/0275/2022
Demandante: Juan de Dios Taborga Vaca
Demandado: Empresa “Suarez Equipamiento Integral”
Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.
Precedente: Artículos 3.j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0271/2022
Demandante: Daniel Arancibia Vásquez
Demandado: Empresa Unipersonal “SIGMA”
Máxima: CÁLCULO PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIÓN/ El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios percibidos por el trabajador de los tres últimos meses.
Precedente: Artículo 19 de la Ley General del Trabajo. Artículo 11 de su Decreto Reglamentario.
AS/0288/2022
Demandante: Roger Hernán Cortez Vargas
Demandado: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
Máxima: PROHIBICIÓN DE CONTRATOS A PLAZO FIJO EN TAREAS PROPIAS Y PERMANENTES DE LA EMPRESA/ No están permitidos contratos a plazo fijo, en tareas propias y permanentes de la empresa. en caso de evidenciarse la infracción de estas prohibiciones por el empleador, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato por tiempo indefinido.
Precedente: Articulo 2 del Decreto Ley Nº 16187 del 16 de febrero de 1979.
AS/0267/2022
Demandante: Yery Rolando Guzmán Molina
Demandado: Servicios Eléctricos Tarija
Máxima: ACUMULO DE VACACIÓN/ Cuando la norma permite el acumulo de la vacación anual bajo acuerdo mutuo por escrito, no tiene la finalidad de restringir el derecho sobre lo acumulado, una interpretación contraria supondría admitir que los derechos laborales pueden renunciarse, más al contrario, teniendo carácter de irrenunciables, se entiende que tal derecho será ejercido en la subsiguiente gestión, una vez que se hayan salvado las emergencias que dieron lugar a dicho acumulo y, si el caso fuese que en tal circunstancia se produzca la desvinculación laboral, justo será que se compense en dinero todo lo acumulado.
Precedente: Artículo 44 de la Ley General del Trabajo. Artículo 33 del DR- Ley General del Trabajo. Decreto Supremo 12058 de 24 de diciembre de 1974.
AS/0261/2022
Demandante: Luz Marina Ayala Alcázar
Demandado: Óptica Univisión
Máxima: PRINCIPIO DE ESTABILIDAD LABORAL/ Manifiesta el derecho que tiene el trabajador de conservar su empleo durante su vida laboral; salvo que, existan causas legales que justifiquen el despido, este principio denominado también de continuidad laboral, constituye un derecho reconocido en la Norma Suprema, e implica que en el marco del derecho al trabajo que tiene toda persona, se debe garantizar un trabajo estable protegiendo al sector trabajador de despidos arbitrarios por parte del empleador, sin que medien circunstancias atribuidas a su conducta o desempeño laboral.
Precedente: ..Artículo 46-I-2 y 48 de la Constitución Política del Estado Artículo 13 de la Ley General del Trabajo Artículo 4 – I inc. b) del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006 Artículo 3 del Decreto Supremo 110 de 1 de mayo de 2010 DS N° 28699..
AS/0260/2022
Demandante: Nicolás Ramos Chura
Demandado: Empresa Textil SRL
Máxima: DESPIDO INDIRECTO/ La falta de pago oportuno de sueldos constituye un despido indirecto del trabajador, terminando así la relación laboral, correspondiendo el pago de todos los beneficios sociales en favor del trabajador.
Precedente: Auto Supremo 26 de 2 marzo de 2012. Auto Supremo Nº 84 del 10 de abril de 2012 Artículo 46-I-1 de la Constitución Política del Estado. Artículos 52 y 53 de la Ley General del Trabajo.
AS/0259/2022
Demandante: Jenny Céspedes Flores
Demandado: GRUVID SRL
Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.
Precedente: Artículos 3.j) y 158 del Código Procesal del Trabajo.
AS/0258/2022
Demandante: Gloria Fátima Yunis Mejía
Demandado: Universidad Autónoma Gabriel René Moreno
Máxima: PROHIBICIÓN DE MAS DE DOS CONTRATOS SUCESIVOS A PLAZO FIJO/ No está permitido la suscripcion de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, de ser asi, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido.
Precedente: Articulo 2 del Decreto Ley Nº 16187 del 16 de febrero de 1979,
AS/0280/2022
Demandante: Yamil Salas Gudiño
Demandado: Humberto Ortega Flores
Máxima: VALORACIÓN PROBATORIA EN CASACIÓN/ La apreciación y valoración de la prueba es facultad privativa de los juzgadores de instancia; resultando incensurable en casación; y que, excepcionalmente podrá producirse una revisión o revaloración de la prueba, en la medida en que en el recurso se acuse y se demuestre la existencia de error de hecho o de derecho, en la apreciación de estas pruebas, para que este Tribunal, verifique sí estas infracciones son fundadas o no.
Precedente: Artículo 158 del Código Procesal del Trabajo. Artículo 271-I del Código Procesal Civil.
AS/0289/2022
Demandante: Elizabeth Ovando Cossío
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
Máxima: INEXISTENCIA DE PLANILLAS Y COMPROBANTES DE PAGO/ En el caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, tomando en cuenta que los derechos reconocidos en la norma jurídica fundamental del Estado son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos; el SENASIR certificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, entre otros: Finiquitos, Certificados de trabajo, boletas de pago o planillas de haberes, partes de filiación y baja de las Cajas de Salud respectivas, calificación de años de servicio etc.
Precedente: Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004.