Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
107.874 resultados
AS/0139/2022-RI
Demandante: Lidia Baptista Colque
Demandado: Eddy Baptista Colque y Beatriz Noemi Mendoza Machado
AS/0140/2022-RA
Demandante: Juan Marco Apomaita Vaca
Demandado: Telmo Torres Lino y Clelia Sandoval Osinaga.
AS/0053-1/2022
Demandante: Corporación del Seguro Social COSSMIL
Demandado: Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
AS/0053/2022
Demandante: VIDRIO LUX SA
Demandado: Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
AS/0132/2022
Demandante: Máxima Baltazar Condori
Demandado: Dionicio Chumacero Lázaro y María Tamares Andrade
Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ Es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica.
Precedente: Auto Supremo Nº 975/2021 de 09 de noviembre Auto Supremo Nº 508/2019 de 23 de mayo Auto Supremo N° 240/2015 de 14 de abril
AS/0135/2022
Demandante: Mireyra Pascuala Mamani Silvestre
Demandado: posibles herederos de Teodora Silvestre Vda. de Mamani, posibles herederos de Ricardo Barrios Jove y Amalia Mamani Silvestre, Santos Mario, Edwin, Viviana, Yhobana, Bernardo, Nelson, Félix y Wilmer, todos Songo Mamani, en su condición de herederos de Amalia Mamani Silvestre.
Máxima: USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA/ Por regla general, los bienes susceptibles de usucapión son aquellos que se encuentran dentro del comercio humano, sólo recae sobre aquellos que están en la esfera del dominio privado, estando excluidos todos aquellos bienes que están fuera del comercio y aquellos que son de dominio público del Estado, se característica también por solo la posesión continuada durante diez años para lo cual debe estar plenamente identificado la superficie del bien a usucapir.
Precedente: Auto Supremo Nº 986/2015 de 28 de octubre Artículo 110 del Código Civil
AS/0137/2022
Demandante: Arturo Pérez Tapia
Demandado: Empresa MARJACK S.R.L. representada por Marco Antonio Pérez Luna.
Máxima: ADMISIBILIDAD Y PROPONIBILIDAD DE LAS DEMANDAS/ En este examen de admisibilidad el juez deberá tener en cuenta, por ejemplo, si el conocimiento de la demanda que se le presenta es de su competencia o no, si la demanda se ajusta a las reglas previstas en el Código de Procedimiento Civil, ahora bien, una vez comprobada por el juez la concurrencia de los presupuestos procesales y el cumplimiento de los requisitos formales, le corresponde efectuar un control de la proponibilidad o fundamento intrínseco de la acción tal como ha sido propuesta. A diferencia del control formal, el juicio de fundabilidad opera con elementos que corresponden al derecho material, con los preceptos sustanciales llamados a zanjar la litis en la sentencia definitiva.
Precedente: Auto Supremo Nº 63 /2018-RI de 15 de febrero Articulo 113.I del Código Procesal Civil
AS/0050/2022
Demandante: Ministerio Público y otro
Demandado: Renatto Cafferata Centeno
AS/0134/2022
Demandante: Marcial Wills Arandia
Demandado: Banco Central de Bolivia y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
Máxima: PRINCIPIOS DEL RÉGIMEN DE NULIDADES/ No existe posibilidad jurídica de admitir una nulidad de obrados sin acreditar motivadamente el perjuicio real e irreparable ocasionado; la nulidad de obrados está sujeta a los principios de convalidación y trascendencia para ser aplicada como tal.
Precedente: El Auto Supremo Nº 173/2017 de 21 de febrero. Articulo 105 paragrafo I del Código Procesal Civil
AS/0133/2022
Demandante: Julia Isabel Soliz Iturralde
Demandado: Emilio Montes Juyari, Celia Arancibia Javier de Montes, Pedro Montes Arancibia, Felipa Canaviri Ramírez Vda. de Gonzales, Ingrid Mamani Aquino y Víctor Copali Fuentes
Máxima: PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/Los recurrentes al no haber postulado el pago de mejoras y gastos útiles, en primera instancia, no pueden alegar estos extremos en casación, toda vez que al no haber observado en su oportunidad estos ya fueron convalidados, por lo que ha precluido su derecho a impugnar ya que no activó los mecanismos idóneos oportunamente en la instancia.
Precedente: Auto Supremo Nº 139/2021 de 26 de febrero.
AS/0136/2022-RA
Demandante: Carla Ximena Saavedra Palza heredera de Alicia Palza Zapata Vda. de Saavedra
Demandado: Wendy, Raúl Ramiro, Janette Wilma y Marcelo todos Vega Palza
AS/0130/2022
Demandante: Banco Central de Bolivia
Demandado: Ana María Viscarra Valcarcel, Hernán Adolfo Viscarra Valcarcel, Marysol Liliana Lujan de Viscarra y María del Rosario Candelaria Salinas Valcarcel
Máxima: INCONGRUENCIA OMISIVA/ Esta incongruencia ya no constituye en una causal de nulidad, toda vez que el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los reclamos de incongruencia omisiva , debe tener presente que al ser un aspecto que acusa un vicio de forma, que no afecta la estructura de la resolución, el análisis debe limitarse a contrastar en el contenido de la resolución la existencia o no de dicha omisión.
Precedente: Auto Supremo Nº 651/2014 de 06 de noviembre Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1083/2014 de 10 de junio
AS/0129/2022
Demandante: Patricia Álvarez Colque
Demandado: Edwin Huarachi Quispe
Máxima: COMUNIDAD DE BIENES GANANCIALES/ Los conyugues desde el momento de su unión constituyen una comunidad de gananciales, esta comunidad se constituye, aunque uno de ellos no tenga bienes o los tenga más que la o el otro. Una vez disuelto el vínculo conyugal, deben dividirse en partes iguales las ganancias, beneficios u obligaciones contraídos durante su vigencia, salvo separación de bienes.
Precedente: Auto Supremo Nº 360/2019 de 03 de abril Artículo 176. I del Código de las Familias y el Proceso Familiar Auto Supremo Nº 582/2018 de 28 de junio
AS/0131/2022-RA
Demandante: Luz Mery Clavijo Navarro
Demandado: Juan Ramiro Cortez Soria Galvarro representado por María Luisa Loza Aliaga y Farida Brígida Velasco Alcoser
AS/0288/2022-RA
Demandante: Ministerio Público y JJ
Demandado: David Ulises Chura Calla
AS/0027/2022
Demandante: Alfredo Diony Mamani Quinaya
Demandado: Empresa Minera Huanuni COMIBOL
AS/0052/2022
Demandante: María Eugenia Guerrero Miranda
Demandado: Caja Nacional de Salud
AS/0127/2022-RI
Demandante: Freddy Natalio Chacón Álvarez
Demandado: Félix Alejandro Mamani Condori.
AS/0056/2022-RA
Demandante: Ministerio Público
Demandado: Juvenal Negrety Carita
AS/0055/2022-RA
Demandante: Servicios Eléctricos Tarija – Sistema Villamontes (SETAR)
Demandado: María Inés Coca Ruiz