Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

193.254 resultados

TSJMáximaSala Social Primera8 feb 2023

AS/0032/2023

Demandante: Guillermo Calisaya Mollo

Demandado: Cooperativa de Teléfonos Automáticos COTEL La Paz Ltda.

Máxima: BENEFICIOS SOCIALES O REINCORPORACIÓN/ El trabajador tiene la facultad de decidir si optar por la continuidad y estabilidad laboral, por medio del mecanismo de la reincorporación; o bien de manera optativa, el pago de beneficios sociales, emergentes de la relación laboral.

Precedente: Artículo 10 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006

TSJMáximaSala Social Primera8 feb 2023

AS/0031/2023

Demandante: Gerald Grover Cruz Salvador

Demandado: Empresa Consultora ARGOS SRL.

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inc. h) y 66 del Código Procesal del Trabajo

TSJMáximaSala Social Primera8 feb 2023

AS/0027/2023

Demandante: Ciber Clavel Vaca

Demandado: Línea Aérea ECOJET SA

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inc. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo

TSJMáximaSala Civil8 feb 2023

AS/0135/2023

Demandante: Pablo Vargas Mamani

Demandado: Marina Zeballos

Máxima: COMUNIDAD DE BIENES GANANCIALES/ Los conyugues desde el momento de su unión constituyen una comunidad de gananciales, esta comunidad se constituye, aunque uno de ellos no tenga bienes o los tenga más que la o el otro. Una vez disuelto el vínculo conyugal, deben dividirse en partes iguales las ganancias, beneficios u obligaciones contraídos durante su vigencia, salvo separación de bienes.

Precedente: Auto Supremo N° 748/2021 de 20 de agosto Artículo 176.I Código de las Familias y del Proceso Familiar

TSJMáximaSala Civil8 feb 2023

AS/0134/2023

Demandante: Justina Baleriano Luna y otros

Demandado: Juan Carlos y Max Braulio, ambos de apellidos Saigua Garnica

Máxima: DE LA NECESIDAD DE ESTABLECER LA UBICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE SOBRE EL QUE SE ALEGA DERECHO PROPIETARIO/ Si bien la ley no determina las formas de determinar la individualización o ubicación del bien inmueble objeto del derecho propietario, sin embargo, existen elementos y técnicas que coadyuven a determinar la ubicación exacta del inmueble, como el estudio geo-referencial del terreno, la descripción física del predio, la valoración técnica por parte del experto perito en el uso de técnicas de medición.

Precedente: Auto Supremo Nº 202/2022 de 22 de marzo

TSJSala Civil8 feb 2023

AS/0129/2023

Demandante: Matilde Álvarez Alfaro

Demandado: Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba

TSJSala Civil8 feb 2023

AS/0128/2023

Demandante: Tomás Herrera Churqui y Fidelia Quino Cordero de Herrera

Demandado: Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz

TSJSala Civil8 feb 2023

AS/0126/2023

Demandante: Pedro Gonzales Balderas y Rosmery Padilla Estévez

Demandado: Norma Mercedes Andrade Corrales

TSJSala Civil8 feb 2023

AS/0124/2023

Demandante: Sussy Vargas Mopi

Demandado: Jorge Velasco Cuéllar

TSJMáximaSala Civil8 feb 2023

AS/0136/2023

Demandante: María Rosa Pedraza Cerda

Demandado: Herederos de Rufino Vallejos Ríos y Justina Barrientos de Vallejos

Máxima: DEL MANDATO/ Es el contrato por el cual una persona se obliga a realizar uno o más actos jurídicos por cuenta del mandante; es decir, el poder es un contrato de responsabilidad, por el cual una persona denominada mandante confía a otra denominada mandatario la realización de uno o más asuntos por cuenta y riesgo del mandante.

Precedente: Auto Supremo N° 890/2019 de 05 de septiembre

TSJSala Civil8 feb 2023

AS/0123/2023-RA

Demandante: Teresa Lourdes Gonzales Zambrana

Demandado: Isbed Rosio Flores Sanabria y presuntos propietarios y ocupantes del bien inmueble

TSJMáximaSala Civil8 feb 2023

AS/0132/2023

Demandante: Martha Mery Casas Soliz

Demandado: Rosemary Castro Angulo y Ronald Sandoval Sanabria

Máxima: REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA/ Para la procedencia de la acción reivindicatoria se requiere la concurrencia de los siguientes requisitos: 1) que el actor cuente con derecho propietario de la cosa a reivindicar; 2) que esté privado o destituido de ésta; 3) que la cosa se halle plenamente identificada.

Precedente: Auto Supremo N° 332/2018 de 02 de mayo Artículo 1453 del Código Civil

TSJMáximaSala Civil8 feb 2023

AS/0131/2023

Demandante: Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal (INIAF)

Demandado: Entidad Prestadora de Servicio de Agua Potable (EPSA

Máxima: DE LA NECESIDAD DE ESTABLECER LA UBICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE SOBRE EL QUE SE ALEGA DERECHO PROPIETARIO/ Si bien la ley no determina las formas de determinar la individualización o ubicación del bien inmueble objeto del derecho propietario, sin embargo, existen elementos y técnicas que coadyuven a determinar la ubicación exacta del inmueble, como el estudio geo-referencial del terreno, la descripción física del predio, la valoración técnica por parte del experto perito en el uso de técnicas de medición.

Precedente: El Auto Supremo Nº 463/2014 de 22 de agosto

TSJMáximaSala Civil8 feb 2023

AS/0130/2023

Demandante: Enrique Mormero Romero y Rosa Estrada Ramírez

Demandado: Segundino Segovia Estrada

Máxima: INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS/ Interpretar un contrato, es fijar su sentido y alcance, determinar en qué términos y hasta qué grado se obligaron las partes, el estudio de un contrato debe ser apreciado, para su interpretación, en su existencia, en su verdad, en su naturaleza, en su intención y en su forma.

Precedente: Auto Supremo N° 506/2016 de 16 de mayo Artículo 510 del Código Civil

TSJSala Civil8 feb 2023

AS/0137/2023-RA

Demandante: Pablo Crystian Carreño Rocabado

Demandado: Deysi Karla Janco de La Cruz

SCPSala Cuarta Especializada7 feb 2023

0002/2023-S4

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 50468-2022-101-AAC · Santa Cruz

Magistratura relatora: René Yván Espada Navía

SCP7 feb 2023

0053/2023-CA

Conflicto de Competencias Jurisdiccionales · Exp. 48931-2022-98-CCJ · La Paz

SCP7 feb 2023

0017/2023-RCA

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 52892-2023-106-AAC · Tarija

SCP7 feb 2023

0018/2023-RCA

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 52893-2023-106-AAC · La Paz

TSJSala Civil7 feb 2023

AS/0121/2023-RA

Demandante: Lupe Asunción Misericordia Flores

Demandado: Enrique Caqueta Villca y Antonio Daga Torre