Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJMáximaSocial 2da6 jun 2023

AS/0192/2023

Demandante: Cebastiana Rodríguez Segovia

Demandado: María del Carmen Oroza Daroca

Máxima: MULTA POR MORA/ En caso de despido del trabajador el empleador deberá cancelar en el plazo impostergable de quince días calendario el finiquito correspondiente a todos los derechos que le correspondan, pasado este plazo sin que el empleador haya procedido al pago, será pasible a la multa del 30% sobre el valor del finiquito, monto será calculado en base a la variación de las UFV's desde la fecha de despido del trabajador hasta el día anterior a la fecha de cancelación del finiquito.

Precedente: Artículo 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.

TSJMáximaSocial 2da6 jun 2023

AS/0189/2023

Demandante: José Fernando Acha Ballón

Demandado: Empresa Baltika SRL

Máxima: SANA CRITICA DEL JUZGADOR/ Los juzgadores no se encuentran sujetos a la tarifa legal de la prueba, sino por el contrario deben formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos y de su propia experiencia para desarrollar la sana critica, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes.

Precedente: Artículos 3.j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da6 jun 2023

AS/0188/2023

Demandante: Daniel Isidoro Costaleyte y otros

Demandado: Empresa KAZEN

Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.

Precedente: Artículos 128 y 265-I del Código Procesal Civil -2013. Sentencia Constitucional 0444/2011-R de 18 de abril.

TSJMáximaSocial 2da6 jun 2023

AS/0187/2023

Demandante: Diter Santos Segovia Ovando

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confiere a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 2da6 jun 2023

AS/0186/2023

Demandante: Claudia Gabriela Avila de Acouri

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre

Máxima: PRINCIPIO DE VERDAD MATERIAL/ En el procedimiento tributario es aplicable el principio de verdad material, entendido como la obligación de investigar la verdad material en oposición a la verdad formal, en virtud del cual la decisión de la administración debe ceñirse a los hechos y no limitarse únicamente al contenido literal de los antecedentes.

Precedente: Artículo 180-I de la Constitución Política del Estado.

TSJMáximaSocial 2da6 jun 2023

AS/0185/2023

Demandante: Yaner Yhandira Valverde Saavedra

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Sucre

Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.

Precedente: Artículo 1-I de la Ley N° 321 de 18 de diciembre de 2012.

TSJMáximaCivil6 jun 2023

AS/0491/2023

Demandante: Israel Pablo Noya Sanabria

Demandado: Rolando Nelzon Careaga Alurralde representante legal de la empresa constructora Royal S.R.L.

Máxima: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/ La parte que cumplió con el contrato tiene dos opciones, la primera es la resolución judicial del contrato, cuando este hubiese sido incumplido por la otra parte, y la segunda opción es pedir a la parte que incumplió con el contrato que cumpla el mismo, es decir que en este segundo caso lo que se pretende es que el contrato se ejecute.

Precedente: Auto de Vista N° 382/2018 de 07 de mayo Auto Supremo N° 609/2014 de 27 de octubre Artículo 568 del Código Civil

TSJCivil6 jun 2023

AS/0489/2023-RA

Demandante: Nelbi, Ramiro Franklin, Grover Osvaldo, Erick Marcelo y Lorena Andrea todos Xavier Gonzáles

Demandado: Mirtha Rivera Villalba y Juan Evert Barrios Ugarte

TSJMáximaCivil6 jun 2023

AS/0490/2023

Demandante: René Cosme Cusi

Demandado: Bartolomé Cusi Loayza y Valeria Kochi de Cusi

Máxima: NULIDAD PROCESAL DE OFICIO/ El Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, únicamente procede cuando la ley así lo determine o exista evidente vulneración al debido proceso, cuando el vicio tenga incidencia directa en la decisión de fondo o el derecho a la defensa o esté seriamente afectado, por lo que se pasa a efectuar una revisión de oficio del proceso en cuestión en aplicación del principio de eficacia.

Precedente: Auto Supremo N° 344/2020 de 04 de septiembre Artículo 106 del Código Procesal Civil Artículo 17.I de la Ley N° 025

TSJCivil6 jun 2023

AS/0490/2023

Demandante: René Cosme Cusi

Demandado: Bartolomé Cusi Loayza y Valeria Kochi de Cusi

TSJCivil6 jun 2023

AS/0456/2023

Demandante: Nicolasa Salazar Márquez

Demandado: Juana Mamani Mamani y Hermenegildo Arancibia Gonzales

TSJMáximaCivil5 jun 2023

AS/0488/2023

Demandante: Rene Bonifacio Gutiérrez

Demandado: Richard Quispe Mamani, Virginia Fortunata Chipana Challco y Richard Ariel Quispe Chipana

Máxima: INTEGRACIÓN DE SUJETOS EN CALIDAD DE LITISCONSORTES/ La Autoridad judicial de instancia, en calidad de director del proceso tiene la facultad para disponer la integración del sujeto pasivo al litisconsorcio, de oficio; siendo esa la única manera de asegurar que sus decisiones sean útiles para las partes demandantes, demandadas y otros que se hayan integrado en el proceso, alcanzando a todos ellos los efectos de la cosa juzgada respetando el derecho fundamental a la defensa.

Precedente: Auto Supremo N° 591/2022 de 17 de agosto Auto Supremo N° 615/2019 de 25 de junio

TSJCivil5 jun 2023

AS/0482/2023-RA

Demandante: José Elias, Pastora por sí y en representación de Porfirio y Carlos Luis todos Condorena Ticona

Demandado: Teresa Elizabeth Argani Villanueva

TSJCivil5 jun 2023

AS/0485/2023-RA

Demandante: Edwin Bayo Gambarte

Demandado: Edgar Gonzalo Bayo Gambarte

TSJCivil5 jun 2023

AS/0479/2023-RA

Demandante: Margoth Arriaga Damm

Demandado: Desiree y José Eduardo ambos Claros Mostajo

TSJCivil5 jun 2023

AS/0487/2023-RA

Demandante: Nelson Rolando Marín Condarco

Demandado: Jhonny Carlos Callejas Capurata

TSJCivil5 jun 2023

AS/0486/2023-RA

Demandante: Rimber Samuel Coria Mamani

Demandado: Teresa Fernández Encinas de Laura

TSJCivil5 jun 2023

AS/0484/2023-RA

Demandante: Arturo Enrique Ivanov Jerez Dávila

Demandado: Claudio Santander Mamani

TSJCivil5 jun 2023

AS/0481/2023-RA

Demandante: Clotilde Villarroel Peredo

Demandado: Eliseo, José y Ángel todos Villarroel Peredo, Derechos Reales de Sacaba, herederos de Justina Peredo Solís Vda. de Villarroel y presuntos interesados y terceras personas

TSJCivil5 jun 2023

AS/0483/2023-RA

Demandante: Celestino Quispe Huanca

Demandado: Jaime Murillo Durán