Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJMáximaSocial 1era1 dic 2021

AS/0663/2021

Demandante: María Elena Parra Gallardo

Demandado: Asociación de Jubilados y Rentistas Petroleros de Camiri

Máxima: VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO/ El Tribunal de Segunda Instancia incurre en vulneración al debido proceso, al resolver un caso sin cuidar que el proceso sometido a su competencia se lleve adelante sin vicios que puedan perjudicar el normal desarrollo del mismo.

Precedente: Artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial Artículos 106-I y 220-III.1.c) del Código Procesal Civil

TSJMáximaSocial 1era1 dic 2021

AS/0662/2021

Demandante: CONSTRUCTORA MAJAPO

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Ingavi

Máxima: VALIDEZ PROBATORIA DE LAS FOTOCOPIAS/ Los documentos ofrecidos en fotocopias simples harán fe al igual que los originales, si la parte a quien se oponga, no las desconoce expresamente, o no objeta su presentación.

Precedente: Artículo 1311 del Código Civil Artículo 346-1 del Código Procesal Civil

TSJMáximaSocial 1era1 dic 2021

AS/0661/2021

Demandante: Julio Miguel Mamani Conde

Demandado: Empresa Pública de Agua y Saneamiento-EPSAS SA

Máxima: DESPIDO JUSTIFICADO A TRAVÉS DE PROCESO INTERNO/ Para garantizar el debido proceso debe comprobarse y justificarse la existencia de una causal legítima de despido, a través de la interposición de un proceso interno, donde se garantice la presunción de inocencia del mismo.

Precedente: Artículos 115-II, 116-I, 117-I de la Constitución Política del Estado. Artículo 16 de la Ley General del Trabajo. Artículo 9 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0658/2021

Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de San Borja.

Demandado: Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni.

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0793/2021

Demandante: Paola Carola Zapata Ferrufino

Demandado: Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos “YPFB”

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0730/2021

Demandante: Rolando Magnani Chaca

Demandado: Mutualidad del Poder Judicial y Ministerio Público

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0720/2021

Demandante: Ronald Eduardo Miranda Perales

Demandado: Servicios Eléctricos Tarija

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0675/2021

Demandante: Victoriano Ramos Aruni

Demandado: Empresa de Cerámica Chavarría

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0659/2021

Demandante: Roberto Rafael Gutiérrez

Demandado: Televisión "ANDALUCÍA TVA"

TSJSocial 1era1 dic 2021

AS/0784/2021

Demandante: CROWN LTDA

Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Uriondo

TSJPlena1 dic 2021

SE/0038/2021

Demandante: Sociedad Accidental TYPSA - SOINCO CARGILL BOLIVIA S.A.

Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Tarija

TSJPlena1 dic 2021

SE/0037/2021

Demandante: Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (ENTEL S.A.) y Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria.

TSJMáximaSocial 1era1 dic 2021

AS/0726/2021

Demandante: Autoridad de Fiscalización de Empresas AEMP

Demandado: Cervecería Boliviana Nacional SA “CBN”

Máxima: CONGRUENCIA DE LAS RESOLUCIONES/ La congruencia de las resoluciones exige que la Autoridad que emite el acto, debe resolver todos los puntos discutidos por las partes, efectuando una fundamentación adecuada que permita entender los motivos que llevaron a la Autoridad a la decisión asumida, sin que ello implique una exposición ampulosa de consideraciones y citas legales; sino que, se exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar las razones que justifiquen su decisión, en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán cumplidas.

Precedente: Artículos 16 y 17 de la Ley del Órgano Judicial Artículo 265-I del Código Procesal Civil

TSJMáximaSocial 1era1 dic 2021

AS/0753/2021

Demandante: Marina Peña Cuellar

Demandado: Manufactura Boliviana SA (MANACO SA)

Máxima: INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL/ No existe relación laboral, cuando por los datos del proceso se determina la inexistencia de las características como ser: dependencia, subordinación y exclusividad que debe existir entre el trabajador y el empleador; en consecuencia, al no estar demostrada la relación laboral durante los periodos reclamados, no corresponde conceder los beneficios sociales solicitados.

Precedente: Auto Supremo 766 de 2 de diciembre de 2019 Auto Supremo 45 de 29 de enero de 2020 Artículo 48 de la Constitución Política del Estado Artículo 1 del Decreto Supremo 23570 Artículo 2 del Decreto Supremo 28699

TSJMáximaSocial 1era1 dic 2021

AS/0732/2021

Demandante: Luis Eugenio Navarro Navarro

Demandado: Empresa Municipal Autónoma de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Yacuiba

Máxima: CONGRUENCIA DE LAS RESOLUCIONES/ La congruencia de las resoluciones exige que la autoridad que emite el acto, debe resolver todos los puntos discutidos por las partes, efectuando una fundamentación adecuada que permita entender los motivos que llevaron a la Autoridad a la decisión asumida, sin que ello implique una exposición ampulosa de consideraciones y citas legales; sino que, se exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar las razones que justifiquen su decisión, en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán cumplidas.

Precedente: Artículo 213-I del Código Procesal Civil

TSJCivil30 nov 2021

AS/1058/2021-RA

Demandante: Ernestina, Angélica y Felicia todos Padilla Mendoza

Demandado: Teófila Vargas Ruiz Vda. de Padilla y Milton Yamil Padilla Carballo

TSJCivil30 nov 2021

AS/1057/2021-RA

Demandante: Esther Claudia Alvarado Ramos

Demandado: Posibles herederos de Hipólito Angulo Cabrera

TSJCivil30 nov 2021

AS/1060/2021-RA

Demandante: Elizabeth León Ynfastas

Demandado: Sociedad Industrial Cerámica Santa Cruz LTDA

TSJCivil30 nov 2021

AS/1059/2021-RA

Demandante: Daniel Juan Ayma Moya y Sarahi Fernández Calle

Demandado: Octavio Torrez López y Lucia Laura Condori

TSJMáximaCivil30 nov 2021

AS/1068/2021

Demandante: Jorge Chumacero Chávez

Demandado: Janette Wilma Vega Palza

Máxima: PLAZO PARA PRESENTAR JUSTIFICATIVO ANTE LA INASISTENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR/ La incomparecencia de la o el demandante será motivo para la suspensión de la audiencia, debiendo la autoridad judicial reinstalar hasta el cuarto día siguiente de la suspensión, conminando a la parte inasistente a justificar documentalmente el motivo de su incomparecencia en el plazo de tres días. Si no se justifica su incomparecencia se declarará el desistimiento de la pretensión, con todos sus efectos.

Precedente: Auto Supremo N° 67/2019 de 6 de febrero Artículo 38. I Código Procesal Civil