Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

193.255 resultados

SCP18 ene 2023

0019/2023-CA

Acción de Inconstitucionalidad Concreta · Exp. 52430-2023-105-AIC · La Paz

SCP18 ene 2023

0025/2023-CA

Acción de Inconstitucionalidad Concreta · Exp. 52637-2023-106-AIC · Santa Cruz

SCP18 ene 2023

0009/2023-RCA

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 52626-2023-106-AAC · Santa Cruz

TSJMáximaSala Civil18 ene 2023

AS/0068/2023

Demandante: Gerardo Freddy Arguedas Moscoso

Demandado: Marco Antonio Ríos Gil

Máxima: LA PROBANZA DEL CONTRATO VERBAL/ El contrato verbal tendrá validez siempre y cuando el contenido se pueda demostrar mediante cualquier medio admitido por el derecho, es decir, deberá existir un acuerdo mediante el cual se intercambiaron términos y condiciones de manera oral, para que tenga la misma validez ante la ley que un contrato escrito. DESCRIPTOR: Contratos/ CONTRATO VERBAL/ MEDIOS PROBATORIOS ; RESTRICTOR: TESTIFICAL

Precedente: Auto Supremo Nº 1121/2019 del 22 de octubre

TSJMáximaSala Civil18 ene 2023

AS/0067/2023

Demandante: Milton Ángel, Rosalía Jesusa, Weimar Fernando, Raúl Alberto, Zaida Paulina, Renán Jorge y Javier, por sí y en representación de María Elena, todos Flores Patzi

Demandado: Walter Patzi Patty y Carmen Laura Quispe Chambi

Máxima: NULIDAD DE OBRADOS EN SEGUNDA INSTANCIA/ Las resoluciones de primera instancia que no generen trascendencia o causen indefensión a las partes, no son causales para disponer nulidad alguna, por lo que el Tribunal de Segunda Instancia deberán fallar en el fondo de la causa, esto con la finalidad de resolver el conflicto jurídico, sin necesidad de acudir a la nulidad procesal que es una medida de ultima ratio.

Precedente: Auto Supremo Nº 581/2013 de 15 de noviembre

SCPSala Primera17 ene 2023

0007/2023-S1

Acción de Libertad · Exp. 35243-2020-71-AL · Cochabamba

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCP17 ene 2023

0008/2023-RCA

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 52478-2023-105-AAC · La Paz

SCP17 ene 2023

0007/2023-RCA

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 52477-2023-105-AAC · Oruro

SCP17 ene 2023

0017/2023-CA

Acción de Inconstitucionalidad Concreta · Exp. 52479-2023-105-AIC · La Paz

SCPSala Primera17 ene 2023

0008/2023-S1

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 29604-2019-60-AAC · Santa Cruz

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCPSala Primera17 ene 2023

0008/2023-S1

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 29604-2019-60-AAC · Santa Cruz

TSJSala Penal17 ene 2023

AS/0017/2023-RA

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Marco Antonio Aramayo Caballero

TSJMáximaSala Civil17 ene 2023

AS/0061/2023

Demandante: Lucio Arévalo Ríos y Elizabeth Quispe Moscoso

Demandado: Eloy Arévalo Ríos

Máxima: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO/ En los contratos con prestaciones recíprocas, se da la resolución cuando una de las partes incumple por voluntad propia la obligación, la parte que ha cumplido puede pedir judicialmente el cumplimiento o la resolución del contrato, más el resarcimiento del daño

Precedente: Auto Supremo N° 506/2016 de 16 de mayo Artículo 568 del Código Procesal Civil

TSJMáximaSala Civil17 ene 2023

AS/0063/2023

Demandante: Carlos Lozano Lazcano representado por Tatiana Antonia Cristina Lozano Lagraba

Demandado: Máxima Basilia Chui de Callisaya y Sonia y Juan Carlos ambos Callisaya Chui

Máxima: INTERVERSIÓN DEL TÍTULO DE FORMA UNILATERAL/ La modificación de la causa de la posesión o interversión del título, requiere de actos que revistan de un carácter ostensible e inequívoco, y se configuran a partir de dos elementos y/o requisitos: a) los actos exteriores que dejan de manifiesto la intención de poseer por sí por parte del ocupante y b) la producción del efecto de exclusión del anterior poseedor quien perderá su posesión por virtud de la aplicación de la figura de la interversión.

Precedente: Auto Supremo N° 939/2018 de 01 de octubre Auto Supremo Nº 192/2012 de 04 de septiembre

TSJMáximaSala Civil17 ene 2023

AS/0060/2023

Demandante: Isabel Julia Vargas Limachi

Demandado: Francisca Catalina Vargas Limachi Vda. de Villca, Edwin Germán Choque Limachi, Estanislao Milton Fernández Limachi, María Elena Vargas Limachi

Máxima: VALORACIÓN DE LA PRUEBA/ Producida la prueba, el juez comienza a examinarla, tratando de encontrar la existencia del hecho o hechos afirmados por las partes, finalmente de ese examen puede salir la verdad, cuando encuentre conformidad de los hechos afirmados, con la prueba producida, también puede suceder lo contrario, todo depende de la eficacia de los elementos que se hayan utilizado en la investigación.

Precedente: Auto Supremo Nº 244/2020 de 20 de marzo Artículo 1286 del Código Civil Artículo 145 del Código Procesal Civil

TSJSala Civil17 ene 2023

AS/0064/2023-RI

Demandante: Gloria Elena Cortez Lino

Demandado: Marlene Godoy Valverde

TSJSala Civil17 ene 2023

AS/0062/2023-RA

Demandante: Pio Flores Pareja

Demandado: Raúl Ignacio Pérez, Neva Escarlen Escalera Pérez, Denis Escalera Pérez y Laura Viza Pérez por sí y en representación de la menor M.H.V.

TSJMáximaSala Civil17 ene 2023

AS/0059/2023

Demandante: Guillermina Pizo Flores

Demandado: Dora Antezana Miranda

Máxima: PRINCIPIO DE CONGRUENCIA/ La congruencia externa, se debe entender como el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución) y lo resuelto por las autoridades judiciales, en definitiva, es una prohibición para el juzgador considerar aspectos ajenos a la controversia.

Precedente: Auto Supremo Nº 1115/2016 de 23 de septiembre, Auto Supremo Nº 651/2014 de 6 de noviembre Auto Supremo Nº 254/2016 de 21 de marzo Artículo 265 del Código Procesal Civil

TSJMáximaSala Civil17 ene 2023

AS/0065/2023

Demandante: Mario Alejandro Pucho Quispe y Sonia Mamani Ulo

Demandado: Paulina Callisaya de Romero y Eugenio Antonio Romero Castro.

Máxima: IMPROPONIBILIDAD SUBJETIVA DE LA PRETENSIÓN/ Esta improponibilidad se centra en el juicio que hace el Juez, sobre la falta evidente de interés sustancial en el actor para proponer la pretensión o falta de titularidad del derecho, es decir, la falta de la legitimación activa del demandante para formular la acción.

Precedente: Auto Supremo Nº 346/2013 de 15 de julio

TSJMáximaSala Civil17 ene 2023

AS/0066/2023

Demandante: Judith Castedo López

Demandado: Tomás de Aquino Leaños Montero.

Máxima: PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA/ Este principio señala, que quien solicita nulidad debe probar que la misma le ocasionó perjuicio cierto e irreparable, que solo puede subsanarse mediante la declaración de nulidad, es decir, demostrar cuál es el agravio que le causa el acto irregularmente cumplido y si éste es cierto e irreparable.

Precedente: Auto Supremo Nº 737/2018 de 27 de julio Auto Supremo Nº 158/2013 de 11 de abril, Auto Supremo Nº 169/2013 de 12 de abril, Auto Supremo Nº 411/2014 de 04 de agosto, Auto Supremo Nº 84/2015 de 06 de febrero