Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

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TSJMáximaSocial 1era12 sept 2023

SE/0220/2023

Demandante: Lourdes Dehne Delgadillo

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

Máxima: PRESCRIPCIÓN POR OMISIÓN DE PAGO/ El término para ejecutar las sanciones por contravenciones tributarias se computará desde el momento que adquiera la calidad de título de ejecución tributaria; asimismo, la facultad para imponer sanciones de la Autoridad Administrativa Tributaria prescribe pasados los 4 años.

Precedente: Artículos 59 y 60 del Código Tributario Boliviano. (Ley N° 2492)

TSJSocial 1era12 sept 2023

SE/0219/2023

Demandante: Industria Molinera y Balanceo de Alimentos para Aves y Ganado Agroindustrial Rivera – IMBA SA

Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria

TSJMáximaSocial 1era12 sept 2023

AS/0436/2023

Demandante: César Molloja Pericón

Demandado: Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz “Cotas RL”

Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confiere a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador, debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.

Precedente: Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo.

TSJMáximaSocial 1era12 sept 2023

AS/0434/2023

Demandante: Raúl Luís Mansilla Pereira

Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”

Máxima: FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN/ La motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados.

Precedente: Artículo 180-I de la Constitución Política del Estado, artículo 265-I del Código Procesal Civil

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0897/2023

Demandante: Kantuta América, Roberto Polo y Milenka todos Chuquimia Careaga

Demandado: Rose Mary Cristina Patzi De la Barra, Ángelo Fernández Chuquimia Patzi y Marco Antonio Romero Segales

Máxima: PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA FRENTE AL VENDEDOR DEL INMUEBLE/ El accionante debe demostrar su derecho propietario conforme la titularidad en los registros públicos que correspondan, esto le otorga el poder de persecución y la inherencia del derecho a la cosa, además del ejercicio pleno de su derecho propietario y, por ende, hacer valer su titularidad a objeto de obtener la restitución del bien pretendido en contra del recurrente, aún sea el vendedor del bien debatido, se hace énfasis en que no necesariamente quien pretende la reivindicación debe estar en posesión corporal o natural del bien, habida cuenta que tiene la "posesión civil" que está integrada por sus elementos corpus y animus; de ahí que, en virtud precisamente a dicha posesión civil de la cual goza todo titular de un derecho propietario.

Precedente: Auto Supremo N° 466/2022 de 04 de julio

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0906/2023

Demandante: Remberto Vásquez Apaza

Demandado: Gonzalo Vásquez Rodríguez, Aurora Rodríguez Aragón, herederos de Matilde Gómez Vda. de Carvajal y Jorge Zacarias, Luis Elías y Walter todos Carvajal Gómez.

Máxima: IMPORTANCIA DEL CONTRADOCUMENTO PARA PROBAR LA SIMULACION ENTRE PARTES/ La prueba de la simulación entre partes solo puede hacerse por el contradocumento u otra prueba escrita que necesariamente debe ser suscrita por los mismos contratantes, debe ser de la misma fecha o fecha posterior a la del documento acusado de simulado y en este documento las partes implícitamente (no de forma expresa) desconocen los alcances, lo acordado o pactado en el documento acusado de simulado, es decir debe contener un acuerdo de partes que haga entrever que están desconociendo los efectos del anterior acuerdo, asimismo no puede dejarse de lado que este documento tiene dos limitantes, la primera que no atente contra la Ley y el segundo que no afecte derechos de terceros.

Precedente: Auto Supremo Nº 1160/2015 de 16 de diciembre Artículo 543 - l del Código Civil

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0898/2023

Demandante: Conrado Saucedo Dorado y Wilfredo Germán Elías Justiniano

Demandado: Valentín Alpire Cuellar.

Máxima: RESPONSABILIDAD CIVIL/ Esta responsabilidad hace referencia a quien, con un hecho doloso o culposo, ocasiona a alguien un daño injusto, queda obligado al resarcimiento. Esta norma legal no hace otra cosa que establecer una sanción al agente que de alguna manera ocasiona un daño a otra persona, imponiéndole la obligación de pagar a favor de ésta, el daño ocasionado que puede consistir en daño emergente o pérdida sufrida y el lucro cesante ganancia de que ha sido privado.

Precedente: Auto Supremo N° 1169/2018 de 03 de diciembre Artículo 984 del Código Civil

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0914/2023

Demandante: Brenda Priscila, Stephannie Abigail y Edgar Fabrizio todos Carrasco Oporto

Demandado: Rolando Elías Pasten Vargas y Carla Cecilia Castañón Salinas

Máxima: ACTOS INEXISTENTES/ El acto inexistente no da origen a ningún efecto que sea necesario destruir mediante una adecuada acción por no llegar siquiera a formarse o constituirse. Para que un acto sea inexistente no se requiere una sentencia judicial que así lo declare. La inexistencia se produce de pleno derecho; opera ipso jure. Procesalmente no existe para que se declare judicialmente la inexistencia de un acto.

Precedente: Auto Supremo Nº 242/2018 de 04 de abril

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0913/2023

Demandante: Rodrigo Roberto y Roxana Ross Mery ambos Roca Terán

Demandado: Clive Mamani Ari, Blanca Inés Pérez Vásquez y la tercera interesada María Lourdes Siles Vargas.

Máxima: MEJOR DERECHO PROPIETARIO/ Para la procedencia del mejor derecho propietario respecto a bienes sujetos a registro se requiere de tres condiciones o requisitos a ser cumplidos: 1.- Que el actor haya inscrito en el registro público su título de dominio sobre el bien que ostenta su derecho propietario con anterioridad a la inscripción del título de dominio que tuviesen otros adquirentes del bien 2.- Que el título del actor y del demandado provengan de un mismo origen o propietario y 3.- La identidad o singularidad del bien o cosa que se demanda de mejor derecho propietario.

Precedente: Auto Supremo Nº 588/2014 de 17 de octubre

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0910/2023

Demandante: Walter Pablo Torres Calvo

Demandado: Manuel Alejandro Zarcillo Gutiérrez

Máxima: EFICACIA DE LA PRUEBA PERICIAL/ La fuerza probatoria del dictamen pericial será estimada por la autoridad judicial en consideración a la competencia del perito, los principios científicos o técnicos en que se funda, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica y demás pruebas y elementos de convicción que la causa ofreciere. La autoridad judicial no está obligada u obligado a seguir el criterio del perito y podrá apartarse del dictamen mediante resolución fundada.

Precedente: Artículo 1333 del Código Civil Artículo 202 del Código Procesal Civil

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0907/2023-RA

Demandante: Dunia Mary Echalar Franco

Demandado: Omar Limbert Hernani Inchausti

Máxima: SEPARACIÓN DE HECHO Y SUS EFECTOS PATRIMONIALES/ Al constituirse la comunidad de gananciales en un esfuerzo común de ambos cónyuges que forman un patrimonio mutuo, moral y éticamente al separarse de hecho y estar comprobada dicha separación, los bienes adquiridos con esfuerzo individual por cada uno de los cónyuges después de la separación, no pueden formar parte de dicha sociedad conyugal, aún esté vigente el vínculo matrimonial, dichos bienes no pueden ser parte de la comunidad de gananciales por que no fueron adquiridos mediante un esfuerzo común y sacrificio que toda familia realiza para hacerse de bienes comunes.

Precedente: Auto Supremo Nº 767/2017 de 24 de julio

TSJMáximaCivil12 sept 2023

AS/0899/2023

Demandante: Dina Nelly Dávalos Gonzáles

Demandado: William Orlando Dávalos Gonzáles y Rodrigo Brayan Dávalos Blanco

Máxima: PRESUPUESTOS PARA LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE NULIDAD DE DECLARATORIA DE HEREDEROS/ Para la procedencia de la demanda, ésta tiene que estar orientada a ser evidente la no capacidad sucesoria del heredero respecto a su causante, por dicho motivo, la pretensión de la parte interesada tiene que estar dirigida a demostrar la no filiación del heredero respecto del de cujus.

Precedente: Auto Supremo N° 364/2012 de 25 de septiembre

TSJCivil12 sept 2023

AS/0912/2023-RA

Demandante: Guillermo Pozo Prado

Demandado: María Adela y Reynaldo ambos Molina Salvatierra

TSJCivil12 sept 2023

AS/0909/2023-RA

Demandante: Carlos Celedonio Hidalgo Muñoz

Demandado: Getrudes Oropeza Valda

TSJCivil12 sept 2023

AS/0911/2023-RA

Demandante: Francisca Flores Choquehuanca y Jorge Espinoza Mamani

Demandado: Vicente Fernando Espinoza Duran y Gerarda Duran Escobar.

TSJCivil12 sept 2023

AS/0902/2023-RA

Demandante: Javier Quispe Velasquez

Demandado: Hector Felipe Quispe Vélez, Henrry Omar y Hector David ambos Quispe Soto y otros

TSJCivil12 sept 2023

AS/0901/2023-RA

Demandante: Senobia Colque Viscarra

Demandado: Orlando Yucra Choque.

TSJCivil12 sept 2023

AS/0900/2023-RA

Demandante: Shirley Mabel Martínez Martínez

Demandado: Dionicio Flores Rodríguez

TSJCivil12 sept 2023

AS/0908/2023-RA

Demandante: Milton Santos Antezana

Demandado: Nelly Miriam Laura Campos de Nicolás, Sergio Nicolás Herrera, Patricia Nataly Nicolás Laura, Jhazmani Sergio Nicolás Laura, María Esther Nina Fuentes, Soledad Nicolás Laura, José María Nicolás Laura y Jheyson Dennis Nicolás Laura este último por sí y en representación de Elvia Celina Canaviri Ríos

TSJCivil12 sept 2023

AS/0905/2023-RA

Demandante: Marcelo Osinaga Pedriel

Demandado: Erminia Flores Alcoba y Arminda Colque Flores