Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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AS/0321/2022
Demandante: Dionicia Bitalia Paz de Poma
Demandado: Nery Antonia, Julia Antonia y Fabio todos Poma Alarcón
Máxima: IMPROCEDENCIA DE LA USUCAPIÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA/ Los herederos no pueden adquirir el derecho propietario del bien en litigio por usucapión cuando, lo han adquirido por el derecho sucesorio, lo que hace inatendible solicitar la tutela de prescripción adquisitiva.
Precedente: Auto Supremo N° 1080/2018 de 01 de noviembre
AS/0319/2022-RA
Demandante: Basilio Velasco Pinto
Demandado: Simón Breton Meneses y Julia Valles Velasco de Breton
AS/0320/2022-RA
Demandante: Tathiana Andrea Echalar Echalar
Demandado: posibles herederos de Genaro Soto Yañez, Venancia Farel Vda. de Soto y Lenny Fatima Padilla Loayza.
AS/0416/2022
Demandante: Ministerio Público, la Gobernación del Departamento de Tarija y el Servicio Departamental de Caminos de Tarija (SEDECA) con la intervención del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción y la Procuraduría General del Estado (PGE)
Demandado: Mario Adel Cossío Cortez y Alejandro Roda Rojas
0385/2022-S3
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40176-2021-81-AAC · Chuquisaca
Magistratura relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
0387/2022-S3
Acción de Libertad · Exp. 41234-2021-83-AL · Cochabamba
Magistratura relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
0384/2022-S3
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40240-2021-81-AAC · La Paz
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0386/2022-S3
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40465-2021-81-AAC · La Paz
Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori
0383/2022-S3
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40269-2021-81-AAC · Potosí
Magistratura relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
0203/2022-S1
Acción de Libertad · Exp. 38452-2021-77-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0200/2022-S1
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 39812-2021-80-AAC · Oruro
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0201/2022-S1
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 39745-2021-80-AAC · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
0202/2022-S1
Acción de Libertad · Exp. 33443-2020-67-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
0205/2022-S1
Acción de Libertad · Exp. 45916-2022-92-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0201/2022-S1
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 39745-2021-80-AAC · La Paz
0204/2022-S1
Acción de Libertad · Exp. 38427-2021-77-AL · Cochabamba
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
0206/2022-S1
Acción de Libertad · Exp. 38476-2021-77-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
0199/2022-S1
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 39739-2021-80-AAC · Chuquisaca
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
AS/0313/2022
Demandante: Néstor Omar Zeballos Saavedra y Ruth Luisa Cabrera Cervantes de Zeballos
Demandado: Gonzalo Rubén Gaspar Cortez y María Cinthia Zamora Vladislavic
Máxima: RESOLUCIÓN DE CONTRATO/ En los contratos con prestaciones recíprocas cuando una de las partes incumple por su voluntad la obligación, la parte que ha cumplido puede pedir judicialmente el cumplimiento o la resolución del contrato, más el resarcimiento del daño; o también puede pedir sólo el cumplimiento dentro de un plazo razonable que fijará el juez, y no haciéndose efectiva la prestación dentro de ese plazo quedará resuelto el contrato, sin perjuicio, en todo caso, de resarcir el daño.
Precedente: Auto Supremo N° 12/2017 de 17 de enero Auto Supremo No. 381/2012 de 29 de octubre
AS/0314/2022
Demandante: Roberto Carlos Álvarez Centellas
Demandado: Lucio Flores Gallego.
Máxima: PRINCIPIO DE CONGRUENCIA/ Se debe entender como el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes, demanda, respuesta e impugnación y resolución y lo resuelto por las autoridades judiciales, en definitiva, es una prohibición para el juzgador considerar aspectos ajenos a la controversia, limitando su consideración a cuestionamientos únicamente deducidos por las partes.
Precedente: Auto Supremo Nº 566/2021 de 30 de junio