Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
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SE/0039/2021
Demandante: Rolando Kempff Bacigalupo
Demandado: Superintendencia General del SIRESE
AS/0741/2021
Demandante: Fabiola Vedia Flores
Demandado: Virginia del Rosario Cuadros Rivera
Máxima: NULIDAD DE OBRADOS/ El no motivar una resolución, impide a las partes conocer las razones que sustentan el fallo, debiendo ser lógicas y claras, para establecer la credibilidad de la sociedad civil en la jurisdicción y poder fundamentar sus recursos aperturando la competencia del superior en grado, su incumplimiento dispondrá la nulidad de obrados.
Precedente: Artículo 17-I de la Ley del Órgano Judicial Artículo 106 del Código Procesal Civil
SE/0070/2021
Demandante: Freddy Aparicio Santos
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA/ Para determinar la obligación impositiva, aplicar multas, hacer verificaciones, rectificaciones o ajustes, y exigir el pago de tributos, multas, intereses y recargos, prescribe a los cinco años. El término se contará desde el 1º de enero del año calendario siguiente a aquel en que se produjo el hecho generador.
Precedente: Articulos 52 y 53 de la Ley N° 1340 Codigo Tributario Boliviano.
AS/1061/2021
Demandante: Julio Fredy Claros Camacho
Demandado: Banco Económico S.A.
Máxima: PER SALTUM (pasar por alto)/ Para estar a derecho, los recurrentes deben instar en apelación dicho debate y así agotar legal y correctamente toda la segunda instancia, por la característica de demanda de puro derecho a la que se asemeja el recurso de casación, las violaciones que se acusan deben haber sido previamente reclamadas ante el Tribunal de Alzada, a objeto de que estos tomen aprehensión de los mismos y puedan ser resueltos conforme la doble instancia.
Precedente: Auto Supremo Nº 939/2015 de 14 de octubre Auto Supremo Nº 154/2013 de fecha 08 de abril
SE/0071/2021
Demandante: Gerencia GRACO La Paz del Servicio de Impuestos
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Máxima: VISTA DE CARGO O ACTA DE INTERVENCIÓN/ La ausencia de cualquiera de los requisitos esenciales establecidos en el reglamento viciará de nulidad la Vista de Cargo o el Acta de Intervención, según corresponda.
Precedente: Articulo 96 del Codigo Tributario Boliviano - 2003
SE/0068/2021
Demandante: Empresa Nacional de Electricidad ENDE
Demandado: Compañía Boliviana de Ingeniería SRL.
Máxima: INTERESES MORATORIOS /En las obligaciones contractuales que tengan por objeto una suma de dinero, el resarcimiento por el retraso en el cumplimiento consiste en el pago de los intereses legales desde el día de la mora, interés cuantificable por el 6% anual que será calculado desde la entrega definitiva. Esta regla rige aún cuando anteriormente no se hubieran debido intereses y el acreedor no justifique haber sufrido algún daño.
Precedente: Artículo 47 de la Ley 1178 Artículo 568-I del Código Civil
AS/0792/2021
Demandante: Gilberto Alfredo Ayala Rossells
Demandado: Empresa Ingeniería y Geotécnica
Máxima: DESPIDO INDIRECTO/ La falta de pago oportuno de sueldos constituye un despido indirecto del trabajador, terminando así la relación laboral, correspondiendo el pago de todos los beneficios sociales en favor del trabajador.
Precedente: Auto Supremo 26 de 2 marzo de 2012 Artículo 46-I-1 de la Constitución Política del Estado Artículos 52 y 53 de la Ley General del Trabajo
AS/0791/2021
Demandante: Gobierno Autónomo Departamental Tarija
Demandado: Asociación Accidental ERIKA SRL - INCOTAR SRL
Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/ El recurso de casación, además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, ya que este Supremo Tribunal debe ceñirse a lo expresado en el recurso de casación, no estando permitido suponer, inferir o deducir lo que el recurrente pretendió al recurrir en el fondo y en la forma.
Precedente: Artículos 271-I y 274-I-3 del Código Procesal Civil
AS/0790/2021
Demandante: Eunís Paola Barrón Zamora
Demandado: Empresa Avícola Rolón SRL
Máxima: CONTRATOS CIVILES QUE INTENTEN ENCUBRIR LA RELACIÓN LABORAL/Se incorporan al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, aquellos trabajadores que sin considerar el nombre del contrato que determina la relación de dependencia laboral; tengan características materiales de prestación de servicios donde concurran: dependencia, subordinación, prestación de trabajo y remuneración.
Precedente: Artículo 48-II de la Constitución Política del Estado Artículo 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo
AS/0789/2021
Demandante: Juan Quispe Ramos
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
Máxima: INEXISTENCIA DE PLANILLAS Y COMPROBANTES DE PAGO/ En el caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, tomando en cuenta que los derechos reconocidos en la norma jurídica fundamental del Estado son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos; el SENASIR certificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, entre otros: Finiquitos, Certificados de trabajo, boletas de pago o planillas de haberes, partes de filiación y baja de las Cajas de Salud respectivas, calificación de años de servicio etc.
Precedente: Artículo 14 del Decreto Supremo 27543 de 31 de mayo de 2004
AS/0788/2021
Demandante: Liliam Marcela Lorena Aguirre Pacheco
Demandado: Mutualidad del Magisterio Nacional “MUMANAL”
Máxima: MULTA POR INCUMPLIMIENTO/ En caso que el empleador incumpla su obligación de pago de beneficios sociales en el plazo de 15 días, pagará una multa en beneficio del trabajador consistente en el 30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor, debido al incumplimiento de pago oportuno de los beneficios y derechos laborales del trabajador.
Precedente: Artículo 9 del Decreto Supremo 28699
AS/0787/2021
Demandante: Claudio Arrueta Vardola
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Máxima: INEXISTENCIA DE PLANILLAS Y COMPROBANTES DE PAGO/ En el caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, tomando en cuenta que los derechos reconocidos en la norma jurídica fundamental del Estado son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos; el SENASIR certificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, entre otros: Finiquitos, Certificados de trabajo, boletas de pago o planillas de haberes, partes de filiación y baja de las Cajas de Salud respectivas, calificación de años de servicio etc.
Precedente: Artículo 14 del Decreto Supremo 27543 de 31 de mayo de 2004 Artículo único de la Resolución Ministerial 559/2005 de 3 de octubre
AS/0786/2021
Demandante: Daysi Susana Castellón Céspedes
Demandado: Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”
Máxima: EXCEPCIÓN DE PAGO DE HORAS EXTRAS/ En nuestra legislación se exceptúa el pago de horas extras a hombres y mujeres a los empleados y obreros que ocupen puestos de dirección, vigilancia y confianza, personal jerárquico, justificándose que, por lo general esta clase de empleados no tiene supervisión directa del empleador.
Precedente: Artículo 46 de la Ley General del Trabajo
AS/0785/2021
Demandante: Dayely Texeira Rojas
Demandado: Zofra Cobija
Máxima: SUBSIDIO DE FRONTERA/ Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público, particular.
Precedente: Artículo 12 del Decreto Supremo 21137
AS/0783/2021
Demandante: Gerónimo Marca Huanca
Demandado: Agencia Boliviana de Correos “CORREOS DE BOLIVIA”
Máxima: PRINCIPIO IN DUBIO PRO OPERARIO/Las disposiciones sociales y laborales deben aplicarse bajo los principios de protección de los trabajadores, siendo su finalidad buscar la protección y la tutela de los derechos de los trabajadores; el Estado, a través de las autoridades que imparten justicia, no basa sus acciones necesariamente en la paridad jurídica; sino, en la favorabilidad del trabajador.
Precedente: Artículo 48-II de la Constitución Política del Estado Artículo 4 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006
AS/0782/2021
Demandante: Jhony Flores Choque
Demandado: Fabiola Velarde Saloma
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3-h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo
AS/0781/2021
Demandante: José Ramiro Carrasco
Demandado: Bolivian Foods SA
Máxima: IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DERECHOS LABORALES/Se aplica la prescripción de los derechos sociales y beneficios sociales transcurridos dos años del nacimiento de dichas acciones y derechos. Respecto a los que hayan sido producidos antes de la promulgación de la CPE de 2009, los mismos que hayan nacido de forma posterior a la promulgación de dicha norma son imprescriptibles.
Precedente: Artículo 48-IV de la Constitución Política del Estado Artículo 120 de la Ley General del Trabajo Artículo 163 del Decreto Reglamentario de la de la Ley General del Trabajo
AS/0780/2021
Demandante: Saúl Daniel Cadena Gutiérrez
Demandado: Caja Petrolera de Salud
Máxima: PROHIBICIÓN DE MÁS DE DOS CONTRATOS SUCESIVOS A PLAZO FIJO/ No está permitido la suscripción de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, de ser así, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido.
Precedente: Artículo 5 del Decreto Supremo 28699 de 01 de mayo de 2006 Artículo 2 del Decreto Ley 16187 de 16 de febrero de 1979 Resolución Administrativa 650 de 27 de abril de 2007 emitida por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social
AS/0779/2021
Demandante: Carla Viviana Quiroga Santiestevan y Sandra Leonor Quiroga
Demandado: Empresa Gaia Systems Ltda.
Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/ El recurso de casación, además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, ya que este Supremo Tribunal debe ceñirse a lo expresado en el recurso de casación, no estando permitido suponer, inferir o deducir lo que el recurrente pretendió al recurrir en el fondo y en la forma.
Precedente: Artículos 270-I y 274-I núm. 3 del Código Procesal Civil
AS/0778/2021
Demandante: Ramón Alejandro Netz Pérez
Demandado: Estancia “San Carlos”
Máxima: PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN/ En el proceso se constituyen diferentes etapas desarrolladas de forma sucesiva, que se van clausurando de forma periódica y definitiva, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya consumados por la inactividad de las partes al no hacer uso de los actos jurídicos que la ley franquea para fundar una pretensión; extinguiéndose en consecuencia la etapa procesal respectiva.
Precedente: Artículo 115-II de la Constitución Política del Estado