Sentencias

Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.

193.302 resultados

SCPSala Primera12 ago 2022

0780/2022-S1

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 36497-2020-73-AAC · Tarija

SCPSala Primera12 ago 2022

0784/2022-S1

Acción de Libertad · Exp. 48250-2022-97-AL · La Paz

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCPSala Primera12 ago 2022

0782/2022-S1

Acción de Libertad · Exp. 41357-2021-83-AL · Cochabamba

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCPSala Primera12 ago 2022

0785/2022-S1

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40213-2021-81-AAC · Cochabamba

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCPSala Primera12 ago 2022

0786/2022-S1

Acción de Libertad · Exp. 41448-2021-83-AL · Santa Cruz

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCPSala Primera12 ago 2022

0783/2022-S1

Acción de Libertad · Exp. 41375-2021-83-AL · La Paz

Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/1000/2022

Demandante: Ministerio Público y Bacilia Obando Blanco

Demandado: Sofia Ondarza Loayza Defensora de Oficio de Omar Torrico Salazar

Máxima: EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR DURACIÓN MÁXIMA DEL PROCESO/ El excepcionista debe demostrar precisamente en base a la compulsa global del procedimiento, la concurrencia de los factores que dan curso a la extinción de la acción penal para determinar la existencia de dichas causales de extinción y no simplemente a limitarse en aducir el transcurso del tiempo.

Precedente: Sentencia Constitucional 157/2002 de 27 de febrero Sentencia Constitucional 1042/2005 de 5 de septiembre

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0992/2022

Demandante: Ministerio Público, Adalid Castedo Suarez, Jenny Raquel Rivero Vaca y Juana Paniagua de Vargas

Demandado: Eladio Hurtado Urgel

Máxima: EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR DURACIÓN MÁXIMA DEL PROCESO/ El excepcionista debe demostrar precisamente en base a la compulsa global del procedimiento, la concurrencia de los factores que dan curso a la extinción de la acción penal para determinar la existencia de dichas causales de extinción y no simplemente a limitarse en aducir el transcurso del tiempo.

Precedente: Auto Supremo 001/2017 de 3 de enero

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0998/2022

Demandante: Organización No Gubernamental (ONG) Asociación Protección a la Salud (PROSALUD) representada por Frank Luis Fernández Ortíz

Demandado: Licett Terceros Peña

Máxima: CARGA DE LA PRUEBA/ Las partes tienen el deber de demostrar sus argumentos a través de medios idóneos que permitan demostrar en forma contundente e inequívoca su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados.

Precedente: Auto Supremo 958-A/2018 de 24 de octubre Auto Supremo 1044/2018 de 07 de diciembre Auto Supremo 111/2019 de 27 de febrero Auto Supremo 200/2019 de 09 de abril

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0995/2022

Demandante: Ministerio Público y la Aduana Nacional Gerencia Regional Tarija

Demandado: Victoriano Condori Ramos

Máxima: EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR DURACIÓN MÁXIMA DEL PROCESO/ El excepcionista debe demostrar precisamente en base a la compulsa global del procedimiento, la concurrencia de los factores que dan curso a la extinción de la acción penal para determinar la existencia de dichas causales de extinción y no simplemente a limitarse en aducir el transcurso del tiempo.

Precedente: Sentencia Constitucional 101/2004 de 14 de septiembre

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0994/2022

Demandante: Ministerio Público

Demandado: Tito Diómedes Aguayo Rocha, Rubén Núñez Rocha, Leonardo Montaño Toribio Vinicio Prudencio Baeza Acha

Máxima: CARGA DE LA PRUEBA/ Las partes tienen el deber de demostrar sus argumentos a través de medios idóneos que permitan demostrar en forma contundente e inequívoca su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados.

Precedente: Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre Artículo 104 del Código Penal

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0993/2022

Demandante: Ministerio Público a instancia de Maribel Candy Flores Gómez

Demandado: Ana María Salinas Rodríguez de Galarza

Máxima: EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR DURACIÓN MÁXIMA DEL PROCESO/ El excepcionista debe demostrar precisamente en base a la compulsa global del procedimiento, la concurrencia de los factores que dan curso a la extinción de la acción penal para determinar la existencia de dichas causales de extinción y no simplemente a limitarse en aducir el transcurso del tiempo.

Precedente: Auto Supremo 554/2016 de 15 de julio

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0999/2022

Demandante: Ministerio Público y Rosario Arnez Zapata

Demandado: Edzon Amilkar Hidalgo Valdez

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL/Para plantear la prescripción de la acción penal se debe necesariamente fundamentar desde una perspectiva constitucional, lo que significa que se debe hacer la relación de la prescripción con el debido proceso, explicando y señalando las garantías Jurisdiccionales y Constitucionales que considera el excepcionista han sido vulneradas por el transcurso del tiempo.

Precedente: Auto Supremo 1061/2015-S2 de 26 de octubre

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0997/2022

Demandante: José Roberto Valdez

Demandado: Jorge Eduardo Gutiérrez Andrade

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL/Para plantear la prescripción de la acción penal se debe necesariamente fundamentar desde una perspectiva constitucional, lo que significa que se debe hacer la relación de la prescripción con el debido proceso, explicando y señalando las garantías Jurisdiccionales y Constitucionales que considera el excepcionista han sido vulneradas por el transcurso del tiempo.

Precedente: Auto Supremo 544/2015 de 15 de julio. Artículo 178 de la Constitución Política del Estado.

TSJMáximaSala Penal12 ago 2022

AS/0996/2022

Demandante: Ministerio Público y Neysa Susana Lacoa Coronel,

Demandado: Jesús Lacoa Mamani,

Máxima: PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL/ Para plantear la prescripción de la acción penal se debe necesariamente fundamentar desde una perspectiva constitucional, lo que significa que se debe hacer la relación de la prescripción con el debido proceso, explicando y señalando las garantías Jurisdiccionales y Constitucionales que considera el excepcionista han sido vulneradas por el transcurso del tiempo.

Precedente: Artículo101 del Código Penal Artículos 29 y 130 del Código de Procedimiento Penal

TSJSala Penal11 ago 2022

AS/0206/2022-RA

Demandante: Ministerio Público y Rosse Mary Ayde Gonzales Aquino

Demandado: Susana Gonzales Mamani vda. de Terrazas

SCPSala Primera10 ago 2022

0778/2022-S1

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 33001-2020-67-AAC · Santa Cruz

Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller

SCPSala Tercera10 ago 2022

0047/2022-O

Acción de Amparo Constitucional · Exp. 37857-2021-76-AAC · Chuquisaca

Magistratura relatora: Dr. Petronilo Flores Condori

SCP10 ago 2022

0282/2022-CA

Acción de Inconstitucionalidad Concreta · Exp. 48981-2022-98-AIC · Cochabamba

SCP10 ago 2022

0280/2022-CA

Acción de Inconstitucionalidad Concreta · Exp. 48983-2022-98-AIC · La Paz