Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
107.891 resultados
AS/0671/2021
Demandante: Ruth Sarah Garrón Herrera y otros
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inc. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo
AS/0670/2021
Demandante: Empresa Nacional de Telecomunicaciones “ENTEL SA”
Demandado: Raúl Olivares Huanca y otro
Máxima: INVERSIÓN DE LA PRUEBA/ La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, pues la forma en que funcionan las relaciones laborales confieren a éste la custodia de los medios probatorios que acreditan haber cumplido sus obligaciones laborales frente al trabajador. Debiendo acreditar con prueba suficiente su pretensión, para reconocer o no los conceptos reclamados por el trabajador.
Precedente: Artículos 3 inc. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo
AS/0669/2021
Demandante: Ramón María Carreras Montero
Demandado: Asociación Accidental IMESAPI SA - GLOBAL RR Ltda.
Máxima: OBLIGACIÓN DE FUNDAMENTAR ERROR DE HECHO Y DE DERECHO/ El recurso de casación, además de expresar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, ya que este Supremo Tribunal debe ceñirse a lo expresado en el recurso de casación, no estando permitido suponer, inferir o deducir lo que el recurrente pretendió al recurrir en el fondo y en la forma.
Precedente: Auto Supremo 223/2013 de 6 de mayo. Auto Supremo 336/2013 de 5 de julio.
AS/0668/2021
Demandante: Raúl Roger Rodríguez Pol
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Oruro
Máxima: INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES MUNICIPALES/ Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadoras y los trabajadores asalariados permanentes que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo de los Gobiernos Autónomos Municipales de que sin contemplar su relacionamiento con el trabajador, ejerzan funciones vinculadas al giro habitual o principal actividad económica, sin las cuales no tendría objeto la existencia de la unidad económica, como ser la función manual o técnica operativa.
Precedente: Ley N° 321 de 20 de diciembre de 2012.
AS/0667/2021
Demandante: Cristina Rivera Peña
Demandado: Cámara de Exportadores, Logística y Promoción de Inversiones de Santa Cruz
Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.
Precedente: Artículo 265-I del Código Procesal Civil Artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
AS/0665/2021
Demandante: Rafael Henrique De Faria y Jacson Rodrígues Faria
Demandado: Compañía Técnica de Construcciones y Servicios SRL
Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.
Precedente: Artículo 265-I del Código Procesal Civil Artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
AS/0664/2021
Demandante: Policarpio Sandoval Calderón
Demandado: Empresa “Sinopec Internacional Petroleum Service Ecuador S.A."
Máxima: AUTO DE VISTA CITRA PETITA/ La falta de motivación y fundamentación por el tribunal ad quem al no absolver todas las dudas planteadas en apelación, vulnera al debido proceso, siendo una resolución citra petita por no pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados en recurso puesto a su conocimiento, actos que son pasibles de nulidad.
Precedente: Sentencia Constitucional Plurinacional 682/2014 de 10 de abril.
AS/0663/2021
Demandante: María Elena Parra Gallardo
Demandado: Asociación de Jubilados y Rentistas Petroleros de Camiri
Máxima: VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO/ El Tribunal de Segunda Instancia incurre en vulneración al debido proceso, al resolver un caso sin cuidar que el proceso sometido a su competencia se lleve adelante sin vicios que puedan perjudicar el normal desarrollo del mismo.
Precedente: Artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial Artículos 106-I y 220-III.1.c) del Código Procesal Civil
AS/0662/2021
Demandante: CONSTRUCTORA MAJAPO
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Ingavi
Máxima: VALIDEZ PROBATORIA DE LAS FOTOCOPIAS/ Los documentos ofrecidos en fotocopias simples harán fe al igual que los originales, si la parte a quien se oponga, no las desconoce expresamente, o no objeta su presentación.
Precedente: Artículo 1311 del Código Civil Artículo 346-1 del Código Procesal Civil
AS/0661/2021
Demandante: Julio Miguel Mamani Conde
Demandado: Empresa Pública de Agua y Saneamiento-EPSAS SA
Máxima: DESPIDO JUSTIFICADO A TRAVÉS DE PROCESO INTERNO/ Para garantizar el debido proceso debe comprobarse y justificarse la existencia de una causal legítima de despido, a través de la interposición de un proceso interno, donde se garantice la presunción de inocencia del mismo.
Precedente: Artículos 115-II, 116-I, 117-I de la Constitución Política del Estado. Artículo 16 de la Ley General del Trabajo. Artículo 9 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.
AS/0658/2021
Demandante: Gobierno Autónomo Municipal de San Borja.
Demandado: Sala Social, Administrativa, Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni.
AS/0793/2021
Demandante: Paola Carola Zapata Ferrufino
Demandado: Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos “YPFB”
AS/0730/2021
Demandante: Rolando Magnani Chaca
Demandado: Mutualidad del Poder Judicial y Ministerio Público
AS/0720/2021
Demandante: Ronald Eduardo Miranda Perales
Demandado: Servicios Eléctricos Tarija
AS/0675/2021
Demandante: Victoriano Ramos Aruni
Demandado: Empresa de Cerámica Chavarría
AS/0659/2021
Demandante: Roberto Rafael Gutiérrez
Demandado: Televisión "ANDALUCÍA TVA"
AS/0784/2021
Demandante: CROWN LTDA
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Uriondo
SE/0038/2021
Demandante: Sociedad Accidental TYPSA - SOINCO CARGILL BOLIVIA S.A.
Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Tarija
SE/0037/2021
Demandante: Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (ENTEL S.A.) y Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria.
AS/0726/2021
Demandante: Autoridad de Fiscalización de Empresas AEMP
Demandado: Cervecería Boliviana Nacional SA “CBN”
Máxima: CONGRUENCIA DE LAS RESOLUCIONES/ La congruencia de las resoluciones exige que la Autoridad que emite el acto, debe resolver todos los puntos discutidos por las partes, efectuando una fundamentación adecuada que permita entender los motivos que llevaron a la Autoridad a la decisión asumida, sin que ello implique una exposición ampulosa de consideraciones y citas legales; sino que, se exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar las razones que justifiquen su decisión, en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán cumplidas.
Precedente: Artículos 16 y 17 de la Ley del Órgano Judicial Artículo 265-I del Código Procesal Civil