Sentencias
Sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
193.254 resultados
0126/2023-CA
Acción de Inconstitucionalidad Abstracta · Exp. 53780-2023-108-AIA · Oruro
0045/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 43927-2021-88-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0046/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 51129-2022-103-AL · Cochabamba
Magistratura relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
AS/0203/2023
Demandante: Pio Flores Pareja
Demandado: Raúl Ignacio Pérez, Neva Escarlen Escalera Pérez, Denis Escalera Pérez y Laura Viza Pérez por sí y en representación de la menor M.H.V.
Máxima: NULIDAD PROCESAL/ Consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos, formas o procedimientos que la ley procesal ha previsto para la validez de los mismos; a través de la nulidad se controla la regularidad de la actuación procesal y se asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso y a la impugnación.
Precedente: Auto Supremo N° 47/2022 de 31 de enero.
AS/0199/2023
Demandante: Sussy Vargas Mopi
Demandado: Jorge Velasco Cuéllar
Máxima: LEGITIMACIÓN PASIVA EN USUCAPIÓN EXTRAORDINARIA/ Es un deber procesal ineludible del pretendiente el señalar con exactitud e identificar al sujeto pasivo de su proposición jurídica, la falta de este generaría un vicio procesal insubsanable en este tipo de procesos y no agotar todas las instancias para demandar a quien figura como propietario, y en todo caso, a quienes figuren en el registro de Derechos Reales como tal.
Precedente: Auto Supremo Nº 185/2012 de 27 de junio, Auto Supremo Nº 04/2014 de 05 de febrero
AS/0207/2023
Demandante: Eduardo Melcon Andrade
Demandado: Juan Pozo Luna, Tania Hassenteufel Loayza Notario de Fe Pública N° 79 del departamento de La Paz y Dirección Departamental de Notariado Plurinacional
Máxima: VALORACION DE LA PRUEBA/ Es facultad privativa de los Jueces de grado, apreciar la prueba de acuerdo con la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica.
Precedente: Auto Supremo N° 420/2020 de 06 de octubre Auto Supremo Nº 508/2019 de 23 de mayo
AS/0200/2023
Demandante: Fredy Florián Anze Urquizo
Demandado: Calixto Patiño Vega
Máxima: PRINCIPIOS PRO ACTIONE Y PRO HOMINE/ Es en virtud de estos principios, que se garantiza a toda persona el acceso a los recursos desechando todo rigorismo o formalismo excesivo que impida obtener un pronunciamiento sobre las pretensiones o agravios invocados, precautelando el derecho de las partes a que su impugnación se patentice, garantizando así el derecho de acceso a la Justicia, concretando así el acceso a los recursos. De lo que se establece que los requisitos formales no deben primar sobre el derecho sustancial, debiendo realizar una ponderación entre el incumplimiento de la formalidad con el derecho a recurrir, en caso de dudas interpretarse a favor del recurrente.
Precedente: Auto Supremo Nº 461/2021, de 26 de mayo Auto Supremo Nº 630/2015-L de 04 de Agosto
AS/0205/2023-RA
Demandante: Julio Cesar Sandi Ustarez
Demandado: Aida Isabel Vargas Aruzca
AS/0204/2023-RA
Demandante: Rodrigo Flores Caballero
Demandado: Norah Párraga Plaza Vda. de Flores
AS/0202/2023
Demandante: Marlene Crespo Cano
Demandado: Gunnar Alfredo Céspedes Cano
Máxima: SISTEMA DE IMPUGNACIÓN VERTICAL/ Es incorrecto impugnar mediante recurso de casación, los fundamentos de la sentencia de primera instancia. El recurso de casación se interpone contra la Resolución de segunda instancia, es decir, contra el Auto de Vista, entonces todos los reclamos incoados en el recurso de casación deben estar orientados a observar aspectos de forma y fondo inherentes a lo dispuesto por el Tribunal de segunda instancia y no así a lo expresado en primera instancia, como es la Sentencia.
Precedente: Auto Supremo Nº 1167/2018 de 03 de diciembre Artículo 270.I del Código Procesal Civil
AS/0201/2023
Demandante: Martha Gonzales Tapia de Espinoza
Demandado: Josefina Felisa Quispe Mamani Vda. de Gonzales
Máxima: LITISCONSORCIO NECESARIO/ La autoridad judicial, previamente a admitir una demanda, realiza el análisis de los sujetos que deben intervenir en el proceso en calidad de legitimados pasivos, no solo debe limitarse a poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento, sino que debe realizar un análisis más profundo sobre la pretensión demandada y los efectos que esta pueda generar en otros sujetos, pues deberá velar por el derecho a la defensa e igualdad, derechos que por su carácter fundamental no pueden ser ignorados ni obviados bajo ningún justificativo o excusa.
Precedente: Auto Supremo N° 483/2018 de 13 de junio Artículo 67 del Código de Procedimiento Civil
AS/0206/2023
Demandante: Elias Freddy Machaca Paredez
Demandado: Irineo Chávez Aguilar
Máxima: CARGA DE LA PRUEBA/ Al respecto conviene establecer que el sistema probatorio civil dispone que la carga de la prueba le incumbe al actor en cuanto al hecho constitutivo de su derecho y al demandado en cuanto a la existencia del hecho impeditivo, modificatorio o extintivo del actor; es decir, la actividad probatoria es un deber procesal de las partes, razón por la cual si de la inercia probatoria o negligencia de alguna de las partes, lógicamente el resultado le será desfavorable a la parte que ha obrado de esa manera.
Precedente: Auto Supremo Nº 76/2021 de 01 de febrero, Artículo 1283 del Código Civil
0042/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 42665-2021-86-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0042/2023-S1
Acción de Libertad · Exp. 42665-2021-86-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0007/2023-ECA
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 45856-2022-92-AAC · La Paz
Magistratura relatora: René Yván Espada Navía
0037/2023-S2
Acción de Libertad · Exp. 38944-2021-78-AL · La Paz
Magistratura relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
0036/2023-S2
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 40100-2021-81-AAC · Santa Cruz
Magistratura relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
0043/2023-S1
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 37412-2021-75-AAC · Pando
Magistratura relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
0029/2023-S3
Acción de Libertad · Exp. 51916-2022-104-AL · Tarija
Magistratura relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
0038/2023-S2
Acción de Amparo Constitucional · Exp. 41538-2021-84-AAC · Santa Cruz
Magistratura relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado